CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



PROMAX SAS



Por instrumento público, de fecha veintiocho días del mes de agosto del año dos mil veinte se constituyó la sociedad por acciones simplificada denominada PROMAX SAS, con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta, y sede social en la calle Deán Funes Nº 451, segundo piso, departamento 1, de la ciudad de Salta, provincia de Salta.

Socio: Carlos Edmundo Dakak, con DNI Nº 11.081.621, CUIL/CUIT Nº 23-11081621-9, de nacionalidad argentina, nacido el 18 de abril de 1954, profesión arquitecto, hijo de don Humberto Dakak y María Luisa Fadda, casado en primeras nupcias con doña Alba Forani y divorciado legalmente según Expediente Nº 49096/02 del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia Nº 1, en cuya Resolución Judicial de fecha 28 de marzo de 2003, se declara disuelta la sociedad conyugal, domiciliado en calle Deán Funes Nº 451, segundo piso, departamento 1 de esta ciudad de Salta.

Plazo de Duración: 99 años, contados a partir de la fecha de su constitución.

Objeto: la sociedad tendrá por objeto, realizar por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades, con exclusión de las limitaciones del art. 39 de la Ley Nº 27.349 de apoyo al capital emprendedor: a) Inmobiliaria: a través de la construcción, compra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento, desarrollo y explotación de toda clase de inmuebles urbanos o rurales, incluyendo los comprendidos dentro del régimen de propiedad horizontal y otras leyes especiales, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior venta de loteos, clubes de campo, edificios de departamentos u oficinas, explotaciones de playas de estacionamiento, parques industriales, entre otras; pudiendo tomar para la venta o comercialización operaciones inmobiliarias de terceros. Podrá inclusive introducir mejoras o modificaciones en los inmuebles, tanto en unidades individuales como en edificios; realizar todas las operaciones sobre inmuebles que autoricen las leyes comprendidas en las disposiciones de la Ley de Propiedad Horizontal y otras leyes especiales. También podrá dedicarse a la administración de propiedades inmuebles propias o de terceros. Asimismo podrá actuar como tomador o dador en contratos de leasing, así como también realizar todo tipo de operación contemplada por dicha norma. Adicionalmente, podrá formar parte o integrar sociedad con objeto inmobiliario o dedicada al desarrollo o construcción inmobiliaria; b) Fiduciaria: podrá actuar como fiduciaria, fiduciante, beneficiario y fideicomisario de todos los negocios que puedan realizarse mediante la utilización de este instituto jurídico. Asimismo, ser designada fiduciaria a título propio o por cuenta de terceros y/o celebrar contratos de fideicomiso. Expresamente queda autorizada para celebrar contratos de fideicomiso con los accionistas de esta sociedad, sea que ellos o la sociedad actúen como fiduciantes, fiduciarios, beneficiarios o fideicomisarios; c) Financiera: mediante inversiones y/o aportes de capital a particulares, empresas o sociedades, constituidas o a constituirse; compraventa de títulos, acciones u otros valores y toda clase de operaciones financieras para la consecución de la actividad comercial, industrial o inmobiliaria y agropecuaria; d) Servicios: administración, consultoría, investigación y asesoramiento técnico o científico relacionados con actividades de la construcción, agropecuarias, comerciales, industriales e inmobiliarias referidas. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que no sean prohibidas por las leyes o su estatuto y que se vinculen con su objeto.

Capital: $ 33.750 (pesos treinta y tres mil setecientos cincuenta) representado por 33.750 (treinta y tres mil setecientos cincuenta) acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 1 (pesos uno), valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción. Las acciones en un 100 % pertenecen al señor Carlos Edmundo Dakak, DNI Nº 11.081.621. El Capital Social se integra en un cien por ciento (100 %) en dinero efectivo, el que se entrega en depósito a la suscripta escribana, quien se obliga a restituir el dinero al socio una vez que se constituya la sociedad.

Administración: la administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tendrá a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Durarán en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de Órgano de Fiscalización deberá designarse, por lo menos, un administrador suplente. Durante todo el tiempo en el cual la sociedad la integre un único socio, éste podrá ejercer las atribuciones que la ley le confiere a los órganos sociales, en cuanto sean compatibles, incluida la administración y representación legal. Cuando la administración fuere plural, las citaciones a reunión del Órgano de Administración y la información sobre el temario, se realizarán por medio fehaciente. También podrá efectuarse por medios electrónicos, en cuyo caso, deberá asegurarse su recepción. Las reuniones se realizarán en la sede social o en el lugar que se indique fuera de ella, pudiendo utilizarse medios que permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos. Para la confección del Acta rigen las previsiones del tercer párrafo del artículo 51 de la Ley Nº 27.349. Las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos de los miembros presentes. Los administradores podrán autoconvocarse para deliberar sin necesidad de citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán válidas si asisten la totalidad de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Quien ejerza la representación de la sociedad obliga a ésta por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social. Administradores: Administrador Titular: María Carla Dakak Forani, con DNI Nº 33.970.048, CUIL/CUIT Nº 27-33970048-1, con domicilio especial en Deán Funes Nº 451, segundo piso, departamento 1, de la ciudad de Salta, provincia de Salta. Administrador Suplente: a Carlos Edmundo Dakak, con DNI Nº 11.081.621, CUIL/CUIT Nº 23-11081621-9, con domicilio especial en Deán Funes N° 451, segundo piso, departamento 1, de la ciudad de Salta, provincia de Salta. La representación legal de la sociedad será ejercida por el Administrador designado.

Fiscalización: la sociedad prescinde de la Sindicatura.

Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 31 de diciembre de cada año.



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00003568
Orden de Publicación: 100081587
Importe: $1.680,00
Fecha/s de publicación: 28/10/2020

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