ACORDADAS



ACORDADA Nº 13.150

CORTE DE JUSTICIA DE SALTA



En la ciudad de Salta, a los 14 días del mes de julio del año dos mil veinte, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia el señor Presidente, las señoras Juezas y los señores Jueces de Corte que firman la presente,

DIJERON:

Que por Acordada Nº 13.149 se estableció en virtud de la pandemia de COVID-19 (coronavirus) un sistema especial de funcionamiento de la administración de justicia en los Distritos Judiciales del Centro y del Sur - Circunscripciones Metán y Anta. En el punto III del mencionado instrumento se dispuso que otra Acordada conformará la nómina de personal que estarán autorizados a desempeñarse de manera presencial, siempre que no se encuentren en la población de riesgo.

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el articulo 153 apartado I inciso b) de la Constitución Provincial,

ACORDARON:

I. DISPONER que los juzgados que se encuentren en turno deberán concurrir en forma presencial diariamente para garantizar su adecuada atención, conforme la nómina que como anexo I forma parte de la presente.

II. ESTABLECER que las magistradas, los magistrados, las funcionarias y los funcionarios de los juzgados que se encuentren en el período inmediato posterior a la finalización del turno podrán asistir presencialmente, y en caso de los agentes administrativos y de servicios generales podrán hacerlo previa autorización otorgada por Presidencia de esta Corte.

III. AUTORIZAR la concurrencia presencial de magistradas, magistrados, funcionarias, funcionarios de primera instancia según la nómina que, como anexo II, forma parte de la presente.

IV. AUTORIZAR la concurrencia presencial de magistradas, magistrados, funcionarias, funcionarios de segunda instancia según la nómina que, como anexo III, forma, parte de la presente.

V. ESTABLECER que los agentes administrativos y de servicios generales de los tribunales y juzgados de los puntos III y IV podrán concurrir presencialmente en la cantidad prevista en el punto III de la Acordada Nº 13.149, previa autorización otorgada por Presidencia de esta Corte.

VI. DETERMINAR que las magistradas, los magistrados, las funcionarias y los funcionarios que no concurran presencialmente deberán prestar servicios en forma remota, sin perjuicio del cumplimiento de los actos procesales imprescindibles que ya estuvieren fijados o que se fijaren.

VII. RATIFICAR que, conforme lo dispuesto por la Acordada Nº 13.112 punto XVII, la Secretaría de Superintendencia de la Corte de Justicia se encuentra facultada a establecer el cronograma de asistencia de las dependencias administrativas y su nómina de personal.

VIII. COMUNICAR a quienes corresponda, DAR A CONOCER a través de la página web del Poder Judicial de Salta, y PUBLICAR en el Boletín Oficial.

Con lo que término del acto, firman por ante la Secretaría de Actuación que da fe.



Guillermo Alberto Catalano, PRESIDENTE - Maria Alejandra Gauffin, Adriana Rodríguez Faraldo, Teresa Ovejero Cornejo, Sandra Bonari, JUEZAS - Horacio José Aguilar, Pablo López Viñals, Fabián Vittar,  Ernesto R. Samsón, JUECES - Dra. Marina Russo, SECRETARIA DE SUPERINTENDENCIA.



VER ANEXO


R. S/C N° 100009686
Orden de Publicación: 100080169
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 16/07/2020

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