DISPOSICIONES



SALTA, 13 de Mayo de 2020

DISPOSICIÓN Nº 25

DIRECCIÓN GENERAL DEL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALTA

VISTO
la Resolución conjunta de la Secretaría General de la Gobernación Nº 09/20 y el Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia Nº 345/20, por la cual se establece el marco general de cooperación entre ambos organismos para la implementación del Sistema de Comunicación y Publicación de Avisos en forma digital; y,

CONSIDERANDO:

Que la Resolución citada establece que la Subsecretaría de Personas Jurídicas de la Provincia de Salta y la Dirección General del Boletín Oficial desarrollarán de forma conjunta nuevas técnicas tendientes a simplificar los procesos de registración sustanciados por ante el Registro Público, generando un sistema de publicación de los instrumentos mediante el uso de una plataforma on - line, a fin de evitar el traslado y en el marco de la despapelización de los procesos administrativos, con los beneficios que ello implica, entre otros, mejoramiento de la gestión administrativa, facilitación al acceso de la comunidad a la información pública, ahorro de los recursos del estado, y la realización de trámites por internet de forma segura;

Que mediante Ley Nº 7.850 la Provincia de Salta adhirió a la Ley Nacional Nº 25.506 “Ley de Firma Digital” que en su art. 4º de la Ley Provincial autoriza
la utilización de expedientes electrónicos, documentos electrónicos, firmas electrónicas, firmas digitales, comunicaciones electrónicas y domicilios electrónicos constituidos en todos los procedimientos que se tramitan en los Poderes Ejecutivo y Legislativo, con idéntica eficacia jurídica que sus equivalentes en soporte papel o físico;

Que el Decreto Reglamentario Nº 573/18 dispone en su artículo 6º que los organismos de la Administración Pública Centralizada, Descentralizada y Autárquica, incluidas las Sociedades del Estado, Empresas del Estado, Entes Reguladores y demás formas societarias en las que el Estado Provincial tenga participación, deberán adecuar gradualmente sus procedimientos y sistemas de información, a los fines de garantizar la opción de remisión, recepción, mantenimiento y publicación de información electrónica, tanto para la gestión de documentos entre organismos como para con los ciudadanos, como lo indica la Ley Nº 7.850 mediante la cual la provincia se adhiere a la Ley Nacional Nº 25.506 que reconoce el empleo de la firma electrónica y de la firma digital;

Que en ese marco, en los distintos trámites que se realizan a diario en la Subsecretaría de Personas Jurídicas de la Provincia de Salta, relativos a las inscripciones registrales de los actos societarios, se requiere, como exigencia legal, la publicación de avisos en el Boletín Oficial, previa a la inscripción registral en Personas Jurídicas;

Que ambos organismos firmantes cuentan con herramientas tecnológicas para acordar la comunicación electrónica, y el envío de documentos electrónicos con firmas digitales. Asimismo la Subsecretaría de Personas Jurídicas dictó la Resolución Nº 1.001/19 mediante la cual se aprobaron los modelos de avisos de los distintos trámites de inscripción a efectuarse en dicho organismo;

Que, resulta de especial interés la celebración del referido procedimiento de colaboración dada la grave y particular situación por la que la sociedad se encuentra atravesando en razón de las medidas de prevención dispuestas por los Gobiernos Nacional y Provincial, relativas al “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, para que finalmente puedan ser aprovechadas a futuro en el marco de la modernización del Estado;

Que por lo tanto, es necesario garantizar por parte de los organismos estatales el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el marco de la emergencia sanitaria, y garantizar que en el desarrollo de las actividades y funciones estatales se establezcan medidas tendientes a evitar la circulación de las personas;

Que han tomado intervención las áreas competentes;

Por ello,


LA DIRECTORA GENERAL

DEL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALTA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento para la implementación de un Sistema de Comunicación y Publicación de Avisos en forma digital entre la Subsecretaría de Personas Jurídicas de la Provincia de Salta y la Dirección General del Boletín Oficial de la Provincia de Salta, el que queda redactado de la siguiente manera:

1. La Dirección General de Personas Jurídicas, y/o la Sociedad Comercial, una vez que cuente con el instrumento a publicar que deberá contener todos los requisitos legales a tal efecto, lo remitirá por e-mail a la dirección boletinoficial.legales@gmail.com con la firma digital del funcionario competente.

2. Dicho instrumento debe contener la totalidad de los datos de la sociedad o persona jurídica emisora, con el nombre del representante y una dirección de correo electrónico donde se cursarán todas las notificaciones pertinentes.

3. Una vez recibido el instrumento, la Dirección General del Boletín Oficial, descargara el mismo y remitirá a la Persona Jurídica la pertinente cotización vía correo electrónico. En la cotización se indicará el monto a abonar por la publicación en base al cuadro tarifario vigente (normal o urgente), teniendo en consideración el tipo de publicación, la cantidad de palabras, los días a publicar y se indicará la forma de pago. Para la cotización se utilizará un formulario preestablecido al efecto.

4. Una vez que la persona jurídica reciba la cotización, deberá notificar al Boletín Oficial el tipo de procedimiento seleccionado (normal o urgente) y acompañar la constancia de pago del servicio cotizado hasta las 13:00 horas, de lo contrario el Boletín Oficial lo considerará recepcionado el día hábil siguiente.

5. Cumplidos los requisitos establecidos precedentemente el Boletín Oficial procede a la publicación del instrumento de acuerdo a lo cotizado y envía la factura correspondiente vía e-mail.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el presente procedimiento se aplicará a las publicaciones de los instrumentos de inscripciones registrales de los actos societarios que tramiten en la Subsecretaría de Personas Jurídicas de la Provincia de Salta con la autorización y, consecuentemente, con la firma digital del responsable.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, insertar en el libro de disposiciones y archivar.



Restom Gilabert, DIRECTORA GENERAL






R. S/C N° 100009492
Orden de Publicación: 100079137
Importe: $0.00
Fecha/s de publicación: 14/05/2020

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