ACORDADAS



ACORDADA N° 13.133

CORTE DE JUSTICIA DE SALTA



En la ciudad de Salta, a los 25 días del mes de junio de dos mil veinte, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia el señor Presidente, las señoras Juezas y los señores  Jueces  de  Corte que firman al pie de la presente,

DIJERON:

Que por Acordada N° 13.125 se dispuso el horario de trabajo de los tribunales y dependencias administrativas en el Distrito Judicial del Centro de 09:00 a 14:00 y de 14:30 a 19:30 de manera rotativa con arreglo al Anexo I de la Acordada N° 13.112; y en los Distritos Judiciales de Tartagal, del Sur Circunscripciones Metán y Anta y Sede Cafayate que la jornada laboral sería matutina en el mismo horario.

Que en relación al Distrito Judicial Orán se dispuso que la prestación del servicio de justicia se efectúe en los términos de la Acordada N° 13.124. Posteriormente por Acordada N° 13.126 se estableció que a partir del 16 de junio del corriente año el servicio de justicia en el distrito judicial referido se prestará según lo dispuesto por la Acordada N° 13.125.

Que asimismo, en la Acordada N° 13.125 esta Corte señaló que se "continuará analizando periódicamente la implementación de medidas que estime necesarias y pertinentes de acuerdo a la  evolución epidemiológica de la provincia y el país".

Que  actualmente  la  provincia  de  Salta  no  registra transmisión comunitaria de COVID-19 (coronavirus), encontrándonos dentro de la fase de distanciamiento social, por lo que resulta posible avanzar de manera ordenada y progresiva, tal como hasta ahora, con medidas que se estiman adecuadas en beneficio de la administración de justicia, siempre en resguardo de la salud de quienes concurren a los edificios judiciales.

Que en tal sentido y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en cuanto faculta a esta Corte a fijar el horario de los tribunales y de las reparticiones, resulta oportuno en esta etapa modificar el inicio y la finalización de la jornada laboral, para así trasladarla al turno matutino de manera escalonada.

Que sin perjuicio de lo aquí acordado, se continuarán revisando estas disposiciones según la evolución epidemiológica de la provincia y el país.

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 153 apartado I inciso b) de la Constitución Provincial y el artículo 8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

ACORDARON:

I. DISPONER que a partir del 29 de junio del año en curso la jornada laboral será la siguiente, sin perjuicio de los actos procesales ya ordenados de conformidad a la Acordada N° 13.125:

Distrito Judicial del Centro:

Dependencias administrativas de 07:30 a 13:30 horas.

Horario de atención al público de 08:00 a 13:00.

Fueros civil y comercial, personas y familia, laboral, de procesos ejecutivos y de concursos, quiebras y sociedades de 08:00 a 14:00 horas. Horario de atención al público de 08:30 a 13:30.

Fueros penal, violencia familiar y de género, minas y contencioso administrativo de 08:30 a 14:30 horas. Horario de atención al público de 09:00 a 14:00.

Distritos  Judiciales  Orán,  del  Sur Circunscripciones Metán y Anta y Sede Cafayate de 07:30 a 13:30 horas. Horario de atención al público de 08:00 a 13:00.

En  el  Distrito  Judicial  Tartagal  la  prestación  del servicio de justicia se efectuará en los términos de  la Acordada N° 13.130.

II.  DETERMINAR  que  los  agentes  pertenecientes  al escalafón de servicios generales ingresarán diez minutos antes  y se  retirarán diez minutos  después  del  horario establecido para su dependencia.

III. COMUNICAR a quienes corresponda, DAR A CONOCER a través de la página web del Poder Judicial de Salta,  y PUBLICAR en el Boletín Oficial.

Con  lo  que  terminó  el  acto  firmando  por  ante  la Secretaría de Corte de Actuación, que certifica.



Guillermo Alberto Catalano, PRESIDENTE - Teresa Ovejero Cornejo, Adriana Rodriguez Faraldo, María Alejandra Gauffín, JUEZAS -Fabián Vittar, Pablo López Viñals, Horacio José Aguilar, Ernesto R. Samsón, JUECES - Juan Allena Cornejo, SECRETARIO LETRADO DE CORTE




R. S/C N° 100009618
Orden de Publicación: 100079830
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 26/06/2020

Responsive image Responsive image