RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 05 de Julio de 2021

RESOLUCIÓN GENERAL N° 11/2021

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

VISTO:

La Resolución Ministerial N° 344 de fecha 28 de diciembre de 2005 emanada por el ex - Ministerio de Hacienda y Obras Públicas (hoy Ministerio de Economía y Servicios Públicos); y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° de la citada Resolución deja establecido, en el ámbito de esta Dirección General de Rentas, que no se computarán respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos dentro de los siguientes períodos:

A. Primera quincena de enero de cada año,

B. Primera semana correspondiente a la Feria Judicial de invierno que se establezca cada año para el Poder Judicial de la Provincia de Salta;

Que esta Dirección General de Rentas determinará, cada año, las fechas de inicio y fin de los períodos indicados;

Por ello, de conformidad a las facultades emergentes de los artículos 5°, 7° y concordantes del Código Fiscal;



LA DIRECTORA GENERAL DE

RENTAS DE LA PROVINCIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Respecto del año 2021, el período referido a la primera semana correspondiente a la Feria Judicial de invierno de cada año que dispone el inciso b) del artículo 1° de la Resolución del ex - Ministerio de Hacienda y Obras Públicas (hoy Ministerio de Economía y Servicios Públicos) N° 344/05, se fija entre los días 12 y el 16 de julio, ambas fechas inclusive.

ARTÍCULO 2°.- Lo indicado en el artículo anterior no será de aplicación para los procedimientos de clausuras y decomisos previstos en los artículos 51° a 67° del Código Fiscal (to por Decreto N° 2039/05).

ARTÍCULO 3°.- Remitir copia de la presente Resolución a conocimiento de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 4°.- Notificar, publicar en el Boletín Oficial y Archivar.



Uldry Fuentes




R. S/C N° 100010534
Orden de Publicación: 100086619
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 08/07/2021

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