CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



LIBAN S.A.



Socios
: Antonio Oscar Mahtuk, D.N.I. N° 13.006.925, C.U.I.T. N° 20-13006925-9 nacido en fecha: 26/11/1957, casado en primeras nupcias con Mercedes Albina Ocaranza, empresario, con domicilio en calle 25 de Mayo Nº 851, 3.º piso, departamento A, de la ciudad de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán, Julio Oscar Basualdo D.N.I. N° 17.270.681, C.U.I.T. N° 23-17270681-9 nacido en fecha: 01/05/1965, casado en segundas nupcias con Andrea Claudia Marton, contador público nacional, con domicilio en casa Nº 11, del club de campo Valle Escondido de esta ciudad y Matías Mufid Mahtuk D.N.I. N° 34.286.246, C.U.I.T. N° 20-34286246-3, nacido en fecha: 11/6/1990, quien manifiesta ser soltero y no tener unión convivencial, convenio ni pacto de convivencia alguno, con domicilio en calle 25 de Mayo Nº 851, 3.º piso, departamento A, de la ciudad de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán.

Instrumento de Constitución:
Escritura Número: ciento setenta y siete.

Fecha: Veintiséis de diciembre del año dos mil diecinueve. Autorizada por el escribano Luis Alberto Alsina Garrido. Escribano Titular del Registro Notarial N° 120.

Denominación: LIBAN S.A.

Domicilio Legal y Sede Social: Avenida Monseñor Tavella Nº 1.237, de esta ciudad de Salta.

Objeto Social: Tiene por objeto la realización por sí, por cuenta de terceros o asociada a terceros, tanto en la República Argentina como en el exterior del país, de las siguientes actividades: Transporte: A) Comercial: Transporte terrestre en general y en especial transporte público de pasajeros y carga mediante la explotación de vehículos propios o de terceros y de concesiones de líneas de transporte público de pasajeros o carga, nacionales provinciales, interprovinciales, comunales, intercomunales e internacionales; compra, venta, arriendo o subarriendo de colectivos, ómnibus, camiones y automotores en general, chasis, carrocerías y sus implementos y accesorios; compra, venta y/o permuta y/o consignaciones de repuestos y accesorios, cubiertas, cámaras, motores, combustibles, lubricantes, así como productos y subproductos y mercaderías industrializados o no, y en general cualquier otro artículo para vehículos automotores, sin restricción ni limitación alguna, su importación y exportación, y la reparación de vehículos propios y ajenos; B) Ómnibus de corta, media y larga distancia: Transporte colectivo de pasajeros y cargas por automotor (micromnibus, colectivos, etc.) por recorridos actualmente autorizados y/o que en el futuro autoricen las autoridades (comunales, provinciales y/o nacionales) pudiendo operar en las categorías de servicio regular, de línea, excursión, turismo, servicios contratados y cualquier otra contemplada  y/o que en el futuro contemplen las ordenanzas municipales, las leyes y/o decretos provinciales y/o nacionales vigentes en la materia. Podrá también gestionar y realizar transporte internacional de pasajeros y cargas. Podrá también operar como agencia de viajes y turismo y establecer sucursales en cualquier lugar del país o del extranjero; C) Cargas de materiales para la construcción: Mediante el transporte por cuenta propia o de terceros ya sea por vía terrestre, aérea, fluvial o marítima, de todos los elementos utilizados en la construcción, tales como arena, cal, cemento, canto rodado, ladrillos, piedras, baldosas, tejas, cerámicas, azulejos, sanitarios, caños, puertas, ventanas y demás materiales o cargas; D) Terrestre y de carga: Explotar todo lo concerniente al transporte terrestres de pasajeros y carga en todo el territorio nacional, y en general lo vinculado con la actividad del transporte, explotar concesiones, licencias o permisos otorgados por los poderes públicos para el transporte terrestre para pasajeros y cargas; E) Mercaderías: Explotación por cuenta propia o de terceros del transporte de mercaderías generales, fletes, acarreos, encomiendas y equipajes y su distribución, almacenamiento, depósito, embalaje y guarda muebles, y dentro de esa actividad, la de comisionistas y representantes de toda operación afín. Realizar el transporte de productos agropecuarios y mineros por cuenta propia o de terceros, en camiones de la sociedad o de terceros; F) Alquiler de vehículos: Alquiler, locación, arriendo o subarriendo de vehículos automotores en general, autos, camionetas, camiones, bus, minibús, con o sin chofer, por día mes o el plazo que se pactare. En todos los casos antes señalados, la sociedad deberá dar expreso cumplimiento a las disposiciones establecidas por los organismos encargados de regular el transporte y/o autotransporte (cargas y pasajeros) sean de la jurisdicción que fuere (municipales, provinciales y/o nacionales) especialmente la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT).

