RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS SINTETIZADAS



RESOLUCIÓN AMT N° 9/21

AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE

SALTA, 07 de Enero de 2021.



>Y VISTO: El expediente administrativo AMT N° 238-61356/20, la Ley N° 7.322, la Resolución AMT N° 170/18, el Acta de Directorio N° 01/21 y; CONSIDERANDO:.... EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE RESUELVE: ARTÍCULO 1o.- DISPONER LA CADUCIDAD de la Licencia de Remis N° 726, cuya titularidad correspondía a: CEDRO, MIRTHA CLARA, DNI N° 23.520.408, por el incumplimiento a lo dispuesto en el art. 15 inc. 1), 2) y 3) de la Resolución AMT N° 170/18 (respecto de no realizar actualización documental año 2019), en el marco de lo regulado por el Reglamento del Servicio Público Impropio de Transporte en la Región Metropolitana de Salta en el artículo 1 y concordantes; la Ley Nº 7.322, en sus arts. 2, 4 y concordantes; y lo dispuesto en la Resolución AMT Nº 211/13, que establece el Sistema de Control y Actualización Documental para los prestadores del Servicio Público Impropio de Transporte de Personas en la Región Metropolitana de Salta, en particular su Anexo, ello por los motivos expuestos en los considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2°.- INTIMAR a la sumariada mencionada en el artículo 1º, para que en el plazo perentorio de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente, acredite la eliminación de todas las señales distintivas de prestación del servicio público impropio de remis del vehículo afectado a la licencia en cuestión, y proceda a la devolución de toda la documentación habilitante pertinente, que pudiera estar en su poder, bajo apercibimiento de adoptar las medidas pertinentes para obtener su cumplimiento con el auxilio de la fuerza pública. Dese cumplimiento a través del Área de Registros y Habilitaciones de AMT. ARTÍCULO 3°.- REGÍSTRESE, notifíquese, comuníquese y oportunamente archívese. Fdo.: Luis R. López (Director) y Dr. Gustavo Serralta (Vicepresidente) - AMT Salta.





En contra de la presente Resolución procede pedido de Aclaratoria dentro del plazo de 3 (tres) días de notificada (Art. 176 Ley Nº 5348). Asimismo procede Recurso de Revocatoria (art. 4 inc. w Ley Nº 7.322) en el plazo de 10 (diez) días posteriores a la notificación de la presente.

El presente edicto deberá ser publicado por 3 (tres) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta, de conformidad a lo dispuesto en el art. 150 de la Ley Nº 5.348 de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Salta.



Serralta




F. N° 0011 - 00004298
Orden de Publicación: 100083274
Importe: $1.680,00
Fecha/s de publicación: 20/01/2021, 21/01/2021, 22/01/2021

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