RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 03 de Julio de 2020

RESOLUCIÓN N° 269

SECRETARÍA DE CULTURA

EXPEDIENTE N° 59 -152.939/2020

VISTO
los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional Nros. 520/2020 y 576/2020, el Decreto de Necesidad y Urgencia de la Provincia de Salta N° 250/2020 y las Resoluciones del Comité Operativo de Emergencia;

CONSIDERANDO:

Que el DNU N° 520/2020 incorpora a la provincia de Salta bajo el régimen de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” e incorporado en el marco normativo por Resolución N° 35/2020 del Comité Operativo de Emergencia de Salta, (COE), prorrogados a su vez por DNU N° 576/2020 y Resolución N° 37/2020 del COE, respectivamente.

Que el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” y el estricto control de cumplimiento de las reglas de conducta que ese distanciamiento supone, resultan medidas necesarias para contener el impacto de la epidemia en cada jurisdicción y, al mismo tiempo, facilitar la prácticas de actividades económicas en forma paulatina, en tanto ello sea recomendable de conformidad con la situación epidemiológica de cada lugar y atendiendo a estrictos protocolos de funcionamiento.

Que los protocolos socio-sanitarios correspondientes a las actividades en Museos y Bibliotecas dependientes de la Secretaría de Cultura, cumplen con los extremos exigidos en la normativa.

Que, por su parte, la Resolución del COE N° 35/2020, establece que todas las actividades económicas, industriales, de servicio, sociales, recreativas, artísticas, culturales y deportivas, podrán realizarse de acuerdo a las condiciones establecidas en la misma, sus protocolos sanitarios y conforme las reglas generales y obligatorias allí mencionadas;

Que en tal sentido, a través de la Resolución N° 37/2020 del COE, se dispone prorrogar la vigencia del régimen, mientras subsista el “distanciamiento, social, preventivo y obligatorio” declarado por la Nación.

Que a su vez la citada Resolución N° 35/2020 en su art. 4° inc. "k”
establece que “la Secretaría de Cultura, dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología podrá, en el marco de sus competencias, aprobar por acto administrativo expreso los protocolos de funcionamiento de museos y bibliotecas, respetando los parámetros de distanciamiento social y con un límite horario que no podrá exceder las 20:00 horas."

Que ha tomado la intervención de su competencia la Central Operativa de Control y Seguimiento COVID-19, y la Dirección de Asuntos Legales de esta Secretaría, de conformidad con lo previsto en la normativa vigente;

Por ello, en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional Nros. 520/2020 y 576/2020; y la Resolución N° 35/2020 articulo 4 inc. “k” del Comité Operativo de Emergencia Provincial;

LA SECRETARIA DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1.- APROBAR los Protocolos Sanitarios de Actuación para el funcionamiento de Museos y Bibliotecas dependientes de la Secretaría de Cultura, en el marco de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” de los DNU Nros. 520/2020 y 576/2020; la Resolución N° 35/2020 articulo 4 inc. “k” del Comité Operativo de Emergencia Provincial, conforme las pautas de los protocolos adjuntos, y que como anexos forman parte de la presente.

Artículo 2.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Artículo 3.- Registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Sansone



VER ANEXO


R. S/C N° 100009667
Orden de Publicación: 100080062
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 13/07/2020

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