RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 14 de Julio de 2020

RESOLUCIÓN N° 19.007

MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE SALTA

VISTAS
:

Las Actuaciones Nº 308/20, caratuladas: “Adecuación de la prestación del Servicio del Ministerio Público ante la situación generada por la pandemia Covid- 19”; y

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Nº 18.975/2020 del Colegio de Gobierno se dispuso, de modo excepcional, que la prestación de servicios a cargo del Ministerio Público, durante el mes de julio de 2020, se ajustará a lo dispuesto por la Resolución Nº 18.952/2020, mientras la situación sanitaria de la provincia así lo permita.

Que, por Resolución Nº 39, de fecha 12 de julio de 2020, el Comité Operativo de Emergencia Provincial dispuso, en atención a la delicada situación epidemiológica existente, limitar la concurrencia presencial de agentes dependientes de la Administración Pública Centralizada, Descentralizada, Organismos Autárquicos del Poder Ejecutivo y Sociedades del Estado, invitando a los otros Poderes del Estado a dictar medidas idóneas a tal fin, donde se mantengan los servicios esenciales con modalidad de teletrabajo, en un esquema de asistencia a lo estrictamente necesario.

Que, en dicho marco, la Corte de Justicia de Salta dictó la Acordada Nº 13.149/2020 mediante la cual estableció las reglas de funcionamiento a las que se ajustará el servicio de Administración de Justicia entre los días 15 de julio y 31 de julio de 2020, inclusive.

Que con el objeto de mitigar la propagación y el impacto sanitario del COVID-19 (coronavirus), resulta necesario reorganizar el funcionamiento del Ministerio Público de manera que no se resienta la prestación de los servicios a su cargo y al mismo tiempo se resguarde la salud de sus trabajadores, usuarios y la población en general.

Que por lo expuesto y, conforme con la autonomía e independencia del Organismo, corresponde emitir el presente instrumento.

POR ELLO;

EL COLEGIO DE GOBIERNO,

RESUELVE:

1. ESTABLECER que, a partir del día 15 de julio y hasta el 31 de julio de 2020, la prestación de servicios a cargo del Ministerio Publico será realizada en el horario de 09:00 horas a 13:00 horas, sin perjuicio de las necesidades funcionales específicas de cada uno de los Ministerios.

2. DISPONER que cada uno de los Ministerios organizará el personal dependiente de su Área para llevar adelante la prestación del servicio a su cargo de manera presencial y/o remota, efectuando las comunicaciones pertinentes a la Dirección de Personal.

3. ESTABLECER que en el Área de Administración Central, la Secretaría de Despacho y cada Dirección organizará el funcionamiento de sus servicios de manera presencial con el personal mínimo indispensable elevando a Dirección de Personal la lista de los agentes que cumplirán funciones en dicha modalidad y de manera remota.

4. DISPONER que los agentes no convocados a trabajar serán considerados en uso de licencia reglamentaria y por el lapso correspondiente.

5. DISPONER que las personas consideradas como población de riesgo en el punto 7 de la Resolución Nº 18.815/2020 mantendrán el permiso extraordinario de ausencia.

6. ESTABLECER la estricta observancia de las medidas de salubridad e higiene dispuestas por este Colegio de Gobierno conforme a las disposiciones de las autoridades sanitarias competentes.

7. REITERAR la vigencia del Sistema Informático de Escritos Web para favorecer la presentación de escritos judiciales al Ministerio Público, por parte de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial; Abogados Particulares matriculados en el Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia; y entre Magistrados y/o Funcionarios del Ministerio Público entre sí, quedando los documentos remitidos por esta vía automáticamente disponibles en el Sistema Informático de gestión de cada dependencia, según el destino que el usuario haya indicado, vinculando de esta manera los sistemas informáticos sin intervención de personas ajenas a la tramitación de una causa, constituyéndose además una Mesa de Ayuda específica para colaborar con el uso del Sistema de Escritos Web. El acceso a dicho sistema es: https://escritos.mpublico.gov.ar

8. DEJAR ESTABLECIDA la vigencia de las Resoluciones Nros. 18.951/2020 y 18.974/2020, en el ámbito del Ministerio Público del Distrito Judicial Tartagal y Distrito Judicial Orán.

9. RATIFICAR la vigencia de todas las Resoluciones dictadas por el Colegio de Gobierno del Ministerio Público con motivo de la pandemia COVID 19(Coronavirus) que no se opongan a la presente.

10. REGÍSTRESE, notifíquese, publíquese y archívese.



Dra. Mirta Lapad, ASESORA GENERAL DE INCAPACES - Dr. Pedro Oscar García Castiella, DEFENSOR GENERAL DE LA PROVINCIA - Dra. Mirna Paola Obeid, SECRETARIA DE DESPACHO


R. S/C N° 100009679
Orden de Publicación: 100080144
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 15/07/2020

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