RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 09 de Abril de 2020



RESOLUCIÓN N° 27

AUDITORÍA GENERAL DE LA PROVINCIA

Visto la declaración de emergencia sanitaria tanto en el ámbito nacional y provincial, mediante Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260/2020 y N° 250/2020 y la medida de aislamiento social preventivo y obligatorio a través de los Decretos de Necesidad y Urgencia del  PEN N° 297/2020 y N° 325/2020 y el Decreto Provincial N° 256/2020;

CONSIDERANDO

Que el país se encuentra en una situación epidemiológica a causa del COVID- 19, declarada como pandemia por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y que diera origen a la declaración de la emergencia sanitaria tanto a nivel nacional y provincial conforme los Decretos de Necesidad y Urgencia mencionados precedentemente, a lo que se sumó la citada medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, prorrogada hasta el día 12 de abril del corriente año;

Que tal situación de emergencia sanitaria a motivado la adopción de distintas medidas y la necesidad de contar con recursos extraordinarios para dotar de insumos y elementos a sistema de salud y seguridad provincial para atender los requerimientos que demanda la población;

Que la evolución de los casos confirmados agrava la situación epidemiológica en nuestro país, sumado a la expericencia de otros países del mundo, demuestra que resulta sumamente imperioso el fortalecimiento del sistema de salud a través de la adquisición de la mayor cantidad  de insumos hospitalarios posibles;

Que el Poder Ejecutivo Provincial dispuso mediante el Decreto N° 256/2020 crear el Fondo Solidario COVID-19 con la finalidad de fortalecer el sistema de salud provincial;

Que ante tal escenario, el Colegio de Auditores Generales comprendiendo la situación económica - financiera de la Provincia estima pertinente hacer un esfuerzo común mediante el aporte solidario y voluntario por parte de cada Auditor General de la Provincia de una suma de dinero que será depositada en dos cuotas iguales y consecutivas en la cuenta habilitada por el Poder Ejecutivo Provincial e invitar al resto del personal permanente y no permanente de la AGPS a que efectúen contribuciones voluntarias para apoyar los esfuerzos del Estado Provincial y de la sociedad toda;

Que el Colegio de Auditores Generales, en sesión de fecha 09 de abril de 2020, consideró y aprobó el asunto que se trata;

Que procede, en consecuencia el dictado del correspondiente instrumento legal;

Por ello;

EL COLEGIO DE AUDITORES GENERALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- FIJAR el aporte solidario y voluntario de los Auditores Generales de la Provincia en la suma de $ 50.000 (pesos cincuenta mil) en dos cuotas mensuales y consecutivas de $ 25.000 (pesos venticinco mil) cada una de ellas.

Dicha suma será depositada en la cuenta creada por el Poder Ejecutivo Provincial para atender la emergencia sanitaria.

La primera cuota será depositada mediante transferencia bancaria privada antes del día 10/04/2020, y la segunda cuota se descontará del haber mensual de cada Auditor General de la Provincia, correspondiente al presente mes y pagadera en el mes de mayo.

Cada Auditor General dará a conocer al Colegio de Auditores Generales una vez que efectúe y se encuentre efectivizada la transferencia bancaria privada referida a la primera cuota.

ARTÍCULO 2°.- INVITAR al personal permanente y no permanente de la AGPS a realizar aportes voluntarios y solidarios mediante transferencia bancaria o mediante nota presentada ante la Gerencia de Administración autorizando el descuento pertinente, sugiriendo la siguiente escala:

COORDINADOR, GERENTES GRALES. Y SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA: La suma de $ 25.000 (pesos veinticinco mil);

GABINETE N° 1: la suma de $ 15.000 (pesos quince mil);

GABINETE N° 2: la suma de $ 12.000 (pesos doce mil);

GABINETE N° 3: la suma de $ 10.000 (pesos diez mil);

GABINETE N° 4: la suma de $ 9.000 (pesos nueve mil);

GABINETE N° 5: la suma de $ 9.000 (pesos nueve mil);

GABINETE N° 6: la suma de $ 8.000 (pesos ocho mil);

GABINETE N° 7: la suma de $ 6.000 (pesos seis mil);

En todos los casos se recomienda hacer el aporte mediante dos cuotas iguales y consecutivas.

Para el resto del personal de este órgano de control se mantiene la invitación a realizar aportes voluntarios y solidarios sugiriendo que el mismo sea en la suma mínima de $ 6.000 (pesos seis mil), mediante transferencia bancaria o descuento por planilla, en dos cuotas iguales y consecutivas. De ser así, se solicita hacer conocer al Colegio de Auditores la decisión del aporte solidario.

ARTÍCULO 3°.- Para el supuesto de que algún agente hubiese concretado aportes dinerarios en otras instituciones, con la acreditación correspondiente podrán deducir el mismo del monto estipulado en la escala establecida en el artículo precedente.

ARTÍCULO 4°.- INSTRUIR a la Gerencia de Administración a efectuar los descuentos que correspondan a los Auditores Generales de la Provincia en atención a lo dispuesto en el artículo 1°, debiendo depositar lo recaudado en la Caja de ahorro N° 410000080506625, CBU 2850100640000805066258 del Banco Macro SA habilitada por el Poder Ejecutivo Provincial para fortalecer el sistema de salud provincial.

ARTÍCULO 5°.- DISPONER  que la Gerencia de Administración deberá depositar los aportes voluntarios y  solidarios descontados al personal de planta permanente y no permanente de la AGPS, de acuerdo a lo previsto en el artículo 2°, en la cuenta especial del Poder Ejecutivo Provincial mencionada precedentemente.

ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial; cumplido, archívese.



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R. S/C N° 100009440
Orden de Publicación: 100078943
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 14/04/2020

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