SALTA, 16 de Abril de 2020
DISPOSICIÓN N° 14
UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES
VISTO la situación existente vinculada al COVID-19 (denominado comúnmente nuevo coronavirus), el país se encuentra en emergencia a fin de extremar la vigilancia epidemiológica y la respuesta integrada y oportuna; y
CONSIDERANDO:
Que por Disposición N° 13 de fecha 17 de marzo de 2020, esta Unidad Central de Contrataciones, dispuso prorrogar la Vigencia de las Inscripciones como Contratistas de Obras Públicas y de Proveedores de Bienes y Servicios, a partir del 16 de marzo del 2020 y hasta el 15 de abril del 2020, sin necesidad de que los interesados realicen trámite alguno para su renovación registral;
Que por Decreto N° 250/2020, el Poder Ejecutivo declara la emergencia sanitaria en toda la provincia por el plazo de seis meses, con la facultad de ser extendido el período;
Que por Resolución N° 01/2020, el Comité de Emergencia Operativa, ha dictado una serie de medidas, entre ellas dispuso adoptar medidas necesarias para garantizar servicios educativos y de asistencia alimentaria en los casos correspondientes, entre el período 16 de marzo y el 31 de marzo del año en curso. Durante el mismo período se suspende la asistencia a los lugares de trabajo de los agentes dependientes de la Administración Pública. Esto incluye la administración centralizada, descentralizada, sociedades del Estado y organismos autárquicos del Poder Ejecutivo;
Que el Poder Ejecutivo Nacional, ha dispuesto la continuación de la Cuarentena Epidemiológica, hasta el 26/04/2020, con posibilidad de prorrogar la misma:
Que en atención a la delicada situación existente y a fin de sensibilizar a la población sobre los efectos de la referida pandemia, deben adoptarse medidas acordes al estado de emergencia sanitaria en el que se encuentra nuestra Provincia;
Que a efectos de garantizar la Inscripción de los Contratistas de Obras Públicas, como así también la de los Proveedores de Bienes y Servicios, resulta menester, atento a la situación reinante, prorrogar la Vigencia de la Inscripción otorgada oportunamente, y que en este período de lapso de tiempo, a algunos de ellos, se les vence la vigencia, y a efectos de evitar la concurrencia a los respectivos Registros para su renovación, resulta conveniente prorrogar dichas inscripciones;
Que resulta menester, dictar el instrumento legal pertinente prorrogando la vigencia dispuesta por Disposición N° 13/2020;
Por ello, y con encuadre en el inc. a) del artículo 5° y artículo 56 de la Ley N° 8.072;
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE LA
UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar a partir del 15 de abril del 2020 y hasta el 26 de abril del 2020, la Vigencia de las Inscripciones como Contratistas de Obras Públicas y de Proveedores de Bienes y Servicios, sin necesidad de que los interesados realicen trámite alguno para su prórroga, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Los Contratistas de Obras Públicas y Proveedores de Bienes y Servicios, en caso de participar en alguno de los procedimientos y/o modalidades de contrataciones previstos en el Sistema de Contrataciones (Ley N° 8.072), deberán presentar antes las entidades contratantes, el Certificado Definitivo Vencido de Contratistas y copia de la presente Disposición, conforme lo prescripto precedentemente.
ARTÍCULO 3°.- Establecer que el horario de atención tanto para el Registro de Contratistas de Obras Públicas, como el de Proveedores de Bienes y Servicios, será de 08:00 horas a 14:00 horas, solo para atenciones excepcionales.
ARTÍCULO 4°.- Tomen razón el Programa de Registro de Contratistas de Obras Públicas, el Registro de Proveedores de Bienes y Servicios y las distintas Unidades Operativas de Contrataciones de la Administración Centralizadas y Descentralizadas y Organismos Autárquicos, los SAF Ministeriales, y la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones de Salta.
ARTÍCULO 5°.- Comunicar, insertar en el Libro de Disposiciones y archivar.
Martínez