DISPOSICIONES



SALTA, 30 de Junio del 2021

DISPOSICIÓN N° 37

UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES

Ref.: Nota N° 25514598/22021-0



VISTO la presente actuación mediante las cuales la Cámara Salteña de la Construcción plantea la necesidad de prorrogar las vigencias de las Inscripciones de los Contratistas de Obras, que se encuentran inscriptos en el Registro de Contratistas de Obras Púbicas; y

CONSIDERANDO:

Que la mayoría de las empresas constructoras deben renovar su inscripción a partir del 30 de junio del año en curso, atento que sus inscripciones se otorgan a partir del cierre de su Ejercicio contable, y por el término de 18 meses, conforme lo prevé al art. 4º del anexo que forma parte de la Resolución Nº 113/03 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Que por nota de fecha 25 de junio del 2021, la Cámara Salteña de la Construcción pone en conocimiento a este organismo respecto de las dificultades que las empresas constructoras están atravesando a los fines de reunir la documentación necesaria para renovar su inscripción en el Registro de Contratistas de Obras Públicas;

Que dichas dificultades, obedecen entre otras cuestiones a las restricciones en virtud de la situación de emergencia sanitaria imperante en nuestro país como en nuestra Provincia y que son de público conocimiento, en razón de la actual pandemia;

Que por el DNU N° 167/2021 del Poder Ejecutivo Nacional, se prorrogó la emergencia sanitaria dispuesta por la Ley N° 27.541 y ampliada por el DNU N° 260/2020, hasta el 31 de diciembre de 2021;

Que por su parte, la provincia de Salta a través del Decreto N° 190/21 prorrogó la vigencia de la Ley N° 8.188 y su modificatoria N° 8.206, que declara el estado de emergencia sanitaria en el territorio de la provincia de Salta, desde su vencimiento y por el plazo de seis (6) meses;

Que la dificultad de renovación registral la tienen específicamente las empresas habilitadas en su capacidad para contratar con más de 7.500 jornales;

Que a los fines de evitar inconvenientes en futuros llamados a contrataciones durante el mes de julio del corriente año, en donde dichas Empresas, no podrían participar debido a que el certificado de inscripción que poseen tienen fecha de vencimiento el 30/06/2021, resulta conveniente prorrogar las vigencias de sus habilitaciones;

Que ha tomado intervención el Registro de Contratistas de Obras Públicas informando viable dicha prorroga y proponiendo lo sea hasta el 31 de julio del corriente año;

Que el Subprograma de Control de Legalidad, ha tomado la intervención que le compete, dictaminando viable la mencionada prórroga;

Por ello, y con encuadre en el inc. a) del art. 5° y artículo 56 de la Ley Nº 8.072;

LA DIRECTORA GENERAL DE LA

UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Prorrogar a partir del 01 de julio del 2021 y hasta el 31 de julio del corriente año, la vigencia de las inscripciones como contratistas de obras públicas de las empresas cuyo vencimiento es al 30/06/2021, que se encuentran habilitadas para contratar en más de 7.500 jornales, sin necesidad de que los interesados realicen trámite alguno para su prórroga, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Establecer que los contratistas comprendidos en el art. 1° de la presente, en caso de participar en alguno de los procedimientos de contratación previsto en la Ley Nº 8.072, deberán presentar ante las entidades contratantes, el certificado de inscripción definitivo vencido y copia de la presente Disposición.

ARTÍCULO 3°.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial, y en la página web del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, e insertar en el Libro de Disposiciones y archivar.



Martínez




R. S/C N° 100010528
Orden de Publicación: 100086546
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 05/07/2021

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