ACORDADAS



ACORDADA Nº 13.109

CORTE DE JUSTICIA DE SALTA



En la ciudad de Salta, a los 5 días del mes de mayo del año dos mil veinte, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia el señor Presidente, la señora Jueza y los señores  Jueces  de  Corte  que firman al pie de la presente,

DIJERON:

Que por Acordada Nº 13.082 y complementarias se estableció una feria judicial extraordinaria desde el 17 de marzo y hasta el 10 de mayo de 2020, inclusive, según las medidas dispuestas por los Poderes Ejecutivos nacional y provincial (Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260/2020 -BO N° 34.327 del 12/03/2020; 250/2020 - BO N° 20.704 del 13/03/2020; 297/2020 - BO N° 34.334 del 20/03/2020; 325/2020 - BO N° 34.344 del 31/03/2020; 355/2020 - BO N° 34.353 del 11/04/2020;  y 408/2020 -BO N° 34.365 del 26/04/2020).

Que por Acordadas Nros. 12.063, 12.469 y 12.855 se implementó la notificación electrónica para la Secretaría de Actuación de la Corte de Justicia, para el fuero Laboral, y para los fueros Civil y Comercial, de Concursos, Quiebras y Sociedades, de Personas y Familia, de Minas, y de Violencia Familiar y de Género, todos del Distrito Judicial del Centro, respectivamente.

Que la utilización de las comunicaciones electrónicas se traducen en el mejor aprovechamiento de los recursos humanos, informáticos y económicos con que cuenta el Poder Judicial, y que en el contexto de esta feria judicial extraordinaria deben ser generalizados para todos los letrados, máxime teniendo en consideración que el domicilio electrónico para la notificación es el número de matrícula del profesional.

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 153 apartado I inciso b) de la Constitución Provincial,

ACORDARON:

I. REITERAR que en el marco de las Acordadas Nros. 12.063, 12.469 y 12.855, los actos procesales realizados por los tribunales y juzgados del Distrito Judicial del Centro, que deban ser notificados por cédula en el domicilio  constituido, se notificarán electrónicamente.

II. ESTABLECER que las notificaciones deberán ser cursadas al domicilio electrónico constituido por los abogados que actúan como letrados patrocinantes o apoderados de la parte que deba ser notificada. En caso de que el profesional no lo hubiere constituido, la notificación será remitida al domicilio electrónico correspondiente a su número de matrícula.

III. COMUNICAR a quienes corresponda, DAR A CONOCER a través de la página web del Poder Judicial de Salta, y PUBLICAR en el Boletín Oficial.

Con lo que terminó el acto, firmando por  ante la Secretaría de Actuación, que da fe.



Guillermo Alberto Catalano, PRESIDENTE -Teresa Ovejero Cornejo, JUEZA -  Fabián Vittar, Pablo López Viñals, JUECES - Dra. María Jimena Loutayf, SECRETARIA DE CORTE DE ACTUACIÓN


R. S/C N° 100009493
Orden de Publicación: 100079153
Importe: $0.00
Fecha/s de publicación: 08/05/2020

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