AVISOS GENERALES



SALTA, 17 de Julio de 2021

RESOLUCIÓN N° 44/2021

JUNTA ELECTORAL DEL PARTIDO RENOVADOR DE SALTA



VISTO:
La Resolución N° 3/2021 de la Mesa Directiva Comité Central.

CONSIDERANDO:

Que en el artículo 1º del instrumento del Visto, la Mesa Directiva del Comité Central resuelve convocar a esta Junta Electoral a sesión permanente a partir del día 17 del corriente y hasta tanto se concluya el trámite de presentación de candidaturas ante la misma para diputados nacionales en las próximas elecciones a llevarse a cabo el día 14 de noviembre de este año, formulando las observaciones a que hubiere lugar y oficializando las precandidaturas que correspondiere.

Que también dispone el mencionado artículo que “Dicha nómina estara constituida por las candidaturas a diputado nacional: titular en segundo término, debiendo corresponder al sexo femenino y a diputados nacionales suplentes, correspondiendo el primer término para el sexo femenino, el segundo al sexo masculino y el tercero al sexo femenino”.

Que en el artículo 2º se exime excepcionalmente y por esta única vez, a quienes se presenten como candidatos, del requisito de acompañar avales, habida cuenta de los exiguos plazos que resultan en las circunstancias actuales y por, sobre todo, los límites al accionar que imponen los protocolos epidemiológicos vigentes.

Que por el artículo 3º se cita a la Honorable Convención a sesionar el día 22 del corriente mes a las 14:00 horas en la sede partidaria, con el objeto de tratar y previa deliberación, definir las candidaturas para diputados nacionales que correspondieren a nuestro Partido, en el frente denominado SI PRS, conforme a la nómina previamente oficializada por la Junta Electoral (inc. b).

Que la Acordada Extraordinaria N° 59/2021 de la Cámara Electoral Nacional aprueba el cronograma electoral para las elecciones nacionales 2021, de conformidad con el Decreto N° 358/2021 y la Ley Nº 27.631.

Que el cronograma electoral establece para el día 24 de julio el fin del plazo para la presentación de listas de precandidatos ante las juntas electorales partidarias, oficialización de precandidatos por parte de las juntas electorales partidarias y comunicación a los Juzgados de listas de precandidatos oficializados.

Que al integrar el PRS un frente electoral, los actos a cumplirse el día 24 de julio, se refieren a la oficialización y presentación de los precandidatos, ante la Junta Electoral del Frente “SI PRS” y la comunicación al Juzgado Electoral de lista de precandidatos oficializados de este.

Que la urgencia en la elección de los precandidatos a Diputados Nacionales del PRS para integrar el frente “SI PRS” se desprende, de los plazos perentorios, próximos a vencerse; cuyo incumplimiento, impediría al partido participar en la compulsa electoral.

Que los partidos políticos son instrumentos necesarios para la formulación y realización de la política nacional y les incumbe, en forma exclusiva, la nominación de candidatos para cargos públicos electivos (artículo 2º, párrafo primero de la Ley N° 23.298), siendo esta participación necesaria, no solo para nuestra nación, sino también por las penalidades que surgen del Título VI de la norma mencionada.

Que la resolución tomada por la Mesa Directiva del Comité Central, respecto a eximir excepcionalmente y por esta única vez, a quienes se presenten como candidatos, del requisito de acompañar avales, se encuentra justificado por los exiguos plazos como se desarrolló en párrafos anteriores; y por la situación epidemiológica imperante, que podría impedir a ciudadanos el ejercicio de su derecho de ser elegidos.

Que la Mesa Directiva del Comité Central se encuentra facultado a dictar la Resolución mencionada de conformidad a los artículos 11, 13 (incisos b, k y m), artículo 28 de la Carta Orgánica del Partido Renovador de Salta.

Que el artículo 28 mencionado habilita a esta Junta Electoral a proceder de inmediato al cumplimiento de su cometido, estableciendo el reglamento y cronograma electoral, a los fines de permitir a los afiliados, que así lo deseen, a ejercer sus derechos a presentar su precandidatura, la que una vez oficializada, si así correspondiere, estará sujeta a votación por parte de la Honorable Convención Provincial, conforme al artículo 8 inciso j).

Que conforme al artículo 67 de la COP las precandidaturas se oficializarán en forma individual por cada cargo, habiendo determinado la Mesa Directiva del Comité Central que se someterá a votación de la Honorable Convención las candidaturas a diputado nacional: titular en segundo término, debiendo corresponder al sexo femenino y a diputados nacionales suplentes, correspondiendo el primer término para el sexo femenino, el segundo al sexo masculino y el tercero al sexo femenino.

POR ELLO,

LA JUNTA ELECTORAL DEL

PARTIDO RENOVADOR DE SALTA

RESUELVE:

Artículo 1º- APROBAR el Reglamento Electoral, que, como Anexo I, forma parte de la presente.

Artículo 2º- APROBAR el Cronograma Electoral Partidario; el que como Anexo II forma parte del presente.

Artículo 3º - APROBAR la solicitud de presentación de precandidatura que como Anexo III forma parte del presente.

Artículo 4º - PUBLICAR por un día en el Boletín Oficial, Registrar, Notificar y Archivar.

Artículo 5º - De Forma.



Reinaldo García Gambetta, PRESIDENTE - Patricia Lo Giudice - Arturo Federico Gallo Diez, PARTIDO RENOVADOR DE SALTA



VER ANEXO


R. S/C N° 100010567
Orden de Publicación: 100086875
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 20/07/2021

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