ACORDADAS



ACORDADA Nº 13.155

CORTE DE JUSTICIA DE SALTA

En la ciudad de Salta, a los 22 días del mes de julio del año dos mil veinte, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia el señor Vicepresidente Segundo a cargo de la Presidencia, las señoras Juezas y los señores Jueces de Corte que firman la presente,

DIJERON:

Que por Acordadas Nros. 13.130 y 13.144, en virtud de la situación epidemiológica existente en los Departamentos de General José de San Martín, Orán y General Güemes, se dispuso un servicio excepcional en la emergencia para los Distritos Judiciales Tartagal y Orán, respectivamente.

Que por su parte por Acordadas Nros. 13.149 y 13.150 se estableció un sistema especial de funcionamiento para la administración de justicia de los Distritos Judiciales Centro y del Sur - Circunscripciones Metán y Anta.

Que mediante Resolución N° 39/2020 del Comité Operativo de Emergencia solamente prorrogó la vigencia de los artículos 1º y 2º de la Resolución N° 38/2020 del mencionado Comité, y estableció en el artículo 3º que ciertas actividades en todo el territorio de la provincia se ejercerán según las limitaciones allí establecidas.

Que a su vez el artículo 6o de la mencionada Resolución estableció la prohibición de ingreso y egreso al Departamento General José de San Martín, Orán y General Güemes, y entre los Municipios de los mismos. Se dispuso además que dentro de esos Municipios se pueden realizar las actividades enunciadas en el artículo 3º.

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 153 apartado I, inciso b) de la Constitución Provincial,


ACORDARON:

I. DISPONER que a partir del 27 y hasta el 31 de julio del corriente año el servicio de justicia en los Distritos Judiciales Tartagal y Orán se prestará según lo establecido por la Acordada Nº 13.149, en lo que resulte aplicable.

II. DETERMINAR que el horario de trabajo en los mencionados distritos judiciales será de 09:00 a 13:00 horas para todos los tribunales, juzgados y dependencias administrativas.

III. ESTABLECER que las magistradas, los magistrados y jefes o encargados  administrativos deberán remitir a la dirección de correo electrónico asistencia@justiciasalta.gov.ar la nómina de personal afectado a prestar servicios presencialmente, la que no podrá exceder de la mitad de la dotación del personal administrativo, con excepción de los juzgados que se encuentren de turno los que podrán convocar a la totalidad que no se encuentre comprendido en la población de riesgo.

IV. PERMITIR el ingreso a los edificios del Poder Judicial de los letrados, auxiliares de la justicia e interesados, sólo para los casos, en que resulte indispensable y urgente. La Secretaría del tribunal correspondiente a través de los medios electrónicos habilitados, autorizará el ingreso con el visto bueno de la Jueza o Juez, comunicándolo a la Secretaría Administrativa del correspondiente distrito.

Las personas que fueren citadas deberán concurrir munidas de la notificación correspondiente


V. COMUNICAR a quienes corresponda, DAR A CONOCER a través de la página web del Poder Judicial de Salta, y PUBLICAR en el Boletín Oficial.

Con lo que terminó el acto, firmando por ante la Secretaría de Actuación que da fe.



Adriana Rodríguez Faraldo, María Alejandra Gauffín, JUEZAS -  Fabián Vittar, Pablo López Viñals, Horacio José Aguilar, JUECES - Dra. María Jimena Loutayf, SECRETARIA DE CORTE DE ACTUACIÓN


R. S/C N° 100009712
Orden de Publicación: 100080274
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 24/07/2020

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