CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



LA MANOLITA EXPORTACIONES SRL



Entre los señores Jose Maria Alvarez Lopez, argentino, de 35 años de edad, nacido el día 19/06/1985, soltero, empresario, con domicilio en calle 20 de Febrero Nº 641, de la ciudad de Rosario de la Frontera, provincia de Salta, DNI Nº 31.371.562, CUIT Nº 20-31371562-1 y Diego Sebastian Alvarez Lopez, argentino, de 39 años de edad, nacido el día 12/04/1982, soltero, empresario, con domicilio en calle 20 de Febrero N° 641, de la ciudad de Rosario de la Frontera, provincia de Salta, DNI N° 29.372.587, CUIT Nº 20-29372587-0, convienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por las disposiciones de la Ley de Sociedades Comerciales, más las declaraciones y cláusulas que siguen:

Fecha de Constitución: 23 de junio 2021.

Denominación: la sociedad se denominará LA MANOLITA EXPORTACIONES SRL y tendrá su domicilio legal y administrativo en la provincia de Salta, pudiendo trasladar su domicilio y también instalar sucursales, agencias y representaciones en el interior del país y naciones extranjeras.

Plazo: 1- Tendrá un plazo de duración de cincuenta (50) años a partir del día de su inscripción registral en el Registro Público de Comercio. 2- Este plazo podrá ser prorrogado, con el voto unánime de los socios, cuya inscripción se solicitará antes del vencimiento del plazo fijado en este instrumento.

Objeto Social: la sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia y/o de terceros, por sí o en asociación con terceros, tanto en la República Argentina como en el extranjero a: A) la fabricación, elaboración, envasado, transporte, almacenamiento, acondicionamiento, comercialización, distribución, exportación e importación de materias primas de origen agropecuario, de los productos y subproductos derivados de su procesamiento industrial, sea en su estado natural, semi-elaborados o elaborados y ya sea destinados a la alimentación humana, a la alimentación animal y/o abonos agrícolas; y B) Explotación de establecimientos rurales, agrícolas, ganaderos, viveros, silos, plantas de almacenamiento y acondicionamiento, depósitos e instalaciones de procesamiento industrial de materias primas agrícolas, ganaderas, instalaciones de importación y exportación de todo tipo de productos. La sociedad podrá realizar todo tipo de actividades relacionadas con el objeto descripto y podrá efectuar sin limitación alguna todos los actos u operaciones comerciales y fabriles que directa o indirectamente sean conducentes y convenientes para la consecución de sus fines. En consecuencia, la sociedad tendrá plena capacidad legal y podrá realizar todos o cualesquiera de los actos jurídicos permitidos por las leyes para el cumplimiento de sus finalidades.

Capital: 1- El capital social es de pesos un millon ($ 1.000.000,00), dividido en diez mil (10.000) cuotas sociales de pesos Cien ($ 100,00) de valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de acuerdo al siguiente detalle: a) el señor Jose Maria Alvarez Lopez, cinco mil (5.000) cuotas, por un total de pesos quinientos mil ($ 500.000,00), integrando pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000,00); b) el señor Diego Sebastian Alvarez Lopez, cinco mil (5.000) cuotas, por un total de pesos quinientos mil ($ 500.000,00), integrando pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000,00) . El capital social es suscripto en su totalidad en este acto. La integración del capital, representa el veinticinco por ciento (25 %) del mismo, que se integra en efectivo; el saldo se integrará en el plazo de dos -2- años o antes, si las necesidades sociales lo requiriesen. Debiendo integrarse en este último supuesto en el plazo de treinta (30) días a partir de la notificación a los socios en tal sentido. 2- Cuando el giro comercial de la sociedad lo requiera, podrá aumentarse el capital indicado en esta cláusula mediante decisión unánime de los socios, que determinará el plazo y monto de suscripción e integración.

Administración: 1- La administración y representación legal y uso de la firma social de la sociedad será ejercida por uno a tres gerentes en forma conjunta o indistinta, socios o no, siendo la duración de sus cargos igual plazo que el de la sociedad. 2- Tendrán todas las facultades para representar a la sociedad y disponer de los bienes, e incluso para los actos que requieren poderes especiales conforme al art. 1.881 del Código Civil y art. 9 del Decreto Ley Nº 5.965/63. 3- La elección -y reelección- se realizará por mayoría del capital partícipe en el acuerdo. 4- En este acto se designa por unanimidad y en calidad de socio gerente para ejercer la función de representación de la sociedad y uso de la firma social, al Sr. Diego Sebastian Alvarez Lopez, quien acepta el cargo para el cual fue designado y fija como domicilio especial 20 de Febrero Nº 641, de la ciudad de Rosario de la Frontera, provincia de Salta.

Ejercicio Social: la sociedad cerrará su Ejercicio Económico el día treinta (30) de abril de cada año.

Sede Social: la sociedad constituye sede social en calle 20 de Febrero Nº 641, de la ciudad de Rosario de la Frontera, provincia de Salta.



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00006482
Orden de Publicación: 100087575
Importe: $1.758,00
Fecha/s de publicación: 23/08/2021

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