RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 16 de Septiembre de 2021

RESOLUCIÓN N° 491

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 321 - 20.853/2.020 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 43/21, para la contratación de la obra “REFACCIÓN HOSPITAL RIVADAVIA BANDA SUR - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 105/106 mediante Resolución SOP N° 313/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 13.868.833,94 (pesos trece millones ochocientos sesenta y ocho mil ochocientos treinta y tres con 94/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de enero de 2021, con un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos, mediante la modalidad de Ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 110/153 mediante Resolución N° 47/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas se aprueban los pliegos de bases y condiciones particulares, la memoria descriptiva, especificaciones técnicas, anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 162 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 160/161 en el Boletín Oficial, a fs. 159 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, a fs. 163/164 rolan las invitaciones a las empresas del rubro y a fs. 166/172 las comunicaciones a los organismos intervinientes para la apertura de sobres, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme el Acta de apertura de sobres de fecha 06 de agosto de 2021 (fs. 182/183), presenta su oferta una sola empresa: “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SRL", por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 231/233 rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 47/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisible respecto a los requisitos formales, a la oferta presentada por la empresa "CELMONT
CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SRL”, pasando al análisis de los criterios de conveniencia dispuestos por el artículo 14° del pliego de condiciones particulares;

Que al respecto, la Comisión de Preadjudicación entiende que la oferta de la empresa "CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SRL", cumple con los requerimientos técnicos constructivos exigidos, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad suficiente para esta obra, presenta sus análisis de precios razonables y su planilla de datos garantizados completas, reflejando que los insumos y materiales cumplen con las normas de calidad y durabilidad requeridos, tiene un plan de trabajos coherente y los salarios de la mano de obra se ajustan a los valores vigentes al momento de la apertura de sobres;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SRL", en la suma de $ 13.796.329,52 (pesos trece millones setecientos noventa y seis mil trescientos veintinueve con 52/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de agosto de 2021, que representa un 16,79 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del pliego de condiciones particulares;

Que a fs. 234/235 rola la constancia de la notificación del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 239 el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto;

Que a fs. 240/241 Vta. mediante Dictamen N° 469/21, rola la intervención de la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de Adjudicación Simple correspondiente;

Que a fs. 242 la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 1/21;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 43/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución SOP N° 206/21 para la ejecución de la obra “REFACCIÓN HOSPITAL RIVADAVIA BANDA SUR - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 13.868.833,94 (pesos trece millones ochocientos sesenta y ocho mil ochocientos treinta y tres con 94/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de enero de 2021, un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Declarar admisible la oferta de la empresa: “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SRL”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 3º.- Adjudicar, en el marco del artículo 14 de la Ley Nº 8.072, a la empresa “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SRL", CUIT N° 30-71229772 -3, la ejecución de la obra “REFACCIÓN HOSPITAL RIVADAVIA BANDA SUR - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 13.796.329,52 (pesos trece millones setecientos noventa y seis mil trescientos veintinueve con 52/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de agosto de 2021, un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del pliego de condiciones particulares.

ARTÍCULO 4º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SRL", por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la documentación técnica y pliegos de condiciones generales y particulares.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de: $ 10.000.000,00 al Curso de Acción: 081017034301- Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 386 - Unidad Geográfica: 133 - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 7º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas, en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el próximo Ejercicio 2022, conforme lo habilita el inciso a) del artículo 16 del Decreto Ley N° 705/1957.

ARTÍCULO 8º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente




F. V/C N° 0012 - 00003425
Orden de Publicación: 100088249
Importe: $2.844,00
Fecha/s de publicación: 21/09/2021

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