AVISOS GENERALES



SALTA, 24 de setiembre de 2020

RESOLUCIÓN Nº OS-046/2020.

OBRA SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA



VISTO:

El artículo 27° del Estatuto de la Obra Social de la UNSa el cual establece que el Consejo Directivo convocará a Asamblea Ordinaria para consideración y aprobación de Balance General, Memoria Anual e informe Anual de la Comisión de Control de Gestión, y

CONSIDERANDO:

Que además establece que el Ejercicio Económico - Financiero finaliza anualmente el 30 de Junio,

Que prevé que dentro de los cuatro meses de finalizado el Ejercicio Anual, el Consejo Directivo debe poner a consideración de la Asamblea Ordinaria de afiliados Titulares, para su aprobación, el inventario, Balance General y Estado de Resultados del Ejercicio, acompañado por la Memoria Anual y el Informe Anual de la Comisión de Control de Gestión,

Que el Art. 30º establece un plazo anticipado de 30 (treinta) días para realizar la convocatoria,

Que, no obstante, dada la situación de emergencia sanitaria imperante por Pandemia COVID 19 que dieron origen a sucesivas medidas establecidas por el gobierno nacional y de la provincia de Salta, tendientes a proteger la salud de la población y prevenir las reuniones de conglomerados de personas con el fin de evitar la propagación y una mayor circulación del virus,

Que, no obstante, estas medidas afectan el cumplimiento de plazos de Ley y/o estatutarios establecidos para realizar asambleas ordinarias, extraordinarias, procesos eleccionarios, etc., tanto de organismos públicos, privados, gremiales, mutuales y otras instituciones,

Que en la actualidad, el Decreto 754/2020 del Gobierno Nacional y la Resolución Nº 54/2020 del COE Salta, disponen el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, por lo que se encuentran prohibidas la aglomeración y reuniones de personas,

Que, consecuentemente, resulta imposible la realización de la Asamblea Anual Ordinaria para aprobación de Balance 2019/2020 de la Obra Social de la UNSa, en los plazos estipulados en el Estatuto,

Que, también se analizó la posibilidad de llevarla cabo por medios alternativos virtuales, sin embargo no existen plataformas informáticas que garanticen el ingreso de la cantidad de afiliados que deben participar en la Asamblea,

Que el Consejo Directivo analizó en profundidad la situación imperante, resolviendo prorrogar la convocatoria a Asamblea Anual Ordinaria, hasta que la Ley autorice la reunión de personas.

Por ello, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 46 inciso 23) del Estatuto Social,



EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA OBRA SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA


(En Reunión Ordinaria del 24 de setiembre de 2020 - Acta 34)

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: POSTERGAR la convocatoria Asamblea Ordinaria de Afiliados Titulares para consideración y aprobación del Balance Anual correspondiente al Ejercicio Económico Financiero finalizado el 30 de junio de 2020, hasta que la normativa vigente por COVID 19 así lo disponga, ello sin perjuicio de presentarse en los plazos establecidos en el artículo 30º del Estatuto de la Obra Social de la UNSa:

1. Memoria y Balance Ejercicio Económico Financiero 2019/2020.

2. Informe Anual de la Comisión de Control de Gestión.

ARTÍCULO 2º: COMUNICAR a los afiliados que en cumplimiento del art. 30º del Estatuto Social, el Consejo Directivo pondrá a disposición de los afiliados titulares de Sede Central y Sedes Regionales de la Universidad Nacional de Salta, con 10 (diez) días de anticipación al vencimiento de plazo fijado para celebración de la Asamblea (31 de octubre de 2020), la documentación correspondiente a los puntos 1) y 2) del artículo 1° de la presente resolución.

ARTÍCULO : DISPONER que por Gerencia de la OSUNSa, se proceda a publicar la presente por 1 (uno) día en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta y por 3 (tres) días en el diario de mayor circulación en la Provincia de Salta.

ARTÍCULO 4º: SOLICITAR a la Comisión de Control de Gestión la presentación del Informe Anual, a fin de colocar a disposición de los afiliados titulares, en el plazo fijado en el marco del Artículo 30° del Estatuto de la OSUNSa.

ARTÍCULO 8º: Dese amplia difusión. Cumplido, archívese.



Lic. Maria Graciela Party, PRESIDENTE - Lic. Sergio Omar Sosa, DIRECTOR SECRETARIO




F. N° 0011 - 00003441
Orden de Publicación: 100081372
Importe: $1.995,00
Fecha/s de publicación: 13/10/2020

Responsive image Responsive image