CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



DReston SRL



Por instrumento privado, de fecha 29 de junio de 2021 y adenda del 21 de julio de 2021, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada DReston SRL, con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta, y sede social en la calle Avda. Del Bicentenario de la Batalla de Salta N° 863, primer piso, oficina N° 2, de la ciudad de Salta, provincia de Salta. Socios: Diego Nicolás Reston, DNI N° 36.802.379, CUIT N° 20-36802379-6, de nacionalidad argentino, nacido el 25/03/1992, profesión: abogado, estado civil: soltero, con domicilio en la Avda. del Bicentenario de la Batalla de Salta N° 863, primer piso, oficina N° 2, de la ciudad de Salta; y Sergio Ricardo Reston DNI N° 14.303.475, CUIT N° 20-14303475-6, de nacionalidad argentino, nacido el 21/02/1961, profesión: abogado, estado civil: casado en primeras nupcias con Adela Ivana Abdenur DNI N° 18.230.369 con domicilio en calle Chacabuco N° 264, de la ciudad de Salta.

Plazo de Duración: 50 (cincuenta) años.

Objeto: 1) Servicios Mineros a Terceros: prestación de servicios mineros a terceros en general, alquiler de vehículos automotores tipo camionetas, de cuatriciclos, de maquinarias (grúas retroexcavadoras, etc.), de campamentos móviles en general con sus diferentes componentes, módulos habitacionales destinados a dormitorios, baños, cocina-comedor, grupos electrógenos de todo tipo y potencia, trailers, plantas de tratamiento de efluentes cloacales; instalación y construcción de campamentos, venta y provisión de los mismos equipos, por separado o en conjunto, como campamentos llave en mano o cada uno de sus componentes en particular, construcción y venta de las obras civiles destinadas a la prestación de tales servicios, fletes, transporte de mercaderías, muestras, testigos, maquinaria minera, provisión y transporte de agua, mediante todo tipo de vehículos destinados y aptos para tal fin, camiones de todo tipo y capacidad, para fuera y dentro de ruta, movimientos de suelo y todo tipo de obras civiles a ser llevadas a cabo en los proyectos mineros, y, en fin, toda clase de servicios mineros y civiles llevados a cabo a favor de terceros en la prospección, exploración y explotación minera. Las actividades descriptas podrán realizarse con bienes propios o de terceros. Asimismo prestar servicios profesionales ya sea de índole legal; y/o todo lo relacionado con la dirección, y ejecución de obras civiles, presentación y desarrollo de proyectos, en relación a la actividad minera. 2) Desarrollo de Proyectos Mineros por Cuenta Propia: Adquisición de propiedades y proyectos mineros, minas y derechos de cateos de toda clase de minerales en cualquiera de sus categorías, presentación de solicitudes de derechos de cateo, solicitudes de minas vacantes, manifestaciones de descubrimientos, realizar presentaciones y solicitudes conforme a todos y cada uno de los derechos y facultades que otorga el Código de Minería de la República Argentina en cualquiera de las provincias del mismo país. Llevar adelante la prospección, exploración, y explotación de las mencionadas propiedades y derechos mineros, pudiendo realizar toda clase de actividades por cuenta propia, así como toda clase de contratos con terceros con la finalidad de llevar a cabo dichas actividades. Llevar a cabo todo tipo de contratos de uso y costumbre en el mundo de negocios de la minería, tanto para la adquisición de todos los derechos mineros antes enunciados, como para la venta de los derechos que le pertenezcan y/o haya adquirido, sin ninguna clase de limitación o restricción en la disposición de los mismos. Y en fin, la realización de toda otra actividad que no haya sido mencionada en los puntos anteriores, pero que se encuentre relacionada con la consecución de tales fines. 3) Servicios Profesionales: prestación de toda clase de servicios profesionales de asesoramiento y/o consultoría en materia jurídica, laboral, corporativa, y financiera. Servicios de soporte jurídico-administrativo. 4) Cualquier otro servicio conexo relacionado a las actividades detalladas.

Capital: $ 700.000, dividido por 700 cuotas de capital $ 1.000 cada una, suscriptas por Diego Nicolás Reston con una cantidad de 665 cuotas, y Sergio Ricardo Reston, con una cantidad de 35 cuotas. El capital se integra en dinero en efectivo en un 25%.

Administración: la administración y dirección de la sociedad estará a cargo de uno a cuatro gerentes, socios o no, quienes desempeñaran sus funciones en forma individual e indistinta, durante el plazo de duración de la sociedad. El Gerente tendrá la representación de la sociedad. En el caso que se nombre un gerente que no sea socio, se le fijarán las atribuciones en el momento de su designación; tanto el nombramiento como la fijación de atribuciones requerirán ser aprobados por consenso unánime de los socios. La remoción de los mismos será por el mismo procedimiento. El o los gerentes tendrán una duración en su cargo por el término de 5 (cinco) Ejercicios, siendo reelegibles. El gerente depositará en la cuenta corriente bancaria de la sociedad la suma de $ 12.000 en concepto de garantía, lo que le será restituido una vez aprobada su gestión. Administrador: Gerente: Diego Nicolás Reston, DNI N° 36.802.379, CUIT N° 20-36802379-6. Constituye domicilio especial en Avda. Del Bicentenario de la Batalla de Salta N° 863, 1º piso, oficina N° 2, de la ciudad de Salta, provincia de Salta.

Fiscalización: se prescinde de órgano de fiscalización.

Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 31 de mayo.



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00006840
Orden de Publicación: 100088325
Importe: $1.724,00
Fecha/s de publicación: 24/09/2021

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