AVISOS COMERCIALES



DISTRIBUIDORA CAÑADA SRL - CAMBIO DE JURISDICCIÓN DE LA PROVINCIA DE SANTA FE A LA PROVINCIA DE SALTA Y MODIFICACIÓN DE CONTRATO



Mediante Acta de reunión de fecha 02 de noviembre del año 2017 los socios resolvieron trasladar la sociedad de la jurisdicción de origen provincia de Santa Fe a la provincia de Salta y reformar el contrato de la sociedad. Como consecuencia queda modificado en su cláusula segunda del contrato social de la siguiente manera: "Cláusula Segunda: Domicilio: la sociedad tendrá su domicilio legal en la provincia de Salta, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país o extranjero". Y establecieron la sede social en Calle San Martín N° 627 de la ciudad de San José de Metán, departamento Metán, provincia de Salta.

Mediante Acta de reunión de fecha 31 de julio del año 2019 los socios resolvieron, realizar un aumento de capital, modificar la redacción de la cláusula de Duración y finalmente la de Administración, Dirección y Representación, procediendo a reformar el estatuto de la sociedad. Como consecuencia queda modificado en su cláusulas tercera, quinta y sexta del contrato social de la siguiente manera:
Clásula Tercera: Duración: la sociedad se constituye por el término de veinte (20) años a contar desde la suscripción del contrato social. Cláusula Quinta: Capital Social: Aportes de Socios: el capital social se fija en la suma de $ 400.000,00 (cuatrocientos mil pesos), dividido en cuarenta mil (40.000) cuotas de $ 10,00 (diez pesos) cada una que son suscriptas e integradas por los socios en las proporciones y formas siguientes: la Sra. Gimenez Ana Paula suscribe veinte mil (20.000) cuotas de capital que representan $ 200.000 (doscientos mil pesos), las cuales se encuentran totalmente integradas al día de la fecha y el Sr. Fernando Mauro Gimenez suscribe veinte mil (20.000) cuotas de capital que representan $ 200.000 (doscientos mil pesos) , las cuales se encuentran también integradas totalmente al día de la fecha. Cláusula Sexta: Administración - Dirección y Representación: estará a cargo de una gerencia compuesta por un mínimo de uno y un máximo de tres gerentes, socios o no, quiénes durarán en sus funciones tres Ejercicios siendo reelegibles indefinidamente. Con tal fin, usarán su propia firma con el aditamento de "Socio Gerente” o "Gerente”, según el caso, y procedida por la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualquiera de ellos. Los Gerentes, en cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, con la única excepción de prestar fianza o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. En uso de sus facultades de administración, para el cumplimiento del objeto social, y en forma expresada para comprometerla, el Gerente gozará de todas las facultades que las leyes de fondo y forma consagran para el mandato de administrador. Los gerentes deben prestar la siguiente garantía: pesos cuarenta mil ($ 40.000) que serán depositados en la caja social.



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00005599
Orden de Publicación: 100085765
Importe: $1.048,00
Fecha/s de publicación: 26/05/2021

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