CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



APPD. S.R.L.



Socios:
Adriana Patricia Pucci, argentina, nacida el 27 de octubre de 1955, de 64 años de edad, D.N.I. Nº 11.834.037, C.U.I.L. Nº 27-11834037-5, de profesión empresaria, viuda de sus primeras nupcias de Humberto Dakak, domiciliada en avenida Del Bicentenario de la Batalla de Salta N° 980 de esta ciudad; y José Antonio Dakak, argentino, nacido el 13 de junio de 1988, de 31 años de edad, D.N.I. N° 33.428.671, C.U.I.L. N° 20-33428671-2, de profe­sión empresario, soltero, domiciliado en avenida  Del Bicentenario de la Batalla de Salta N° 980 de esta ciudad.

Fecha Instrumento de Constitución: 03 de enero de 2020.

Denominación Social: APPD. S.R.L.

Domicilio Social: Jurisdicción provincia de Salta, avenida Del Bicentenario de la Batalla de Salta N° 980 de esta ciudad.

Objeto social: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en cualquier parte de la República o del extranjero a las siguientes actividades: Estacionamientos y Garages: Mediante la explotación de cocheras y playas de esta­cionamiento y/o de espacios destinados a la guarda de automóviles y rodados en general, propias o de terceros, y su administración en todas sus modalidades, pudiendo participar en todo tipo de licitaciones cuyos objetivos se relacionen con dicho objeto. También podrá dedicarse a la explotación de servicios de lavados, engrase, mantenimiento de automotores, a la comercialización de productos vinculados a la actividad como aceites, lubricantes, etc. Explotación Turística - Actividad Inmobiliaria: Explotación de agencias de viajes y turis­mo, organización de reservas y ventas de excursiones, reserva de hotelería, prestación y comercialización de servicios turísticos y hoteleros. Realizar alquileres o arrendamientos de bienes inmuebles urbanos o rurales en general y en especial dedicados a la hotelería y al turismo así como dedicarse al alquiler de espacios para publicidad. En general ejercer representaciones, mandatos y gestiones vinculados a los distintos negocios de la sociedad anteriormente enunciados.

Plazo de Duración: 50 años a partir de la fecha de suscripción del presente contrato, pudiendo prorrogarse por resolución unánime de todos los socios, cuya inscripción se solicitará antes del vencimiento del plazo de duración de la sociedad.

Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos seiscientos mil ($ 600.000), dividido en seiscientas cuotas sociales de pesos mil ($ 1.000) valor nominal cada una; que los socios suscriben en la siguiente proporción: La señora Adriana Patricia Pucci, suscribe 540 cuotas sociales equivalentes a pesos quinientos cuarenta mil ($ 540.000) y el señor José Antonio Dakak, suscribe 60 cuotas sociales equivalentes a pesos sesenta mil ($ 60.000). En este acto de constitución, los socios integran el veinticinco por ciento (25 %) del total de las cuotas sociales en dinero en efectivo. Los socios se comprometen a integrar el saldo restante dentro del plazo de dos años contados a partir de la fecha de constitución. Se conviene que el capital se podrá incrementar cuando el giro comercial así lo requiera.

Administración y Representación Legal: La administración y representación legal y uso de la firma social estará a cargo del o los gerentes, socios o no, cuyo número y designación estará a cargo de la reunión de socios, entre un mínimo de uno y un máximo de cuatro, con actuación indistinta para el caso de que fuese más de un gerente, siendo la duración del cargo por el término de tres (3) ejercicios y pudiendo ser reelegidos indefinidamente. La reunión de socios designará los suplentes para reemplazar a los gerentes en caso de ausencia, renuncia, fallecimiento, incapacidad u otro impedimento, el suplente actuará por orden de designación. El gerente tiene todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad que no sean notoriamente extraños al objeto social, pudiendo realizar todos los contratos y actos que se vinculen al mismo, la adquisición de bienes muebles, inmuebles, contratación de préstamos, la constitución de derechos reales de garantía, la presentación en licitaciones públicas o privadas, el otorgamiento de poderes, operar con todos los bancos oficiales y privados dejando constancia que la enunciación no es limitativa ni taxativa. Los gerentes podrán ser destituidos de sus cargos, cuando así lo establezca la reunión de socios en el momento que lo crea necesario. La revocación de tales mandatos deberá asentarse en el libro de Actas y solo surtirá efecto para los interesados a partir del momento en que se los notifique, y respecto de terceros desde su publicación conforme. El cargo de gerente será remune­rado, siendo la remuneración la fijada por la reunión de socios. Los gerentes designados deben prestar una garantía consistente en la suma de pesos diez mil ($ 10.000) la que se depositará en la Caja de la Sociedad en dinero en efectivo y subsistirá hasta la aprobación de sus gestiones o por renuncias expresas o transacciones resueltas conforme a los artículos 274 y 275 de la Ley Nº 19.550.

Fecha Cierre Ejercicio Económico: 31 de octubre de cada año.

Sindicatura: La sociedad prescinde de sindicatura.

Designación de Cargos: Los socios designan a los señores José Antonio Dakak y Adriana Patricia Pucci como gerentes, cuyos datos personales se consignaron en el comienzo de este contrato y se dan por reproducidos en este lugar, quienes actuarán en forma indistinta. El gerente fija su domicilio a los efectos de sus funciones en avenida Del Bicentenario de la Batalla de Salta N° 980, de esta ciudad, y presta la garantía de pesos diez mil ($ 10.000), depositando dicha suma en la sede social.



AUTORIZO publicación 07/02/2020.



Dra. Rosario Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES.




F. N° 0011 - 00002024
Orden de Publicación: 100078282
Importe: $830.00
Fecha/s de publicación: 14/02/2020

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