CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



LION POWER SRL



Por instrumento privado, de fecha 30/06/2020 se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada LION POWER SRL, con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta, y sede social en la calle Radio Colón, número 1985 de la ciudad de Salta de la provincia de Salta.

Socios: Javier Mariano Castro, DNI No 25.354.503, CUIT No 20-25354503-9, de nacionalidad argentino nacido el 7 de junio de 1976, profesión empresario, estado civil casado en segundas nupcias con Paz María Belén, DNI No 27.775.766, con domicilio en Jockey Club Salta, casa 45, localidad de Salta, de la provincia de Salta; Joaquín Nahuel Villarroel Arreche, DNI No 36.802.251, CUIT No 23-36802251-9, de nacionalidad argentino nacido el 19 de marzo de 1992, profesión empresario, estado civil casado en primeras nupcias con Ivana Natalia Uzqueda Fleckenstein, DNI No 36.346.279, con domicilio en block 39 II, Dpto. K barrio Parque la Vega localidad de Salta, de la provincia de Salta; Lisandro Exequiel Villarroel Arreche, DNI No 37.720.205, CUIT No 20-37720205-9, de nacionalidad argentino nacido el 2 de agosto de 1993, profesión técnico universitario en perforaciones, estado civil soltero, con domicilio en Mza. 39, casa 5, barrio San Carlos localidad de Salta de la provincia de Salta; Mauricio Emmanuel Villarroel Arreche, DNI No 39.040.229, CUIT No 20-39040229-6, de nacionalidad argentino nacido el 30 de mayo de 1995, profesión mecatrónico y autotrónico, estado civil soltero, con domicilio en Mza. 39, casa 5, barrio San Carlos localidad de Salta, de la provincia de Salta.

Plazo de Duración: 99 años.

Objeto: la sociedad tendrá por objeto la realización de las siguientes actividades, ya sea realizadas por sí, asociadas a terceros o por cuenta y orden de terceras personas: A) Construcciones: ejecución, estudio, proyecto, dirección y administración de obras civiles, públicas, privadas, cualquiera sea su naturaleza. Construcciones metálicas, hidráulicas, viales aeronáuticas, portuarias, marítimas o fluviales sanitarias, petrolíferas, gasíferas, vitivinícolas y las necesarias para cualquier tipo de obras civiles, cualquiera sea su naturaleza y características, obras de urbanización y tendido de redes de agua, luz, gas y servicios sanitarios. Consultoría y servicios de asistencia técnica, económica y financiera sobre todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura. Estudios de impacto ambiental. Participación en licitaciones públicas o privadas que favorezcan el desarrollo de este objeto, sin limitación de monto de las mismas ya sea dentro de los límites del territorio de la República Argentina o fuera de ella. Toda actividad de asesoramiento y prestación de servicios enunciada precedentemente que requiera una capacidad específica se realizará por medio de profesionales idóneos con títulos habilitantes para cada caso. B) Comerciales: adquisición, venta, producción, elaboración, montaje, transformación, distribución de: bienes muebles, semovientes, maquinarias, mercaderías, herramientas, útiles, materias primas, frutos, productos u objetos de toda clase, del país o del extranjero, especialmente los relacionados con la construcción; patentes de invención, marcas diseños y modelos industriales, compraventa de inmuebles en general y explotaciones turísticas a nivel nacional e internacional. C) Inmobiliarias: compra y venta de tierras, fraccionamientos y loteos, construcción de casas y barrios para la venta, sea por el régimen común o de propiedad horizontal, por cuenta propia, de terceros o consorcios, gestiones de financiación, administración de propiedades, arrendamiento, locación, explotación, leasing y urbanización de toda clase de bienes inmuebles. D) Mandatos: ejercer representaciones, distribuciones, comodatos, consignaciones, cesiones y mandatos. E) Exportación e Importación: de toda clase de mercaderías, productos, frutos, maquinarias, materias primas, herramientas, bienes de consumo y de capital, servicios técnicos y profesionales, radicaciones industriales en el país y en el extranjero. F) Fideicomisos: actuar como fiduciario en contratos de fideicomiso de conformidad con las disposiciones del Código Civil y Comercial; celebrar o aceptar contratos de fideicomiso en los que la sociedad asuma el carácter de fiduciante, fiduciaria, beneficiaria o fideicomisaria, titular o sustituto, o asumir varios roles en forma simultánea o sucesiva -siempre y cuando tales roles puedan desarrollarse simultánea o sucesivamente, que tengan por objeto inmuebles, muebles, créditos, derechos o cualquier otro bien o valor susceptible de ser transferido en propiedad fiduciaria, en cualquiera de las modalidades que el contrato de fideicomiso pueda revestir, incluyendo sin limitación: fideicomisos de garantía, de administración, inmobiliarios, de disposición, de transferencia de propiedad y cualquier otra modalidad; administrar y disponer en carácter de fiduciario del patrimonio que integren los fondos fiduciarios a crearse, en virtud de los objetivos que establezcan las normas reglamentarias correspondientes. G) Servicios de Transporte: prestación y/o explotación y/o desarrollo de toda la actividad relacionada al servicio y a la logística necesaria para el transporte de cargas generales y/o parciales de mercaderías y/o productos y/o personas y/o cosas y/o bienes en estado sólido, líquido o gaseosos, cargas peligrosas o no, de cualquier naturaleza y/u origen natural o artificial, por medios terrestres, ferroviarios, aéreos y/o náuticos propios o ajenos y todo lo concerniente al transporte terrestre de máquinas agrícolas, cereales y de cargas en general en todo el territorio nacional y países aledaños; H) Servicios a la Industria Minera, Petróleo y Gas: locación, provisión, reparación y abastecimiento de herramientas, máquinas, mobiliario, vehículos automotores o equipos de transportes (propios o de terceros, con o sin conductor u operario), comestibles, agua potable, utensilios, equipos móviles de electricidad o bienes de uso en general y de personal para la industria minera, petróleo y gas. Perforaciones de pozos destinados al abastecimiento de agua potable, riego de plantaciones, uso industrial y ganadero. Perforación de pozos de protección catódica, pozos para pilotes, pozos de inyección. Recuperación de pozos; Venta, reparación y acondicionamiento de cañerías, filtros, equipos de bombeo o trépanos; Construcción de: a) Obras civiles e hidráulicas vinculadas a la perforación de pozos, b) Obras de conducción de agua. Diseño y ejecución de sistemas de riego, represas y diques. Obras de saneamiento. Todo tipo de servicios metalúrgicos para la industria en general. Para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la sociedad está facultada sin limitación alguna, para ejercer toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza o jurisdicción autorizadas por las leyes que se hallen relacionadas con su objetivo, quedando claramente establecido que podrá celebrar todo los actos, contratos que se relacionen directamente con el cumplimiento de su objeto, pudiendo celebrar todo tipo de contratos por cuenta propia o de terceros, franquicias, agencias, y canales de distribución comercial, realizar actividades financieras (excepto las reguladas por la Ley de Entidades Financieras) y operaciones de exportación e importación de insumos, equipos y otros bienes. A los fines del cumplimiento de su objeto social, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean expresamente prohibidos por las leyes o por el estatuto.

