AVISOS COMERCIALES



ASTRALI SA - MODIFICACIÓN DE CONTRATO



Mediante Acta de Asamblea General Ordinaria de fecha 25 de enero de 2019 y ratificada por Asamblea General Ordinaria de fecha 12 de febrero del 2020, los accionistas aprobaron la modificación del objeto social y reformar el Estatuto de la sociedad. Como consecuencia queda modificado en su Claúsula N° 3 del Estatuto Social de la siguiente manera. Claúsula Tercera - Objeto: la sociedad tiene por objeto la realización, por sí o asociada a terceros, de las siguientes actividades: a) prospección, exploración, explotación y desarrollo de yacimientos mineros; b) preparación, extracción, molienda, beneficios, elaboración, fundición, refinación, transporte, almacenamiento, fabricación y comercialización de minerales, sus derivados y/o productos terminados; c) adquisición de propiedades mineras, manifestación de hallazgos, solicitud de cateos, minas y servidumbres, y cualquier otro derecho establecido en el Código de Minería; d) prestación de toda clase de servicios mineros, incluyendo aquellos relacionados a los aspectos financieros, administrativos y de planeamiento de proyectos de inversión de toda índole en las actividades mencionadas; e) Construcción: construcciones de toda clase de obras de ingeniería y arquitecturas tanto públicas como privadas. Construcción, reconstrucción, restauración en todas sus partes de obras civiles, sean públicas como privadas, tales como comerciales, habitacionales, industriales, infraestructurales, viales, edificación, urbanización, rehabilitación, planificación, programación, proyección conservación y mantenimiento de todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura ya sean de carácter público o privado, y en general la realización de toda clase de trámites relacionados directa o indirectamente con los fines ya señalados, cualquiera que sea su clase, índole, especie o naturaleza, incluyendo la realización de obras complementarias, conexas y accesorias. Gestionar, promover y llevar a cabo y ejecutar toda clase de desarrollos inmobiliarios; f) Inmobiliaria: operaciones inmobiliarias mediante la compraventa, locaciones, subdivisión, fraccionamiento, urbanizaciones, loteos, permuta, administración y todas las operaciones de renta inmobiliaria, de toda clase bienes inmuebles urbanos y rurales, pudiendo realizar todos los actos comprendidos en la Ley de Propiedades. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, y realizar los actos que no sean prohibidos por las leyes o por el Estatuto.



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00002554
Orden de Publicación: 100079567
Importe: $525,00
Fecha/s de publicación: 11/06/2020

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