ACORDADAS



ACORDADA Nº 13.124

CORTE DE JUSTICIA DE SALTA



En la ciudad de Salta, a los 01 días del mes de junio de dos mil veinte, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia el señor Presidente, la señora Jueza y los señores Jueces de Corte que firman al pie de la presente,

DIJERON:

Que en virtud de los hechos de público conocimiento ocurridos en la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán con la confirmación de nuevos casos de coronavirus (COVID19), mediante Acordada Nº 13.121 se adoptaron medidas a fin de cumplir con el aislamiento social, preventivo y obligatorio declarando asueto y día judicialmente inhábil el 01 de junio del corriente año para el Distrito Judicial Orán.

Que en consecuencia ante esta situación excepcional la administración de justicia en ese Distrito Judicial debe preverse de manera tal que su funcionamiento sea eficiente y al mismo tiempo resguarde la salud.

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 153 apartado I inciso b) de la Constitución Provincial,

ACORDARON:

I. DISPONER la prestación de un servicio de justicia excepcional en la emergencia por razones sanitarias en el Distrito Judicial Orán desde el 02 de junio del corriente año, mientras las circunstancias epidemiológicas así lo requieran.

II. ESTABLECER que el periodo referido en el punto anterior será considerado inhábil a los efectos de los plazos procesales, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan.

III. DETERMINAR que durante el período establecido en el punto I), se deberán tramitar las materias establecidas en el artículo 46 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. También podrá solicitarse la tramitación de los siguientes asuntos: pago de créditos alimentarios en los procesos de familia, pago créditos laborales, C) pago indemnizaciones por daños y perjuicios, D) pago honorarios profesionales de letrados o auxiliares de la justicia, E) en aquellos casos en que se requiera la urgente tramitación de expedientes, para lo cual deberán exponer los fundamentos que ameriten su presentación.

Las señoras magistradas y los señores magistrados, dentro de las atribuciones ordenatorias e instructorias en el marco de sus competencias podrán tramitar asuntos peticionados por mandatarios o letrados patrocinantes cuando consideren que las circunstancias del caso o las constancias de autos justifiquen su tramitación, con arreglo a los principios de acceso a la jurisdicción y tutela judicial efectiva.

IV. ESTABLECER que las presentaciones judiciales continuarán efectuándose a través de las mesas de entradas virtuales de todos los tribunales y juzgados del Distrito Judicial Orán.

V. DEJAR ESTABLECIDO que para garantizar el cumplimiento de los actos procesales urgentes e imprescindibles podrán concurrir presencialmente únicamente las señoras magistradas, los señores magistrados, las señoras funcionarias y los señores funcionarios de cada tribunal y juzgado, siempre que no se encuentren comprendidos en la población de riesgo y con estricta observancia de las medidas de higiene y salubridad dispuestas por las autoridades sanitarias nacionales y provinciales.

VI. COMUNICAR que las señoras magistradas, los señores magistrados, las señoras funcionarias, los señores funcionarios, y los agentes dispensados de concurrir a trabajar deberán permanecer en el lugar de residencia a disposición del Poder Judicial bajo apercibimiento de incurrir en falta grave.

VII. DISPONER que los agentes del Poder Judicial prestarán servicio de manera remota con excepción de aquellos que sean afectados en forma presencial.

VIII. COMUNICAR a quienes corresponda, DAR A CONOCER a través de la página web del Poder Judicial de Salta, y PUBLICAR en el Boletín Oficial.

Con lo que terminó el acto firmando por ante la Secretaría de Corte de Actuación, que certifica.



Guillermo Alberto Catalano, PRESIDENTE - Teresa Ovejero Cornejo, JUEZA - Fabián Vittar - Pablo López Viñals, JUECES - Dra. María Jimena Loutayf, SECRETARIA DE CORTE DE ACTUACIÓN


R. S/C N° 100009542
Orden de Publicación: 100079454
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 03/06/2020

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