CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



CONSULTORA FUTURO SAS



Por instrumento privado, de fecha 25-06-2020 se constituyó la sociedad denominada Consultora Futuro SAS.

Socio: Pablo José Ponce Peñalva, argentino, DNI N° 12.959.464, CUIT N° 20-12959464-1, nacido el 29 de abril de 1959, abogado, y la Señora Lucía Candia, argentina, DNI N° 14.499.326, CUIT N° 27-14499326-3, nacida el 10 de septiembre de 1961, traductora de inglés, casados entre sí en primeras nupcias, con domicilio en calle Del Milagro N° 635, de esta ciudad.

Denominación: CONSULTORA FUTURO SAS.

Plazo de Duración: 99 años.

Domicilio: en la jurisdicción de la provincia de Salta. Con sede social en calle Del Milagro N° 635, de esta ciudad de Salta.

Objeto: la sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o en participación con terceros a prestar servicios de consultoría o asesoramiento jurídico, impositivo, económico, de inversiones, en materia laboral y de selección de personal. Ejercer representaciones, mandatos, constituir fideicomisos, pudiendo actuar como fiduciario en los términos de la Ley Nacional N° 24.441, modificatorias y reglamentaria, y de las disposiciones del Capítulo 30 del Título IV del Libro Tercero del Código Civil y Comercial de la Nación, pudiendo actuar en tal carácter en toda clase de fideicomisos, pudiendo administrar y disponer los derechos y/o bienes y/o recursos de cualquier naturaleza que compongan los fideicomisos para distintos objeto y finalidades. Realizar cobranzas extrajudiciales o judiciales en representación de terceros o por cuenta de terceros. Intervenir en juicios en representación de terceros, a través de terceros o asociada a terceros, pudiendo ser mandataria y otorgar o sustituir mandatos judiciales a los profesionales a quienes se contrate a tal efecto. Intervenir en representación de terceros, a través de terceros o asociada a terceros en la administración de negocios, inversiones y empresas. Realizar por cuenta de terceros o en participación con terceros, servicios de auditorías legales, tributarias, contables, estudios legales, económicos e impositivos de empresas e inversiones tanto en el país como en el extranjero. Compra, venta, arrendamiento y administración de inmuebles urbanos y rurales en general, desarrollos inmobiliarios, subdivisión de propiedades urbanas y su urbanización como asimismo todas las operaciones comprendidas en las leyes y reglamentos de propiedad horizontal y de clubes de campo. Administración, consultoría y asesoramiento empresario, comercial, técnico relacionado con la actividad inmobiliaria, agropecuaria, ganadera, forestal y minera. Para el cumplimiento de su objeto social la sociedad tendrá plena capacidad para celebrar toda clase de actos y contratos relacionados directa o indirectamente con dicho objeto, y para el ejercicio de todas las acciones que hubiere lugar, sin más limitaciones que las expresamente establecidas por las leyes o este Estatuto. Podrá especialmente ampararse en los regímenes de promoción de inversiones, nacionales, provinciales, municipales. Quedan excluidas del objeto social, la actuación como fiduciario en los fideicomisos financieros, y las actividades comprendidas en la ley de entidades financieras, y las previstas en el artículo 39 de la Ley Nº 27.349.

Capital: pesos cincuenta mil ($50.000), dividido en cincuenta mil (50.000) acciones ordinarias de pesos uno ($ 1) valor nominal cada una, nominativas, no endosables, amortizables, suscriptas de la siguiente manera: Pablo José Ponce Peñalva suscribe 25.500 acciones por un total de $ 25.500, representando el 51 % del capital social; y Lucía Candia, suscribe 24.500 acciones por un total de $ 24.500, representando el 49 % del capital social. Las acciones se integran en dinero en efectivo en un cien por ciento (100 %) en este acto.

Administración: la administración, representación legal y uso de la firma estará a cargo de una o más personas humanas denominados administradores titulares, hasta un máximo de tres, socios o no. Mientras la sociedad prescinda de órgano de fiscalización, se deberá designar uno o más administradores suplentes, hasta un máximo de tres, socios o no. Los administradores permanecerán en sus cargos por tiempo indefinido, hasta que renuncien o sean reemplazados o removidos de sus cargos. La reunión de socios determinará el número de administradores titulares y podrá designar igual o menor número de administradores suplentes. En caso de que se designe un único administrador titular, éste tendrá en forma individual la representación legal y uso de la firma de la sociedad. En caso de que se designen dos administradores titulares o más, estos tendrán en forma individual e indistinta la representación legal y uso de la firma de la sociedad. Administradores: fijar en uno (1) el número de administradores titulares y en uno (1) el número de administradores suplentes, designando para tales cargo a: Pablo José Ponce Peñalva, DNI N° 12.959.464 como Administrador Titular, y Lucía Candia, DNI N° 14.499.326 como Administradora Suplente, quienes aceptan los cargo, fijan domicilio especial en calle Del Milagro N° 635, de esta ciudad de Salta.

Fiscalización: la sociedad prescinde de la sindicatura.

Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 31 de mayo.

Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00002832
Orden de Publicación: 100080164
Importe: $1.260,00
Fecha/s de publicación: 17/07/2020

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