RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 13 Abril de 2020

RESOLUCIÓN N° 18.824

MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE SALTA

VISTAS
:

Las Actuaciones N° 234/2020 caratuladas: "Feria Judicial Extraordinaria", la Ley N° 27.541 que declara la Emergencia Sanitaria como consecuencia de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el COVID-19, el DNU N° 297 del Poder Ejecutivo Nacional del 19 de marzo de 2020, que dispuso la medida de "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y los DNU del Poder Ejecutivo Nacional Nros. 260/2020, 280/2020, 325/2020 y 355/2020, las Resoluciones del Colegio de Gobierno Nros. 18.810/2020, 18.815/2020, 18.816/2020, 18.817/2020 y las Acordadas del Poder Judicial de la Provincia Nros. 13.082, 13.085, 13.086 y 13.091; y,

CONSIDERANDO:

Que por la situación epidemiológica a causa del COVID-19 (coronavirus), y en cumplimiento de las normas y medidas detalladas en el Visto, la Corte de Justicia de Salta y el Colegio de Gobierno establecieron un período de Feria Judicial Extraordinaria, que fuera prorrogada hasta el 12 de abril inclusive mediante Resolución de Colegio de Gobierno Nº 18.817/2020.

Que mediante el DNU Nº 355/2020 el Poder Ejecutivo Nacional prorrogó las medidas de "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" hasta el día domingo 26 de abril inclusive, con el fin de proteger la salud pública, considerando necesario este Colegio de Gobierno seguir idéntico criterio.

Que teniendo presente nuestra función esencial en la administración de justicia se han puesto a disposición a través de accesos seguros en la web, en todos  los  Fueros  y  todos  los  Distritos,  diferentes sistemas informáticos, para que Magistrados y Funcionarios accedan desde internet, a la gestión de todas sus causas mediante un
Sistema Informático de Expedientes, disponible para el Ministerio Público Pupilar (multifuero) y Ministerio Público de la Defensa (Fuero Civil), con acceso desde https://expedientes.mpublico.gov.ar; y un Sistema Informático de Legajos, disponible para el Ministerio Público Fiscal (Fuero Penal) y Ministerio Público de la Defensa (Fuero Penal y Fuero de Violencia), con acceso desde https://legajos.mpublico.gov.ar.

Que, se desarrolló el sitio
Sistema Informático de Escritos Web para permitir la presentación de escritos judiciales al Ministerio Público, por parte de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial; Abogados Particulares matriculados en el Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia; y entre Magistrados y/o Funcionarios del Ministerio Público entre sí, quedando los documentos remitidos por esta vía  automáticamente disponibles en el Sistema Informático de gestión de cada dependencia, según el destino que el usuario haya indicado, vinculando de esta manera los  sistemas informáticos sin intervención de personas  ajenas a la tramitación de una causa, constituyéndose además una Mesa de Ayuda específica para colaborar con el uso del Sistema de Escritos Web. El acceso a dicho sistema es: https://escritos.mpublico.gov.ar.

Que, asimismo, teniendo presente que el área central del Ministerio Público cumple la función esencial de apoyo para que la actividad específica de cada Ministerio pueda desarrollarse, es que se puso a disposición todos los sistemas informáticos, para que cada Dirección y la  Secretaría de Despacho puedan desarrollar su trabajo de manera remota.

Que en cumplimiento de las recomendaciones de las autoridades sanitarias competentes, y de las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo Nacional y Provincial, se considera necesario prorrogar nuevamente la Feria Judicial Extraordinaria, disponiendo la utilización de las herramientas informáticas descriptas, por lo que corresponde que se dicte la presente.

POR ELLO;

EL  COLEGIO DE GOBIERNO,

RESUELVE:

1. DISPONER una nueva prórroga de la Feria Judicial Extraordinaria desde las cero horas del día 13 de abril hasta el día 26 de abril inclusive, del año 2020.

2. AFECTAR al cumplimiento de la Feria Judicial Extraordinaria a la nómina de dependencias, Magistrados, Funcionarios y demás personal de este Organismo, la que, como Anexo adjunto integra la presente y lo establecido en la Resolución de Procuración General Nº 970/2020.

3. ESTABLECER que se podrán efectuar las inclusiones y/o exclusiones que se crean convenientes conforme las necesidades de servicio.

4. DISPONER la obligatoriedad del uso de todas las herramientas tecnológicas que se encuentran vigentes conforme el detalle establecido en los considerando tercero y cuarto, y todas aquellas que se desarrollen en el futuro para mejorar la prestación de nuestro servicio.

5. ORDENAR que todos los Magistrados, Funcionarios y agentes del Ministerio Público, deberán permanecer en sus hogares con disponibilidad ante su requerimiento.

6. REGÍSTRESE, notifíquese, publíquese y archívese.



Abel Cornejo, PROCURADOR GENERAL - Dra. Mirta Lapad, ASESORA GENERAL DE INCAPACES - Dr. Pedro Oscar Garcia Castiella, DEFENSOR GENERAL - Dra. Mirna Paola Obeid, SECRETARIA DE DESPACHO



VER ANEXO


R. S/C N° 100009441
Orden de Publicación: 100078945
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 14/04/2020

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