RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 27 de Agosto de 2020

RESOLUCIÓN No 19.097

MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE SALTA

VISTAS
:

Las Actuaciones No 234/2020 caratuladas: "Feria Judicial Extraordinaria" y las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional, Provincial y la Corte de Justicia de Salta; y

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de la delicada situación epidemiológica existente y la confirmación de parte de  las autoridades provinciales competente de la circulación viral comunitaria en el departamento Capital, lo que motivó que fuera incluido dentro de la zona epidemiológica 4, la Corte de Justicia de Salta dictó la Acordada No 13.175/2020 mediante la cual estableció una Feria Judicial Extraordinaria para el Distrito Judicial Centro, entre los días 28 de agosto y 11 de septiembre de 2020 inclusive, fijando las pautas pertinentes para su implementación.

Que, por Resolución de Colegio de Gobierno No 19.055/2020, se dispuso la prestación de un servicio excepcional en la emergencia por razones sanitarias para los Distritos Judiciales Orán y Tartagal.

Que, atendiendo a lo dispuesto por el Comité Operativo de Emergencia por Res. No 47/2020, que estableció nuevas limitaciones a determinadas actividades que hacen a la concurrencia masiva de personas, tanto en lugares públicos como privados y, con el objeto de mitigar la propagación y el impacto sanitario del virus COVID 19 (coronavirus), buscando resguardar la salud de los trabajadores del Ministerio Publico y garantizar el acceso a sus servicios de la población en general, corresponde emitir el instrumento legal pertinente que establezca una, Feria Judicial Extraordinaria para el Distrito Judicial Centro.

POR ELLO;

EL COLEGIO DE GOBIERNO,

RESUELVE:

1. ESTABLECER Feria Judicial Extraordinaria para el Distrito Judicial del Centro, desde el día 28 de agosto y hasta el 11 de septiembre de 2020, inclusive.

2. DISPONER que el período establecido en el punto 1 será considerado inhábil a los efectos de los plazos administrativos, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan.

3. DETERMINAR que el horario de trabajo en el Distrito Judicial del Centro será de 09:00 a 13:00 horas, sin perjuicio de las necesidades funcionales específicas de cada uno de los Ministerios.

4. DISPONER que cada uno de los Ministerios organizará el personal dependiente de su Área para llevar adelante la prestación del Servicio a su cargo.

5. ESTABLECER para el Área Central que cada Director convocará al personal en los límites de lo absolutamente indispensable para asegurar la prestación del servicio informando a la Secretaría de Despacho y Dirección de Personal.

6. DISPONER que el personal que no preste servicios de manera presencial deberán cumplir sus funciones desde sus domicilios bajo la modalidad de trabajo remoto.

7. COMUNICAR que los agentes dispensados de concurrir deberán permanecer en su lugar de residencia con disponibilidad para atender teléfonos fijos y celulares ante cualquier emergencia.

8. REITERAR la vigencia del Sistema Informático de Escritos Web para favorecer la presentación de escritos judiciales al Ministerio Público, por parte de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial; abogados particulares matriculados en el Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia; y entre Magistrados y/o Funcionarios del Ministerio Público entre sí, quedando los documentos remitidos por esta vía automáticamente disponibles en el Sistema Informático de gestión de cada dependencia, según el destino que el usuario haya indicado, vinculando de esta manera los sistemas informáticos sin intervención de personas ajenas a la tramitación de una causa, constituyéndose además una Mesa de Ayuda específica para colaborar con el uso del Sistema de Escritos Web. El acceso a dicho sistema es: https://escritos.mpublico.gov.ar.

8. LIMITAR el acceso a los edificios judiciales sólo a aquellas personas que deban cumplir trámites procesales y administrativos que resulten estrictamente necesarios.

9. ESTABLECER que para los Distritos Judiciales Orán y Tartagal continua vigente lo dispuesto mediante Resolución No 19.055/2020 y para el Distrito Judicial Sur Circunscripción Metán y Anta las disposiciones contenidas en las Resoluciones Nros. 19.007/2020 y 19.046/2020, sin perjuicio de lo establecido en el punto  4.

10. REGÍSTRESE, notifíquese, publíquese y archívese.



Dra. Mirta Lapad, ASESORA GENERAL DE INCAPACES - PRESIDENTA DEL COLEGIO DE GOBIERNO - Abel Cornejo, PROCURADOR GENERAL -  Dr. Pedro Oscar García Castiella, DEFENSOR GENERAL DE LA PROVINCIA - Dra. Mirna Paola Obeid, SECRETARIA DE DESPACHO


R. S/C N° 100009807
Orden de Publicación: 100080887
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 01/09/2020

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