CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



LOGÍSTICA CN GRUPO SA



Por Escritura Pública N° 72, de fecha veintinueve de octubre del año dos mil veinte, rectificada por Escritura Pública N° 13, de fecha dos de marzo del año dos mil veintiuno, se constituyó la sociedad anónima denominada LOGÍSTICA CN GRUPO SA, con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta, y sede social en la calle Rivadavia N° 520 de la ciudad de Salta.

Socios: CN BIO SA, CUIT N° 30-71608264-0, inscripta en el Registro Público de Comercio de esta ciudad a los folios 414/5, asiento número 6.059 del Libro número 20 de Sociedad Anónima, con fecha primero de agosto del año 2018, con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta, con sede social en calle Rivadavia N° 520 de la ciudad de Salta, representada por el Sr. Eduardo Gómez Naar Soler, DNI N° 12.409.810, CUIT N° 20-12409810-7, en su carácter de Presidente del Directorio y representante legal; y el Sr. Eduardo Gómez Naar Soler, DNI N° 12.409.810, CUIT N° 20­12409810-7, de nacionalidad argentino, nacido el 20 de abril de 1958, profesión: empresario: casado en primeras nupcias con Ana Francisca Juncosa Ducos, con domicilio en avenida Chile N° 1265 de la ciudad de Salta.

Plazo de Duración: 99 años, a contar de la inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto: la sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros, asociada a terceros, en el país o en el exterior, las actividades que se enumeran a continuación: i) Transporte, almacenaje y servicios logísticos: por medio de la administración logística y de la cadena de suministro, cubrir la gestión y la planificación de actividades de los departamentos de compras, abastecimiento, gestión de materias primas, insumos y semielaborados recepción, control de cantidad y calidad, planificación de abastecimiento, producción, planificación y control de la producción, transporte multimodal, transporte de abastecimiento, transporte interplanta e interdepósito, transporte internacional, transporte de distribución de productos, almacenaje de materias primas o insumos semielaborados, almacenamiento de productos terminados, almacenamiento de productos para clientes, gestión de stock, preparación de pedidos, entrega de productos a clientes y distribución. Gestión de proveedores de terceros u otros servicios necesarios como transporte o flete marítimo, aéreo o terrestre. Contratar y proveer los medios necesarios para el movimiento de mercaderías. Contratar y proveer la mano de obra especializada para la gestión operativa para cada cliente. Brindar todos los servicios necesarios a los clientes industriales (con transformación físico y/o químico) como la recolección de scrap u obsoleto de las plantas del cliente y gestionar este inventario hasta la disposición final. Brindar servicio de reparación de mercaderías, pallets y embalajes. Desarrollo de nuevos productos, la mercadotecnia, las operaciones, la distribución, las finanzas y servicio al cliente. Administración de las relaciones con proveedores. Selección y evaluación de proveedores. Negociación de contratos. Desarrollo de proveedores. Compras. Colaboración en el diseño. Colaboración en el suministro. Administración de la cadena de suministro interna. Planificación estratégica. Planificación de la demanda. Planificación del abasto. Administración de las relaciones con los clientes. Marketing. Etiquetado de producto por ejemplo para preparación de producto para nacionalizar. Gestión de Aduanas. Control de calidad. Exportación y envíos internacionales. Paletizado de mercadería. Recepción de contenedores enteros. Almacenaje de larga duración. A tal fin la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o este estatuto. Podrá constituir sociedades y adquirir participaciones accionarias, contraer empréstitos con entidades financieras públicas o privadas, pudiendo emitir debentures u obligaciones negociables. Se excluyen expresamente todas aquellas operaciones que queden comprendidas dentro del ámbito de aplicación de la Ley de Entidades Financieras.

Capital: $ 1.500.000, representado por 1.500 acciones ordinarias, nominativas, no endosables de $ 1.000 cada una, con derecho a cinco votos por acción, agrupadas en tres clases de acciones, conforme el siguiente detalle: 1) 500 acciones, denominadas acciones clase A; 2) 500 acciones, denominadas acciones clase B; 3) 500 acciones, denominadas acciones clase C. El capital social se suscribe e integra de la siguiente forma: CN BIO SA suscribe 900 acciones, de las cuales 500 acciones son de clase A y 400 acciones son de clase B, por un capital de $ 900.000 integrando en este acto el 25 %, es decir la suma de $ 225.000 obligándose a integrar el resto en el plazo de 2 años; y el Sr. Eduardo Gómez Naar Soler, suscribe 600 acciones, de las cuales 100 acciones son de clase B y 500 acciones son de clase C, por un capital de $ 600.000, integrando en este acto el 25 %, es decir la suma de $ 150.000 y el resto en un plazo de dos años.

Administración: la dirección y administración de la sociedad estará a cargo del Directorio, integrado por un mínimo de 1 y un máximo de 7 miembros titulares, pudiendo la Asamblea elegir igual o menor número de suplentes. El plazo del mandato es de 3 Ejercicios. Mientras la sociedad prescinda de la sindicatura, la elección de uno o más suplentes será obligatoria. En su primera reunión el directorio designará un presidente, en caso que el número de directores fuera mayor a 1, se deberá designar un vicepresidente, quien suplirá al Presidente, en caso de ausencia o impedimento sin necesidad de comunicación o justificación alguna.

Administradores: el directorio funcionará con un miembro titular y tendrá un miembro suplente. Se designan para integrar al directorio a las siguientes personas: Director Titular Presidente: al Sr. Eduardo Gómez Naar Soler, DNI N° 12.409.810; y Director Suplente: al Sr. Eduardo Gómez Naar Juncosa, DNI N° 33.970.892; quienes constituyen domicilio especial en calle Rivadavia N° 520 de la ciudad de Salta, provincia de Salta.

Fiscalización: la sociedad prescinde de la sindicatura, estando la fiscalización de la misma a cargo de los accionistas. Cuando por aumento de capital social la sociedad quedará comprendida en el inciso segundo del artículo 299 de la Ley General de Sociedades, anualmente la Asamblea deberá elegir Síndico titular y suplente.

Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: el cierre del Ejercicio Social se operará el 30 de junio de cada año.



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00005189
Orden de Publicación: 100084968
Importe: $2.224,00
Fecha/s de publicación: 19/04/2021

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