RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 24 de Abril de 2020

RESOLUCIÓN N° 18.855

MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE SALTA

VISTAS
:

Las Actuaciones Nº 234/2020 caratuladas: “Feria Judicial Extraordinaria", la Ley N° 27.541 que declara la Emergencia Sanitaria como consecuencia de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el COVID-19, el DNU N° 297 del Poder Ejecutivo Nacional del 19 de marzo de 2020, que dispuso la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y los DNU del Poder Ejecutivo Nacional Nros. 260/2020, 280/2020, 325/2020 y 355/2020, las Resoluciones del Colegio de Gobierno Nros. 18.810, 18.815, 18.816, 18.817, 18.824 y las Acordadas del Poder Judicial de la Provincia Nros. 13.082, 13.085, 13.086, 13.091 y 13.104; y,

CONSIDERANDO:

Que, por la situación epidemiológica a causa del COVID-19 (coronavirus), y en cumplimiento de las normas y medidas detalladas en el Visto, la Corte de Justicia de Salta y el Colegio de Gobierno establecieron un período de Feria Judicial Extraordinaria, que fuera prorrogada hasta el 26 de abril inclusive mediante Resolución de Colegio de Gobierno Nº 18.824/2020.

Que, habiendo transcurrido los plazos señalados y ante la necesidad de normalizar el servicio de justicia de modo gradual y progresivo, teniendo en cuenta que el Gobierno Nacional, mediante la Decisión Administrativa N° 622/2020 ha exceptuado, en el marco de lo dispuesto en el art. 2 del DNU N° 355/2020, del cumplimiento del "aislamiento social, preventivo y obligatorio", y de la prohibición de circular en el ámbito de nuestra provincia, al ejercicio de profesiones liberales, y en atención a que el Poder Judicial mediante Acordada N° 13.104 del día de la fecha ha dispuesto la prórroga de la Feria Extraordinaria hasta el domingo 10 de mayo inclusive, el Colegio de Gobierno debe determinar las condiciones y pautas a cumplir en esta nueva etapa de feria, atendiendo para ello a los protocolos vigentes, en concordancia con las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y provinciales.

Que en cumplimiento de las normas referenciadas del Poder Ejecutivo Nacional y Provincial y las autoridades sanitarias competentes corresponde que se dicte la presente.

Por ello;

EL COLEGIO  DE GOBIERNO,

RESUELVE:

1. PRORROGAR la Feria Judicial Extraordinaria desde el día 27 de abril hasta el día 10 de mayo inclusive, del año 2020.

2. DISPONER el restablecimiento gradual y progresivo de la actividad del Ministerio Público como función esencial del Estado de derecho, en el marco de la emergencia ocasionada por la pandemia del Covid-19, a partir del 27 de abril del 2020.

3. ESTABLECER que la prestación de servicio se realizará de 9:00 a 13:00 horas, sin atención al público.

4. ESTABLECER que las Medidas Sanitarias que se disponen deberán observar las indicaciones y recomendaciones emanadas de la Organización Mundial de la Salud, aceptadas por normas nacionales y provinciales; supervisadas por el Servicio Médico y el Área de Seguridad e Higiene conforme las evaluaciones periódicas que se realicen.

5. DISPONER que cada uno de los Ministerios organizará el personal dependiente de su área para llevar adelante la prestación del Servicio de Justicia.

6. DISPONER que los magistrados, funcionarios y personal comprendidos dentro de la población de riesgo, deberán cumplir sus funciones desde sus domicilios bajo la modalidad de trabajo remoto, para lo cual se arbitrarán las medidas administrativas observando las reglas de sanidad, que permitan la intervención en las actuaciones que se generen.

7. DISPONER la obligatoriedad del uso de todas las herramientas tecnológicas que se encuentran vigente para el cumplimiento del trabajo remoto de las personas.

8. ESTABLECER el Sistema Informático de Escritos Web para favorecer la presentación de escritos judiciales al Ministerio Público, por parte de  Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial; Abogados Particulares matriculados en el Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia; y entre Magistrados y/o Funcionarios del Ministerio Público entre sí, quedando los documentos remitidos por esta vía automáticamente disponibles en el Sistema Informático de gestión de cada dependencia, según el destino que el usuario haya indicado, vinculando de esta manera los sistemas informáticos sin intervención de personas ajenas a la tramitación de una causa, constituyéndose además una Mesa de Ayuda específica para colaborar con el uso del Sistema de Escritos Web. El acceso a dicho sistema es: https://escritos.mpublico.gov.ar.

9. APROBAR el "Protocolo de acción C0VID-19" que como Anexo I se adjunta a la presente.

10. REGÍSTRESE, notifíquese, publíquese y archívese.



Abel Cornejo, PROCURADOR GENERAL - Dra. Mirta Lapad, ASESORA GENERAL DE INCAPACES - Dr. Pedro Oscar Garcia Castiella, DEFENSOR GENERAL - Dra. Mirna Paola Obeid, SECRETARIA DE DESPACHO





VER ANEXO


R. S/C N° 100009474
Orden de Publicación: 100079048
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 28/04/2020

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