CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



ALAS DE CONDOR SAS



Por instrumento privado,de fecha 17 de febrero de 2021, con firma certificada por escribano público, se constituyó la sociedad por acciones simplificada denominada ALAS DE CONDOR SAS, con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta, y sede social en la manzana A, casa N° 7, B° Parque El Portal, de la localidad de Campo Quijano, departamento Rosario de Lerma, provincia de Salta la calle.

Socios: Angel Mariano Zerda, DNI Nº 28.887.368, CUIL Nº 20-28887368-3, argentino, nacido el 09/01/1982, profesión: abogado, estado civil: soltero, con domicilio en calle Los Nogales Nº 44, Cdad. de Salta, provincia del mismo nombre, Fernando Cesar Peñaranda, DNI Nº 27.982.096, CUIL Nº 20-27982096-8 de nacionalidad argentino, nacido el día 30/03/1980, de profesión comerciante, estado civil: casado en primeras nupcias con María Eugenia Mamaní, domiciliado en Mza. A, casa 7, B° Parque El Portal, localidad de Campo Quijano, departamento de Rosario de Lerma, provincia de Salta, Mauricio Jovanovics, DNI Nº 28.886.686, CUIL Nº 20-28886686-5 de nacionalidad argentino, nacido el día 21/10/1981, de profesión escribano, estado civil casado en primeras nupcias con Guadalupe Solá Vidal, domiciliado en calle Gral. Güemes s/Nº localidad de Campo Quijano, departamento de Rosario de Lerma, provincia de Salta.

Plazo de Duración: 99 (noventa y nueve) años.

Objeto: la sociedad tendrá por objeto, realizar por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades, con exclusión de las limitaciones del art. 39 de la Ley Nº 27.349: 1) Instalar, operar y explotar; servicios de radiodifusión sonora. 2) Organizar y producir contenidos, eventos, programas, obras, espectáculos unitarios o en ciclos, de naturaleza cultural, educativa, o de interés general, y su distribución y comercialización, sea por medios gráficos, discográficos, cinematográficos, televisivos, radiofónicos, por Internet o por cualquier otro medio existente o a crearse en el futuro, tanto para uso familiar como profesional. A tal fin la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones. 3) Explotación de producciones fonográficas, discos, cassetes, cintas, discos compactos o por cualquier otro medio que registre sonido, destinado a su reproducción, como también la representación en el país y/o en el extranjero de editoras musicales, y/o fábricas nacionales o extranjeras. Explotación de películas cinematográficas destinadas al cine o a la televisión. Contratación y/o representación de artistas nacionales y/o extranjeros. Estudio e investigaciones de mercado. Explotación de todo tipo de espectáculos públicos o privados en los géneros teatrales, radiales, televisivos, cinematográficos, circenses, de variedades, juegos mecánicos, exposiciones, convenciones, desfiles, culturales, musicales, deportivos o editoriales, pudiendo a tal fin, comprar, vender, locar, construir y explotar salas de espectáculos y/o cualquier predio o estadio, cubierto o al aire libre. Compra, venta, importación, exportación, representación, consignación, comisión, acopio y distribución de materiales, productos y bienes en general relacionados con las actividades especificadas en el presente artículo. Desempeñar como asesora publicitaria para estudiar, crear, planear, producir, ordenar la difusión o publicación y administrar campañas de publicidad o propaganda, pudiendo por mandato, comisión, representación o cualquier otra forma de intermediación para sus clientes, preparar, contratar, negociar, alquilar y ocuparse en general como contratista de publicidad, efectuando contrataciones en revistas, periódicos, folletos, radio, televisión, cine, vía pública, y/o cualquier otro medio de difusión o proveedor vinculante a la actividad publicitaria. Brindar todos aquellos servicios relacionados con las actividades especificadas en los incisos anteriores, promover y desarrollar el estudio y la investigación de temas relacionados con proyectos artísticos de todo tipo. Explotación de publicidad pública y privada a través de cine, radio, televisión, video home, vía pública, gráfica en diarios y/o cualquier otro medio. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente estatuto. 3) Servicio de gestión y administración de empresas propias de los socios, de terceros o conjuntas. 4) Planeamiento, asesoramiento y consultoría jurídico, comercial, contable, y general a personas físicas y/o jurídicas. 5) Realización de toda clase de eventos y promociones que importen a las actividades precedentes.

Capital: $ 300.000, dividido por 300.000 de acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 1 y un voto cada una, suscriptas por Angel Mariano Zerda con 100.000 acciones, Fernando Cesar Peñaranda con 100.000 acciones y Mauricio Jovanovics con 100.000 acciones. El capital se integra endinero en efectivo en un 100 %.

Administración: la administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tendrá a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Durarán en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de Órgano de Fiscalización deberá designarse, por lo menos, un administrador suplente. Cuando la administración fuere plural, las citaciones a reunión del órgano de administración y la información sobre el temario, se realizarán por medio fehaciente. También podrá efectuarse por medios electrónicos, en cuyo caso, deberá asegurarse su recepción. Las reuniones se realizarán en la sede social o en el lugar que se indique fuera de ella, pudiendo utilizarse medios que permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos. Para la confección del Acta rigen las previsiones del tercer párrafo del artículo 51 de la Ley N° 27.349. Las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos de los miembros presentes. Los administradores podrán autoconvocarse para deliberar sin necesidad de citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán válidas si asisten la totalidad de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Quien ejerza la representación de la sociedad obliga a ésta por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social. Administradores: Administrador Titular: Angel Mariano Zerda, DNI Nº 28.887.368, domicilio especial en Mza. A, casa 7, B° Parque El Portal, localidad de Campo Quijano, departamento de Rosario de Lerma, provincia de Salta. Administrador Suplente: Fernando Cesar Peñaranda, DNI Nº 27.982.096, domicilio especial en Mza. A, casa 7, B° Parque El Portal, localidad de Campo Quijano, departamento de Rosario de Lerma, provincia de Salta.

Fiscalización: se prescinde del Órgano de Fiscalización.

Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 31 de diciembre.



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00005963
Orden de Publicación: 100086459
Importe: $2.248,00
Fecha/s de publicación: 30/06/2021

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