ACORDADAS



ACORDADA Nº 13.197

CORTE DE JUSTICIA

En la ciudad de Salta, a los 7 días del mes de septiembre del año dos mil veinte, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia el señor Presidente, las señoras Juezas y los señores Jueces de Corte que firman la presente,

DIJERON:

Que ante el agravamiento de la situación epidemiológica actual originada por la pandemia de coronavirus (COVID-19), resulta imperioso continuar extremando las medidas de prevención de contagio de la enfermedad, recomendadas por las autoridades sanitarias, para garantizar la continuidad de la prestación de la administración de justicia, y al mismo tiempo, el reguardo de la salud de las personas que diariamente concurren a los edificios judiciales.

Que por Acordadas Nros. 13.169,  13.175 y 13.194 se dispuso la modalidad de trabajo para los distintos Distritos Judiciales de la Provincia.

Que resulta conveniente recordar el carácter obligatorio del cumplimiento de las medidas de higiene y salubridad a fin de evitar la propagación de la enfermedad, atento que las medidas de auto-cuidado responsable contribuyen al cuidado de la salud colectiva. Así también corresponde intensificar el uso de las tecnologías que evitan la concurrencia de personas a los edificios y su circulación interna.

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 153 apartado I inciso b) de la Constitución Provincial,

ACORDARON:

I. DISPONER que la administración de justicia en los  Distritos Judiciales del Centro, Orán, Tartagal y Sur - Circunscripciones Metán y Anta, en la emergencia por razones sanitarias, se efectuará con arreglo a lo que a continuación se establece y mientras las circunstancias epidemiológicas así lo requieran.

II. ESTABLECER que todo trabajo se hará de manera remota con empleo de los medios electrónicos instalados y admitidos por la legislación.

III. DETERMINAR que solo podrán concurrir presencialmente los tribunales y juzgados de turno y los juzgados de primera instancia en feria.

En los Distritos Judiciales Tartagal y Orán la concurrencia será conforme Acordada Nº 13.169.

IV. FIJAR las siguientes pautas, que deberán ser observadas por quienes concurran:

a.  Serán divididas las funcionarias y funcionarios, empleadas y empleados en dos grupos, los que rotarán por semana.

b.  Cada grupo semanal rotativo trabajará como máximo con hasta dos funcionarías o funcionarios y cuatro empleadas o empleados.

V. DISPONER que los nuevos asuntos deberán presentarse electrónicamente, al igual que los casos de urgencia.

VI. DETERMINAR que no será admitida la presencia de personas en tribunales salvo expresa autorización por Secretaría de los tribunales habilitados.

VII. ESTABLECER que el traslado de las personas privadas de su libertad a los edificios judiciales se realizará únicamente cuando los actos procesales que deban cumplirse con su  presencia no puedan ser realizados por medios telemáticos.

VIII. DISPONER que deberán extremarse las medidas de higiene y salubridad.

IX. DETERMINAR que en todo aquello que no se oponga a la presente, serán de aplicación las Acordadas Nros. 13.169, 13.175 y 13.194.

X. DISPONER que la presente Acordada entrará en vigencia a partir del día de la fecha.

XI. COMUNICAR a quienes corresponda, DAR A CONOCER a través de la página web del Poder Judicial de Salta, y PUBLICAR en el Boletín Oficial.

Con lo que terminó el acto, firmando por ante la Secretaría de Actuación que da fe.



Guillermo Alberto Catalano, PRESIDENTE - Teresa Ovejero Cornejo, Adriana Rodríguez Faraldo, Maria Alejandra Gauffín, Sandra Bonari, JUEZAS - Pablo López Viñals, Horacio José Aguilar, Ernesto R. Samson, JUECES - Dra. Maria Jimena Loutayf, SECRETARIA DE CORTE DE ACTUACIÓN


R. S/C N° 100009860
Orden de Publicación: 100081309
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 08/10/2020

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