DISPOSICIONES



SALTA,  21 de Septiembre del 2020

DISPOSICIÓN Nº 37

UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES

Expte. Nº 255-242.920/20 Cde.0

VISTO la Ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18; y la Ley de Ministerio Nº 8.053; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 4o del Decreto Nº 1.319/18, Reglamentario de la Ley Nº 8.072 dispone:.... "La organización del Sistema consta de dos órganos rectores, la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones como órgano rector de las unidades operativas de contrataciones y la Unidad Central de Contrataciones como órgano rector en la centralización de la normativa";

Que conforme el art. 5o apartado a) de la Ley Nº 8.072, la Unidad Central de Contrataciones tiene por función centralizar todo lo referente a políticas, normas, procedimientos, información, control y evaluación del sistema en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial;

Que según el artículo 5o apartado a) - inc. 7) del Decreto Nº 1.319/18- Organización del Sistema entre otras tantas tareas, es la de llevar un banco de datos actualizados, en el que consten los elementos necesarios para evacuar consultas, informes, determinar precios testigo y expedir certificaciones, para realizar los controles que estime pertinentes;

Que el precio testigo se caracteriza por ser el precio de un bien o servicio normalizado o de características homogéneas que se manifiesta con una tendencia hacia el estándar o la moda “estadística”, o sea el valor medio de mercado, en las condiciones propias y específicas de la contratación, constituyendo un valor unitario máximo a pagar por las Administración, en la adquisición de bienes y servicios; y que dicha Administración podrá contratar, siempre y cuando, el precio ofertado no exceda el cinco por ciento (5 %) del precio testigo que informe este Órgano Rector, para determinados casos específicos enunciados en la normativa vigente;

Que sin bien, la nueva legislación ha eliminado la modalidad de contratación con precio testigo, como procedimiento de contratar, sigue vigente como atribución o facultad de la Unidad Central de Contrataciones, la de llevar un Sistema de Información de Precios Testigos, para ser tomado como parámetro de contratación, para ciertos casos citados en la ley y en su reglamentación, y que son aquellos que se refieren al caso al procedimiento de la adjudicación simple fracasada, y al procedimiento abreviado de los artículos perecederos que son suministrados por las cooperativas y/o asociaciones;

Que el Sub-Programa Precio Testigo de esta Unidad Central, ha elaborado el Listado de Precios Testigos de Bienes y Servicios en forma conjunta con la información suministrada por la Cámara de Comercio de la Provincia, correspondiente al mes de setiembre del 2020, en los rubros de comestibles, insumos de limpieza, librería e insumos informáticos, elementos de seguridad, alimentos para animales, insumos médicos descartables, servicio de limpieza y vigilancia, a los fines de su posible aplicación, en el marco de la normativa vigente;

Que dicho listado formará parte del Sistema de Información de Precios Testigos, que esta Unidad Central debe llevar y organizar, según misión de la ley;

Que a fs. 04 de estos obrados, el Sub-Programa Control de Legalidad de este organismo, ha tomado la intervención que le compete;

Que por lo expuesto, resulta necesario dictar el instrumento legal pertinente;

Por ello, y con encuadre en el inc. a) del artículo 5o de la Ley Nº 8.072; y en el artículo 5º  - apartado a - inciso 2) y 7) del Dcto. Nº 1.319/18,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA

UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar los PRECIOS TESTIGOS DE BIENES Y SERVICIOS, que formará parte del SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PRECIOS TESTIGOS, correspondientes al mes de setiembre del 2020, en los rubros de comestibles, insumos de limpieza, librería, insumos informáticos, elementos de seguridad (mantenimiento de matafuegos), alimentos p/animales, insumos médicos descartables, servicio de limpieza y vigilancia, que se consigna en el ANEXO I que forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º.-Comunicar, publicar en el Boletín Oficial, y en la página web del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, e insertar en el Libro de Disposiciones y archivar.



Martínez





VER ANEXO


R. S/C N° 100009879
Orden de Publicación: 100081461
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 20/10/2020

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