RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 15 de Julio de 2021

RESOLUCIÓN Nº 326

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 118.990/21 - 0 Cpde. y agregados.



VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “REACONDICIONAMIENTO DEL LECHO DE CANAL FRANCINI, CUENCA FLUVIAL PRIMARIA - PICHANAL - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1/9, el Sr. Intendente de la Municipalidad de Pichanal, eleva el proyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada;

Que la presente contratación tiene por objeto ejecutar los trabajos necesarios para garantizar el desagüe longitudinal del colector pluvial primario de la zona urbana de la localidad de Pichanal y comprende 4.921,95 m3 de excavación a máquina para corregir la cota de desagüe, el transporte y acopio del sedimento en las afueras de la zona urbana y 11.812,68 m2 de limpieza final de obra;

Que en virtud de ello, a fs. 15/20, la Dirección de Obras Municipales de la SOP confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un presupuesto oficial de $ 4.589.684,44 (pesos cuatro millones quinientos ochenta y nueve mil seiscientos ochenta y cuatro con 44/100) IVA incluido;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley N° 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Pichanal;

Que a fs. 21, rola el informe técnico ambiental interno N° 191/21, elaborado por el Área Ambiental de la SOP;

Que a fs. 26, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 31/34, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución N° 211/12, prorrogada mediante Resolución N° 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 35/36, rola Dictamen N° 209/21 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 37, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe N° 141/21;

Que a fs. 39, toma intervención la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por el Decreto N° 417/2020 y de la Resolución N° 36/2020 de la Secretaría de Contrataciones;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso a) de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,



EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “REACONDICIONAMIENTO DEL LECHO DE CANAL FRANCINI, CUENCA FLUVIAL PRIMARIA - PICHANAL - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 4.589.684,44 (pesos cuatro millones quinientos ochenta y nueve mil seiscientos ochenta y cuatro con 44/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.

ARTÍCULO 2°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley N° 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente Resolución a la Municipalidad de Pichanal.

ARTÍCULO 3°.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Pichanal, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092008054902 - Proyecto: 583 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00002947
Orden de Publicación: 100086831
Importe: $1.677,00
Fecha/s de publicación: 20/07/2021

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