SALTA, 22 de Junio del 2020
DISPOSICIÓN N° 22
UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES
Expte. N° 255-144.856/20 - Cde. 0
VISTO la Ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18; y la Ley de Ministerio N° 8.053 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 4o del Decreto N° 1.319/18, reglamentario de la Ley N° 8.072 dispone:.... “La organización del Sistema consta de dos órganos rectores, la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones como órgano rector de las unidades operativas de contrataciones y la Unidad Central de Contrataciones como órgano rector en la centralización de la normativa";
Que conforme el art. 5o apartado a) de la Ley N° 8.072, la Unidad Central de Contrataciones tiene por función centralizar todo lo referente a políticas, normas, procedimientos, información, control y evaluación del sistema en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial;
Que según el artículo 5o apartado a) - inc. 7) del Decreto N° 1.319/18 - Organización del Sistema entre otras tantas tareas, es la de llevar un banco de datos actualizados, en el que consten los elementos necesarios para evacuar consultas, informes, determinar precios testigo y expedir certificaciones, para realizar los controles que estime pertinentes;
Que de fs. 01 a 23 el Programa Contratista de Obras Públicas, ha elaborado el Listado de Precios Oficiales de los Insumos Locales para la Obra Pública, Adicionales, Planillas, Flete Carretero y Listado de Fórmulas, correspondiente al mes de abril del 2020;
Que a su vez, en el Decreto N° 1.170/03 y en su Decreto Modificatorio N° 3.721/13, se fija un Régimen de Redeterminación de Precios de los Contratos de Obra Pública, y autoriza a la entidad contratante a renegociar los contratos aludidos, siguiendo las pautas establecidas en tal procedimiento y en su artículo 4º autoriza a esta Unidad Central de Contrataciones, a establecer como precios oficiales, los que disponga mensualmente a través del acto administrativo correspondiente;
Que dicho listado formará parte del Sistema de Información de Precios, que esta Unidad Central debe llevar y organizar, según misión de la ley;
Que a fs. 25 de estos obrados, el Sub-Programa Control de Legalidad de este organismo, ha tomado la intervención que le compete;
Que por lo expuesto, resulta necesario dictar el instrumento legal pertinente;
Por ello, y con encuadre en el inc. a) del artículo 5o de la Ley Nº 8.072, y en el artículo 5o - apartado a - inciso 2) y 7) del Dcto. N° 1.319/18,
LA DIRECTORA GENERAL DE LA
UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES
DISPONE:
Artículo 1o.- Aprobar los PRECIOS OFICIALES DE LOS INSUMOS LOCALES PARA LA OBRA PUBLICA Y FLETE CARRETERO, correspondientes al mes de ABRIL de 2020, los que como ANEXO I, forman parte de la presente.
Artículo 2o.- Los precios oficiales previstos en el artículo 1°, tendrán vigencia mientras dure la situación de emergencia económica establecida en la Ley N° 7.125 y sus prórrogas.
Artículo 3o.- Tomen razón las distintas Unidades Operativas de Contrataciones de la Administración Centralizadas y Descentralizadas y Organismos Autárquicos, los SAF Ministeriales, y la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones de Salta.
Artículo 4o.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y en la página web del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, e insertar en el Libro de Disposiciones y archivar.
Martínez, DIRECTORA GENERAL