AVISOS GENERALES



SALTA, 31 de Mayo de 2021

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 3.453

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA

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VISTO:

La aprobación de la Resolución de Junta de Gobierno Nº 584/2021 FACPCE sobre Modificación de la Resolución de Junta de Gobierno N° 539/2018
“Normas para que los estados contables se expresen en moneda del poder adquisitivo de cierre en un contexto de inflación en los términos de la sección 3.1 de la Resolución Técnica (RT) N° 17 y de la sección 2.6 de la Resolución Técnica (RT) N° 41, aplicables a los ejercicios o períodos intermedios cerrados a partir del 1 de julio de 2018”; y



CONSIDERANDO:



Que es atribución de los Consejos ordenar el ejercicio de la profesión de ciencias económicas dictando para ello las medidas y disposiciones de todo orden que resultan necesarias o convenientes para el mejor desenvolvimiento de la misma;

Que entre dichas medidas se incluyen las normas técnicas a las que deberán ajustarse los matriculados dentro de las respectivas jurisdicciones;

Que un cuerpo unificado de normas contables y de auditoría de aplicación en todas las jurisdicciones del país, contribuirá al fortalecimiento de la profesión, revistiendo además especial importancia para los emisores y los distintos usuarios de la información contable;

Que la FACPCE ha realizado una evaluación de la aplicación del ajuste por inflación en los estados contables de los entes, y en particular, el efecto de la aplicación de la Res. JG 539-18;

Que de esta evaluación surge la necesidad de mantener las opciones en la aplicación del ajuste por inflación por parte de los entes y realizar algunas adecuaciones en el texto de la Res. JG 539-18;

Que las modificaciones y adecuaciones propuestas representen mayores simplificaciones y flexibilizaciones en la aplicación de las normas, para que los estados contables se expresen en moneda del poder adquisitivo de cierre en un contexto de inflación;

Que, después de dos años de aplicación de las normas sobre ajustes contables por inflación en Argentina, la Federación encontró conveniente realizar una consulta pública sobre el funcionamiento en la práctica del contenido de las Guías aprobadas en abril de 2019 que permitiera detectar oportunidades de mejoras de ese contenido;

Que los comentarios recibidos durante el período de la consulta pública al que se hace referencia en el inciso anterior, se identificó un asunto cuya resolución ameritaba la modificación de la Res. JG N° 539/18, relacionado con los terrenos para los cuales una entidad opte por no reconocer un impuesto diferido, y su medición se realice en base de un valor corriente;

Que la aprobación, por parte de la Junta de Gobierno de la FACPCE, de su Resolución de JG Nº 584/2021 “Modificación de la Resolución de Junta de Gobierno Nº 539/18” en la reunión virtual realizada el 23 de marzo de 2021, en la que este Consejo votó favorablemente;

Que la materia objeto del acuerdo es de significativo interés de los matriculados, y corresponde propiciar la pronta vigencia de sus disposiciones, en particular por cuanto el acto dio cumplimiento al procedimiento que rige las funciones del CENCyA, asegurando su validez formal y correspondiendo a este Consejo resolver sobre la aplicación en el ámbito de su competencia territorial;

Que la Comisión Técnica -Sala Contador Público-, ha analizado sobre la cuestión en tratamiento;

POR TODO ELLO

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Considerar como Normas Contables Profesionales reconocidas por este Consejo, las contenidas en la Resolución de Junta de Gobierno Nº 584/2021 FACPCE sobre Modificación de la Resolución de Junta de Gobierno Nº 539/2018 Normas para que los estados contables se expresen en moneda del poder adquisitivo de cierre en un contexto de inflación en los términos de la sección 3.1 de la Resolución Técnica (RT) N° 17 y de la sección 2.6 de la Resolución Técnica (RT) Nº 41, aplicables a los ejercicios o períodos intermedios cerrados a partir del 1 de julio de 2018”.

ARTÍCULO 2º.-
Disponer que las Normas de la Resolución Junta de Gobierno Nº 584/2021 FACPCE, tendrán la vigencia que la propia Resolución establece.  

ARTÍCULO 3º.- Comunicar a los matriculados, a la Inspección General de Personas Jurídicas de Salta, al Registro Público de Comercio, a la Agencia Salta de la Dirección General Impositiva, a la Dirección General de Rentas de la Provincia, a la Dirección General de Rentas Municipal, a la Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de Salta, a la Facultad de Economía y Administración de la Universidad Católica de Salta, a las Cámaras Empresarias, entidades financieras, publicar en el Boletín Oficial de la Provincia, copiar y archivar.



Cr. Jorge Alberto Paganetti, PRESIDENTE - Cra. Julia Patricia De Bock, SECRETARIA




F. N° 0011 - 00005773
Orden de Publicación: 100086091
Importe: $1.654,00
Fecha/s de publicación: 11/06/2021

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