CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



NORTH SWAP SAS



Por instrumento privado, de fecha 30/11/2020 y Adenda de fecha 16/12/2020, se constituyó la sociedad por acciones simplificada denominada NORTH SWAP SAS, con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta, y sede social en Mza. Nº 513, lote Nº 15, Dpto. B, barrio Los Profesionales UCASAL, de la ciudad de Salta Capital, República Argentina.

Socios: Rivero, Martin Sebastián, DNI N° 25.802.083, CUIT N° 23-25802083-9 de nacionalidad argentino, fecha de nacimiento 03/05/1977, profesión: empresario, estado civil: divorciado en primeras nupcias de Florencia Natacha Jimenez, Sentencia de divorcio Expte. N° 230159/08 con fecha 29/07/2009, con domicilio en Mza. Nº 513, lote Nº 15, Dpto. B, barrio Los Profesionales UCASAL de la ciudad de Salta Capital, República Argentina.

Plazo de Duración: 50 años.

Objeto: la sociedad tendrá por objeto, realizar por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades, con exclusión de las limitaciones del art. 39 de la Ley N° 27.349. a) Agropecuaria: explotación directa por sí o por terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas, forestales, propiedad de la sociedad o de terceras personas, cría, invernación, mestización, venta y acopio de cereales, legumbres, incorporación y recuperación de tierras áridas, caza, pesca, fabricación renovación y reconstrucción de maquinaria y equipo agrícola para la preparación del suelo, la siembra, recolección de cosechas, preparación de cosechas para el mercado, elaboración de productos lácteos o de ganadería, o la ejecución de otros procesos agrícolas y/o ganaderos así como la compra, venta, distribución importación y exportación de todas las materias primas derivadas de la explotación agrícola y ganadera. b) Comercialización: de productos agrícolas, compra, venta, consignación, acopio, distribución importación y exportación de cereales, legumbres, oleaginosas, forrajes, pasturas, alimentos balanceados, semillas, fertilizantes, herbicidas, plaguicidas, agroquímicos y todo tipo de productos que se relacionen con la actividad. También podrá actuar como corredor, comisionista o mandataria de los productos, de los artículos mencionados precedentemente de acuerdo con las normas que dicte la autoridad competente. c) Transporte y Almacenamiento: la sociedad podrá prestar servicios de transporte de carga con medios propios de la sociedad o de terceros. Podrá transportar cargas en general, mercaderías, fletes, acarreos, mudanzas, encomiendas, muebles y semovientes, materias primas y elaboradas, alimenticias, equipajes, cargas en general de cualquier tipo, cumplimiento de las respectivas reglamentaciones, nacionales, provinciales, interprovinciales o internacionales, su distribución, almacenamiento, depósito y embalaje, contratar auxilios, reparaciones y remolques. Realizar operaciones de contenedores y despacho de aduanas por intermedio de funcionarios autorizados. Todo lo expuesto en el territorio nacional o en el extranjero. d) Importadora y Exportadora: efectuar operaciones de exportación y/o importación de los productos mencionados en los puntos relacionados con el objeto social, así como las maquinarias, rodados, muebles y útiles necesarios para los fines detallados precedentemente, como también los productos, mercaderías, repuestos manufacturados o no, elaborados o semielaborados. e) Consultoría: realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociados terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades: asesoría legal, impositiva, laboral, societaria, contractual, económica y/o de cualquier índole tanto financiera como patrimonial, auditorías operativas. f) Actividad Fiduciaria: la sociedad podrá llevar a cabo construcción de fideicomisos, de administración, de construcción, de inversión, inmobiliarios, y de cualquier tipo en general pudiendo invertir como fiduciario, fiduciante, beneficiario y fideicomisario. Se excluyen expresamente todas aquellas operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso público y/o ahorro público. Asimismo, la sociedad podrá llevar adelante la realización de toda otra actividad o evento mediante la cual lleve a la consecución del objeto social en forma directa o indirectamente pudiendo celebrar para ello convenios o contrataciones con instituciones del orden público y/o privado municipal, provincial, nacional e internacional. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que directa o indirectamente se relacionen con el objeto social.

Capital: $ 50.000, dividido por 500 de acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 100 y un voto cada una, suscriptas por Rivero, Martin Sebastián en un 100 %. El capital se integra en dinero en efectivo en un 25 %.

Administración: la administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tendrá a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Durarán en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un administrador suplente. Durante todo el tiempo en el cual la sociedad la integre un único socio, éste podrá ejercer las atribuciones que la ley le confiere a los órganos sociales, en cuanto sean compatibles, incluida la administración y representación legal. Cuando la administración fuere plural, las citaciones a reunión del órgano de administración y la información sobre el temario, se realizarán por medio fehaciente. También podrá efectuarse por medios electrónicos, en cuyo caso, deberá asegurarse su recepción. Las reuniones se realizarán en la sede social o en el lugar que se indique fuera de ella, pudiendo utilizarse medios que permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos. Para la confección del acta rigen las previsiones del tercer párrafo del artículo 51 de la Ley N° 27.349. Las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos de los miembros presentes. Los administradores podrán autoconvocarse para deliberar sin necesidad de citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán válidas si asisten la totalidad de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Quien ejerza la representación de la sociedad obliga a ésta por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social.

Administradores: designar como administrador titular a Rivero, Martin Sebastián, DNI Nº 25.802.083, CUIT  N° 23-25802083-9, de nacionalidad argentino, nacido el 03/05/1977, profesión empresario, estado civil divorciado, con domicilio real en la Mza. Nº 513, lote Nº 15, Dpto. B, de barrio Profesionales UCASAL de ciudad de Salta, provincia de Salta, República Argentina. Designar como administrador suplente a Arangio, Maria Daniela, DNI Nº 28.886.424, CUIT N° 27-28886424-7, de nacionalidad argentina, nacida el 03/09/1981, profesión contadora pública, estado civil soltera, con domicilio real en la Mza. Nº 513, lote Nº 15, Dpto B, de barrio Profesionales UCASAL, de ciudad de Salta, provincia de Salta, República Argentina.

Fiscalización: la sociedad prescinde de la sindicatura.

Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: el ejercicio social cierra el 31/12 de cada año.



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00004835
Orden de Publicación: 100084343
Importe: $1.785,00
Fecha/s de publicación: 18/03/2021

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