RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



Salta, 13 de febrero de 2020.

INSTITUTO PROVINCIAL DE SALUD DE SALTA

RESOLUCIÓN N° 0160 D/2020



VISTO
la Ley Nº 7127 y la Resolución N° 107-D/19 y concordantes y;

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 107-D/19, dictada el 8 de marzo de 2019, se aprueba el Régimen de Afiliaciones Individuales y su alcance;

Que del estudio prestacional y económico-financiero informado por las áreas operativas y técnicas de la Institución se desprende la situación deficitaria en la que se encuentra inmersa la Obra Social dado el constante crecimiento de la población de afiliados, agravado por los elevados costos de productos, insumos y medicamentos, como así también compromisos prestacionales y de servicios;

Que, conforme con lo establecido por el art. 10.° y concordantes de la Ley Nº 7127, es deber y atribución del Directorio disponer los instrumentos necesarios para la marcha de la entidad y el cumplimiento del "Objeto" del Instituto Provincial de Salud de Salta;

POR ELLO y en ejercicio de las facultades conferidas por Ley Nº 7127;



EL DIRECTORIO DEL

INSTITUTO PROVINCIAL DE SALUD DE SALTA

RESUELVE:

Artículo 1.º) SUSPENDER, por las razones expuestas precedentemente, la aceptación de solicitudes de ingreso al Servicio de Salud del I.P.S. a través del RÉGIMEN DE AFILIACIÓN INDIVIDUAL.

Artículo 2.º) DISPONER que podrán ingresar a través de dicho régimen los afiliados que provengan del Sistema de Afiliación Forzosa que opten por continuar en el Sistema de Salud implementado por el Instituto Provincial de Salud de Salta, y que lo soliciten dentro del término de noventa (90) días corridos contados desde la fecha de producida la baja.

Artículo 3.º) DISPONER que podrán ingresar al RÉGIMEN DE AFILIACIÓN INDIVIDUAL los RECIÉN NACIDOS que sean nietos de afiliados titulares del Sector Público e hijos de beneficiarias del Sistema de Afiliación Forzosa, siempre que la solicitud se presente dentro del término de noventa (90) días corridos contados desde la fecha de nacimiento del menor a ingresar.

Artículo 4.)  Notificar, efectuar las comunicaciones pertinentes, insertar en el Libro de Resoluciones y ARCHIVAR.



Sanchez - Vicente - Herrera


F. N° 0011 - 00002038
Orden de Publicación: 100078315
Importe: $640,00
Fecha/s de publicación: 17/02/2020

Responsive image Responsive image