RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 25 de Agosto de 2021

RESOLUCIÓN N° 471

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 136 - 97333/2.020 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 41/21, para la contratación de la obra “REFACCIONES VARIAS EN BAÑOS Y OFICINAS EN MINISTERIO DE LA PRODUCCION Y DESARROLLO SUSTENTABLE -SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 58/59, mediante Resolución SOP N° 311/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 1.285.782,93 (pesos un millón doscientos ochenta y cinco mil seiscientos ochenta y dos con 93/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de febrero de 2021, un plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos, mediante la modalidad de Ajuste Alzado y se autorizó a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 65/82, mediante Resolución N° 44/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los pliegos de bases y condiciones particulares, la memoria descriptiva, especificaciones técnicas y anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 85, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 86 en el Boletín Oficial, a fs. 87 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, a fs. 88/89 rolan las invitaciones a las empresas del rubro y a fs. 92/94 las comunicaciones a los organismos intervinientes para la apertura de sobres, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme el Acta de apertura de sobres, de fecha 27 de julio de 2021 (fs. 108/109), presentaron sus ofertas 2 (dos) empresas: “DIEGO FRANCO VIVEROS”, y “COMPAÑIA DEL NORTE S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 235/236, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 44/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar la oferta presentada por la empresa “COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L.”, por incumplimiento a los requisitos dispuestos por los artículos 7° del pliego de condiciones particulares (no presenta oferta económica y presenta incompleto los Anexos 2 a 6 (186 a 191); y recomienda declarar admisible a la oferta presentada por la empresa “DIEGO FRANCO VIVEROS.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del pliego de condiciones particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa “DIEGO FRANCO VIVEROS.”, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en arquitectura suficiente para esta obra, presenta sus análisis de precios razonables, plan de trabajo y metodología propuesta coherentes, equipamiento suficiente y refleja que los valores correspondientes a la mano de obra respetan los vigentes al momento de la apertura de sobres;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “DIEGO FRANCO VIVEROS.”, en la suma de $ 1.233.158,29 (pesos un millón doscientos treinta y tres mil ciento cincuenta y ocho con 29/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de junio de 2021, que representa un 0,28 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del pliego de condiciones particulares;

Que a fs. 237/240, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 243, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto;

Que a fs. 244/245 Vta., mediante Dictamen N° 244/21, rola la intervención de la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 246, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 40/21;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 41/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución SOP N° 311/21 para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS EN BAÑOS Y OFICINAS EN MINISTERIO DE LA PRODUCCION Y DESARROLLO SUSTENTABLE - SALTA - CAPITAL”, con un presupuesto oficial de $ 1.285.782,93 (pesos un millón doscientos ochenta y cinco mil seiscientos ochenta y dos con 93/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de febrero de 2021, un plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Desestimar por inadmisible la oferta de la empresa “COMPAÑIA DEL NORTE S.R.L.”, por incumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 7° y 15° del pliego de condiciones particulares, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Declarar admisible la oferta de la empresa: “DIEGO FRANCO VIVEROS.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4°.- Adjudicar en el marco del artículo 14 de la Ley Nº 8.072, a la empresa “DIEGO FRANCO VIVEROS.”, CUIT N° 20-2958286-7, la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS EN BAÑOS Y OFICINAS EN MINISTERIO DE LA PRODUCCION Y DESARROLLO SUSTENTABLE - SALTA - CAPITAL”, por un monto de $ 1.233.158,29 (pesos un millón doscientos treinta y tres mil ciento cincuenta y ocho con 29/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de junio de 2021, un plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos contados a partir del Acta de inicio de los trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del pliego de condiciones particulares.

ARTÍCULO 5°.- Suscribir el contrato de obra pública con la empresa “DIEGO FRANCO VIVEROS.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la documentación técnica y pliegos de condiciones generales y particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092005000803 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 664 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente




F. V/C N° 0012 - 00003308
Orden de Publicación: 100087919
Importe: $2.329,00
Fecha/s de publicación: 03/09/2021

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