RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 19 de Julio de 2021

RESOLUCIÓN Nº 337

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-75.636/21-0 y agregados.

VISTO
el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “TERMINACIÓN SUM PATAPAMPA VALLE DE LURACATAO - SECLANTÁS - DPTO. MOLINOS - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/05, el Sr. Intendente de la Municipalidad de Seclantás, eleva el proyecto y solicita financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará realizar cursos de capacitación, cursos de oficios, artesanías, eventos sociales, etc. en el salón de usos múltiples del paraje Patapampa en el Valle de Luracatao;

Que la presente contratación tiene por objeto ejecutar la terminación del salón de usos múltiples para actividades sociales, recreativas y deportivas, una cocina bufete y sanitarios, todo ello protegido de las inclemencias climáticas que suelen ser severas especialmente en invierno y conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs.19/20;

Que en virtud de ello, a fs. 18/42, la Dirección de Obras Municipales de la SOP confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 4.248.856,39 (pesos cuatro millones doscientos cuarenta y ocho mil ochocientos cincuenta y seis con 39/100) IVA incluido;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Seclantás;

Que a fs. 17, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 166/21, elaborado por el Área Ambiental de la SOP;

Que a fs. 46, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 51/55, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 56/57, rola Dictamen Nº 194/21, emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 58, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 138/21;

Que a fs. 60, toma intervención la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2020 y de la Resolución Nº 36/2020 de la Secretaría de Contrataciones;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “TERMINACIÓN SUM PATAPAMPA VALLE DE LURACATAO - SECLANTÁS - DPTO. MOLINOS - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 4.248.856,39 (pesos cuatro millones doscientos cuarenta y ocho mil ochocientos cincuenta y seis con 39/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste alzado, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente Resolución a la Municipalidad de Seclantás.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de Seclantás, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019205 - Proyecto: 650 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente




F. V/C N° 0012 - 00002985
Orden de Publicación: 100086926
Importe: $1.593,00
Fecha/s de publicación: 23/07/2021

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