Capital: el capital social suscrito es de $ 1.000.000 (pesos un millón) representado por 10.000 (diez mil), cuotas sociales de $ 100 (pesos cien) de valor nominal cada una. El capital se suscribe en su totalidad en este acto de acuerdo al siguiente detalle: a) Javier Mariano Castro suscribe 2.500 (dos mil quinientas) cuotas sociales (equivalentes al 25 % del capital social) por un total de $ 250.000 (pesos doscientos cincuenta mil); b) Joaquín Nahuel Villarroel Arreche, suscribe 2.500 (dos mil quinientas) cuotas sociales (equivalentes al 25% del capital social) por un total de $ 250.000 (pesos doscientos cincuenta mil); c) Lisandro Exequiel Villarroel Arreche, suscribe 2.500 (dos mil quinientas) cuotas sociales (equivalentes al 25 % del capital social) por un total de $ 250.000 (pesos doscientos cincuenta mil); y d) Mauricio Emmanuel Villarroel Arreche, suscribe 2.500 (dos mil quinientas) cuotas sociales (equivalentes al 25 % del capital social) por un total de $ 250.000 (pesos doscientos cincuenta mil); e integran en este acto el 25  % en dinero en efectivo y el saldo en el plazo de 2 (dos) años computados a partir de la suscripción del presente.

Administración: la administración de la sociedad, su representación y el uso de la firma social estará a cargo de un (1) gerente que podrá ser socio o no, con una duración en el cargo por tiempo indeterminado. La sociedad está representada por la firma del gerente, quien: a) deberá prestar una garantía de pesos veinte mil, que podrá ser documentada con pagaré a la vista y b) representará a la sociedad en todos los actos, actividades y negocios que correspondan al objeto social, sin limitación de facultades, en la medida que los actos que realice tiendan al cumplimiento de los fines sociales, pudiendo realizar todos los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social, inclusive los previstos en los artículos 1881 del Código Civil, y 9o del Decreto Ley No 5.965/63. En este acto se designa por unanimidad y en calidad de gerente a Castro, Javier Mariano, DNI No 25.354.503. El nominado acepta el cargo, queda en funciones, y constituye domicilio especial a tales efectos en Country Jockey Club, lote 45, de la localidad de Salta, de la provincia de Salta.

Fiscalización: se prescinde del Órgano de Fiscalización.

Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 30 de junio.



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00003244
Orden de Publicación: 100080928
Importe: $2.450,00
Fecha/s de publicación: 04/09/2020

Responsive image Responsive image