RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 30 de Junio de 2020

RESOLUCIÓN Nº 0438-D/2020

INSTITUTO PROVINCIAL DE SALUD DE SALTA

VISTO
el expediente N° 19460 cód. 74/2020; y

CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de la Salud declara como pandemia el nuevo coronavirus denominado COVID-19;

Que debido a los riesgos que implica para la salud de la población la circulación del virus, el Presidente de la Nación instituyó el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/2020 a fin de extremar la vigilancia epidemiológica implementando medidas de prevención y control;

Que por Decreto N° 250/2020 del Poder Ejecutivo Provincial se declaró el estado de emergencia sanitaria en el territorio de la provincia de Salta creando el Comité Operativo de Emergencia para atender la problemática vinculada a la prevención, asistencia y control elaborando los protocolos y reglamentaciones necesarios;

Que el Instituto Provincial de Salud de Salta no está exento de estas medidas por lo que resulta imprescindible otorgar todas las herramientas que se encuentren al alcance para contribuir con la prestación de los servicios asistenciales a sus afiliados;

Que Junta de Admisión sugiere que la prestación del servicio se efectúe de forma remota para la atención de afiliados con discapacidad y que en los casos que la patología no permita la modalidad virtual la atención se realice de forma presencial en domicilio;

Que el sistema operativo de la Institución y de los prestadores del servicio permite implementar modalidades de liberación de prácticas vía online, descomprimiendo operativamente la autorización de nuestros auditores en sedes de la Institución;

Que la Ley N° 7.127 establece, en su artículo 10°, que son atribuciones del Directorio: a)...b)... c) Fijar la política a seguir con respecto a los servicios de salud; organizar y resolver el financiamiento de los mismos, d) dictar todas aquellas resoluciones y reglamentos necesarios a los fines del funcionamiento del Instituto Provincial de Salud de Salta (IPSS), ejerciendo tal facultad dentro de los límites estatuidos por las normas vigentes;

POR ELLO, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley N° 7.127.

EL DIRECTORIO DEL

INSTITUTO PROVINCIAL DE SALUD DE SALTA

RESUELVE:

Artículo 1°.- ESTABLECER la modalidad de autorización vía on-line de PRESTACIONES DE PSICOPEDAGOGÍA que los profesionales realizarán desde los consultorios en Capital e Interior de la provincia, a través del Sistema de Autorización de Prácticas (SAP) del Instituto Provincial de Salud de Salta.

Artículo 2°.- ESTABLECER la modalidad de atención de prestaciones por vía remota (atención virtual) a través de las distintas plataformas digitales, o presencial únicamente en domicilio.

Artículo 3º.- El afiliado titular o responsable del paciente deberá previamente prestar expreso consentimiento de la modalidad de prestación por vía remota, completando el formulario que como ANEXO forma parte de la presente.

Artículo 4º.- Sobre el dorso del pedido, el prestador debe consignar fecha, firma, modalidad de prestación y plataforma utilizada.

Artículo 5º.- Las PRESTACIONES DE PSICOPEDAGOGÍA que se podrán solicitar, sujetas a evaluación de Junta de Admisión, son las que se detalladas a continuación:



37.06.01.01 Orientación para padres, docentes hasta 2 sesiones mensuales.

37.06.02.03 Contrato Terapéutico para afiliados hasta 12 sesiones mensuales.

>



Artículo 6º.- Las patologías que se autorizan con esta modalidad son:

• Problema del Desarrollo

• TEA

• Dislexia

• Aprendizaje

Artículo 7º.- NOTIFICAR, efectuar las comunicaciones pertinentes, publicar en el Boletín Oficial, insertar en el Libro de Resoluciones y ARCHIVAR.



Sánchez - Herrera - Vicente



VER ANEXO


R. S/C N° 100009651
Orden de Publicación: 100080007
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 08/07/2020

Responsive image Responsive image