RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 13/2020

CÁMARA DE SENADORES SALTA

VISTO
:

La Ley Provincial Nº 8.024, que establece Sistema Provincial de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes integrado por el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y el Consejo Consultivo para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 133/2020 (Expediente Nº 90-29.118/2020) aprobada por el cuerpo de la Cámara de Senadores en sesión del día 06 de agosto del año en curso se convocó a Concurso Público para designar representante del Senado en el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes- Ley Provincial Nº 8.024.

Que mediante dicho instrumento se instituyó que las postulantes debían formularse por escrito, mediante una nota dirigida a la Presidencia que se debía presentar entre el 31 de agosto y el 14 de septiembre del corriente en Mesa de Entradas.

Que por la situación existente en razón del COVID -19 (Coronavirus) nuestro
país y provincia se encuentran en una situación de emergencia a fin de extremar la vigilancia epidemiológica y dar una respuesta integrada y oportuna, que incluye medidas excepcionales y extraordinarias. Este contexto pueden haber determinado una imposibilidad u obstáculo a personas interesadas en inscribirse al concurso público, bajo la modalidad y términos referenciados en la Resolución Nº 133/2020 (Expediente Nº 90-29.118/2020).

Que lo expuesto ut supra impone la necesidad de, a más de una prórroga del plazo de inscripción de postulantes, cambios en la modalidad en que pueden hacerlo y también en las entrevistas prescriptas, habilitando medios tecnológicos para hacerlo. Todo esto sin que implique un desconocimiento o dejar sin efecto a las postulaciones oportunamente ingresadas por Mesa de Entradas.

Que en tal sentido resulta necesario proceder a la habilitación de la Mesa de Entradas Electrónica de la Cámara de Senadores para la inscripción de postulaciones y a habilitación de que la Comisión Especial designada para el concurso pueda realizar las entrevistas mediante la plataforma de videoconferencias zoom video communications.

Que al objeto de garantizar la difusión y participación de los interesados se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en un diario digital.

Por ello,

LA PRESIDENCIA DE LA CÁMARA DE SENADORES

DE LA PROVINCIA DE SALTA

RESUELVE

Art. 1° - Prorrógase desde su vencimiento y hasta el día 15 de octubre de 2020, la Convocatoria a Concurso Público para designar representante del Senado en el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes- Ley Provincial Nº 8.024 dispuesta mediante Resolución Nº 133/2020 (Expediente Nº 90-29.118/2020).

Inscripción de Postulantes: las postulaciones se recibirán en la Mesa de Entradas de la Cámara de Senadores de la Provincia de Salta, sita en calle Caseros Nº 519 planta baja de la ciudad de Salta, en el horario de 09:00 a 12:00 horas, de lunes a viernes y en el siguiente correo electrónico: mesadeentradascs@gmail.com.

La solicitud de inscripción consistirá en una nota dirigida al Presidente de la Cámara de Senadores de la Provincia que manifieste la voluntad de participar en el presente concurso y contendrá: nombre y apellido, documento nacional de identidad, nacionalidad, estado civil, teléfono, correo electrónico, detalle de la documentación acompañada, firma y aclaración.

Deberán presentar documentación que avale su honorabilidad e integridad ética socialmente reconocida, trayectoria, conocimientos profesionales y destacada
conducta en el fortalecimiento de los valores, principios y prácticas democráticas, con especial énfasis en el resguardo de los derechos de las personas privadas de la libertad y en la prevención de la tortura que le permitan ofrecer garantías de imparcialidad e independencia de criterio para el desempeño de la función en los términos que exige el cumplimiento del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles   Inhumanos o Degradantes y la presente Ley, y que acrediten no incurrir en las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la presente Ley.

La documentación presentada deberá estar debidamente autenticada por escribano público o autoridad competente.

Toda la documentación podrá ser presentada en forma digital en formato PDF, sin perjuicio de la posibilidad de que la Comisión la requiera en formato físico en oportunidad de realizarse la entrevista o dictamen final.

Entrevista: los/as postulantes deberán participar de una entrevista individual ante la Comisión Especial que tendrá por objeto analizar el perfil del candidato/a con relación a la vacante a cubrir por la Cámara de Senadores. Habilítase la utilización de la plataforma de videoconferencias zoom video communications a tal fin.

Art. 2º.- Someter la presente a consideración del Cuerpo en la próxima sesión de esta Cámara.

Art. 3º.- Registrar, notificar, publicar por un día en el Boletín Oficial y archivar.

SALA DE LA PRESIDENCIA, 24 de Septiembre de 2020.



Sr. Antonio Marocco, PRESIDENTE - Dr. Luis Guillermo López Mirau, SECRETARIO LEGISLATIVO


R. S/C N° 100009841
Orden de Publicación: 100081204
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 01/10/2020

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