RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



RESOLUCIÓN N° 1.632

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE SALTA

SALTA, 14 de julio de 2020.

>Y VISTAS: Resolución N° 39 del Comité Operativo de Emergencia, la Acordada Nº 13.149 de la Corte de Justicia de Salta, y el Acta N° 4.662 agregadas en copia certificada en estos autos registrados bajo Expte. N° 255/19, y

CONSIDERANDO:

Que como consecuencia del incremento de los casos de contagio de COVID-19 en todo el territorio provincial informado por los medios de comu­nicación es que mediante Resolución N° 39 de fecha 12/07/2020 (publicada en BO N° 20.778 el 13/07/2020), el Comité Operativo de Emergencia resolvió dispensar, desde el 15/07/2020 y hasta el 31/07/2020, a los agentes de la ad­ministración pública centralizada, descentralizada, organismos autárquicos del Poder Ejecutivo y Sociedades del Estado de asistir a los lugares de trabajo de acuerdo al esquema que cada área establezca para garantizar la prestación de servicios en condiciones de seguridad sanitaria.

Que de manera concomitante, por Acordada N° 13.149, la Corte de Justicia de Salta adoptó las medidas de resguardo pertinentes adecuando el funcionamiento del Poder Judicial a la finalidad prevista en el instrumento citado en el párrafo precedente en estricto cumplimiento con las recomendaciones efectuadas por las autoridades sanitarias nacionales y provinciales.

Que como consecuencia de lo dispuesto en los citados instrumentos dictados en resguardo de la sociedad, es que este Consejo se ve impedido de recabar información pertinente de aquellos organismos estatales alcanzados por la normativa enunciada -como ser el requerimiento de antecedentes laborales que indiquen antigüedad y existencia de sanciones-, siendo ello un óbice para la prosecución de los concursos que se encuentran en trámite.

Que por lo demás, se observa una creciente dificultad por parte de abogados con residencias en localidades del interior, particularmente sensibles a la situación epidemiológica actual, para cumplir requisitos esenciales básicos para la inscripción; así, y siendo que en determinados lugares la atención médica es de carácter excepcional y para casos urgentes, es que algunos interesados comunicaron a este Consejo que se ven impedidos de cumplir con lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento Interno que exige que “con la inscripción se deberá acompañar un certificado médico, el cual deberá indicar que el estado de salud del postulante es apto para el desempeño del cargo”.

Que de igual manera, se informó que las medidas adoptadas por la Policía de Salta en materia de seguridad sanitaria, al limitar los turnos que otorga para la expedición de los certificados de antecedentes personales, coarta la posibilidad de los interesados de acceder a ellos en el período de inscripción exigido por la normativa que nos rige, siendo ello constatado por Secretaría de este Consejo.

Que por lo expuesto, y ante la incipiente dificultad de los interesados para inscribirse a los diversos concursos oportunamente convocados y reprogramados, es que resulta conveniente proceder a la suspensión de aquellos que estuvieren en trámite, cualquiera sea la etapa procedimental en la que se encuentren. No obstante, lo expuesto no implica cesación de otras actividades que competen al Consejo, siendo que el número de personal afectado a este Cuerpo que disponga Superintendencia del Poder Judicial, continuará con labores de digitalización de legajos de postulantes y carga de datos pertinentes de manera remota en sus respectivos domicilios, ello sin perjuicio de su eventual concurrencia a los lugares de trabajo cuando necesidades de servicio indispensables así lo requieran.

Por ello,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

RESUELVE:

I. SUSPENDER desde el 15 de julio de 2020 hasta el 31 del mismo mes y año, inclusive, los concursos que estuvieren en trámite, cualquiera sea la etapa procedimental en la que se encuentren, por los motivos expuestos en los considerandos.

II. COMUNICAR que el primer día hábil subsiguiente al término del período dispuesto en el artículo precedente se reevaluarán las medidas a adoptadas teniendo en cuenta para ello la evolución epidemiológica de la provincia y del país.

III. SOLICITAR a Presidencia de la Corte de Justicia de Salta, que arbitre los medios para que el personal del Poder Judicial afectado a las labo­res del Consejo de la Magistratura, pueda continuar con los trabajos indicados en los considerandos, de manera remota en sus respectivos domicilios, ello sin perjuicio de su eventual concurrencia a los lugares de trabajo cuando necesidades de servicio indispensables así lo requieran, siempre de conformidad a las medidas de seguridad sanitarias dispuestas por las autoridades nacionales y provinciales.

IV. ORDENAR la publicación de la presente por un día en el Boletín Oficial.

V. COMUNICAR lo resuelto y dar a publicidad la presente a través de la página oficial de este Consejo de la Magistratura, www.cmagistraturasalta.gov.ar .

VI. MANDAR que se registre y notifique.



Sandra Cristina Bonari Valdés, PRESIDENTA - Dr. Lucas Javier Godoy, VICE PRESIDENTE - Maria Emilia Carabajal, Rosanna A. Sangarí, Graciela Abutt Carol, Rodrigo Martínez Urquiza,  Guillermo Adriano Pollioto, Jesús Ramon Villa, CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - Hernan G. Lezaola, SECRETARIO.


R. S/C N° 100009682
Orden de Publicación: 100080156
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 16/07/2020

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