Plazo de Duración: Noventa años a contar de la inscripción del Estatuto en la Subsecretaría de Inspección General de Personas Jurídicas de esta provincia.

Capital Social: El capital social es de pesos tres millones ($ 3.000.000) dividido en mil acciones ordinarias, nominativas no endosables de pesos tres mil ($ 3.000) cada una de valor nominal con derecho a un voto (cada acción). El capital puede aumentarse al quíntuplo, en una o más veces, por decisión de la Asamblea General Ordinaria. La Asamblea podrá delegar en el directorio la época de la emisión y las condiciones y forma de pago, en los términos del 188 de la ley Nº 19.550, resolución asamblearia deberá elevarse a escritura pública. El capital social se emite íntegramente en acciones ordinarias, nominativas no endosables, de un voto cada una y de pesos tres mil ($ 3.000) valor nominal cada una, siendo suscriptas por los accionistas en la proporción que participa cada uno de los socios, que es la siguiente: Don Antonio Oscar Mahtuk, suscribe seiscientas (600) acciones de un voto por acción, por valor de un millón ochocientos mil pesos ($ 1.800.000) sesenta por ciento (60 %) don Julio Oscar Basualdo, suscribe cien acciones (100) de un voto por acción, por valor de trescientos mil pesos ($ 300.000) diez por ciento y don Matías Mufid Mahtuk, suscribe trescientas acciones (300) de un voto por acción, por valor de novecientos mil pesos ($ 900.000) treinta por ciento (30 %). Cada uno de los socios integra en este acto el veinticinco por ciento. (Todas las integraciones en dinero efectivo). Se obligan a integrar el saldo en un plazo de hasta dos años. (Todas las integraciones en dinero efectivo).

Órgano de Administración: La dirección y administración de la sociedad estarán a cargo del directorio compuesto del número de miembros que determine la Asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de siete, cuya duración se extenderá por tres Ejercicios. La Asamblea puede elegir igual o menor número de suplentes, por el mismo plazo, a fin de llenar las vacantes que se produjeran y se incorporarán al directorio por el orden de designación. El directorio sesionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de los presentes; en caso de empate, el presidente desempatará votando nuevamente. En su primera reunión, el directorio designará un presidente y en caso de pluralidad de miembros, un vicepresidente, que suplirá al primero en su ausencia o impedimento, sin necesidad de ninguna formalidad. En garantía de sus funciones los titulares depositarán en la caja social la suma de cien mil pesos o su equivalente en títulos valores oficiales. La representación legal de la sociedad corresponde al presidente del directorio y al vicepresidente en forma indistinta. Designación del Órgano de Administración: Se designa para integrar el directorio a: Presidente: Antonio Oscar Mahtuk, Vicepresidente: Julio Oscar Basualdo y Director Suplente: Matías Mufid Mahtuk quienes constituyen domicilio especial en avenida Tavella N° 1.237 (domicilio legal y sede social de la sociedad).

Fiscalización: Se prescinde de la sindicatura.

Fecha de Cierre del Ejercicio Económico: El día treinta y uno del mes de diciembre de cada año (operando el primer vencimiento en el año 2020).



AUTORIZO publicación 24/01/2020.



Dra. Rosario Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00001880
Orden de Publicación: 100078010
Importe: $1,180.00
Fecha/s de publicación: 31/01/2020

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