RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 11 de Noviembre de 2021

RESOLUCIÓN N° 643

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 47 - 178.580/19 -1 Cpde. y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 78/21, para la contratación de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA N° 4.058 - FINCA EL MONASTERIO - APOLINARIO SARAVIA - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”;

CONSIDERANDO:

Que a fs. 66/67, mediante Resolución S.O.P. N° 422/21, se aprueba el legajo técnico para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 13.163.705,77 (pesos trece millones ciento sesenta y tres mil setecientos cinco con 77/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de enero de 2.021, un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos, mediante el procedimiento de Adjudicación Simple con la modalidad de Ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente, del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que según constancias de fs. 69, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 73 en el Boletín Oficial, a fs. 70 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 76/99, mediante Resolución N° 83/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 27 de Septiembre de 2.021 (fs. 120/121), presentaron sus ofertas 04 (cuatro) empresas: “ALVAREZ CHAMON SRL", "SILIOTTO SRL”, “ING. FRANCISCO JOSÉ SALES” e "ING. FERNANDO DANIEL COINTTE", por los montos y en las condiciones allí detalladas;

>Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 378/381, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 83/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar las ofertas presentadas por las empresas: “ING. FRANCISCO JOSÉ SALES” por incumplimiento a los requisitos dispuestos por el artículo 7, incisos I), m), ñ) y o) del Pliego de
Condiciones Particulares, e “ING. FERNANDO DANIEL COINTTE", al observar que en su análisis de precios no cotiza mano de obra especializada como lo requiere el artículo 27 del Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares y recomienda declarar admisibles las ofertas presentadas por las empresas: “ALVAREZ CHAMON SRL” y "SILIOTTO SRL”, pasando al análisis de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión de Evaluadora entiende que del examen de las ofertas admisibles, la que se encuentra mejor posicionada es la de “ÁLVAREZ CHAMÓN S.R.L.’’, que cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica suficiente para esta obra, presenta su análisis de precios y planilla de cómputo y presupuesto razonables, su planilla de datos garantizados completa respecto a las calidades y durabilidad requeridos para los insumos y artefactos requeridos, su plan de trabajos y curva de inversión adecuados, respeta los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la mano de obra cotizada y reúne los requerimientos técnico constructivos de los pliegos;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ALVAREZ CHAMON SRL”, en la suma de $ 14.581.961,03 (pesos catorce millones quinientos ochenta y un mil novecientos sesenta y uno con 03/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021, que representa un 13,53 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios y resultar la más conveniente por ser la oferta de menor precio y por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

>Que según constancias de fs. 382/389, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 393, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto;

Que a fs. 394/395 vta., mediante Dictamen N° 309/21, la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura toma intervención, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 396, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 135/21;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 78/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 422/21 para la ejecución de la obra "REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA N° 4.058 - FINCA EL MONASTERIO - APOLINARIO SARAVIA - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA", con un presupuesto oficial de $ 13.163.705,77 (pesos trece millones ciento sesenta y tres mil setecientos cinco con 77/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.021, un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Desestimar por inadmisibles a las ofertas de las empresas: “ING. FRANCISCO JOSÉ SALES” e "ING. FERNANDO DANIEL COINTTE", conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Declarar admisibles las ofertas de las empresas: "ALVAREZ CHAMON SRL" y "SILIOTTO SRL", por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación.

ARTÍCULO 4°.- En el marco de lo dispuesto por el articulo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa "ALVAREZ CHAMON S.R.L.’’ CUIT N° 30-70981835-6, la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA N° 4.058 - FINCA EL MONASTERIO - APOLINARIO SARAVIA - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA", por un monto de $ 14.581.961,03 (pesos catorce millones quinientos ochenta y un mil novecientos sesenta y uno con 03/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ALVAREZ CHAMON SRL”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 7.000.000,00 al Curso de Acción: 071011005203 - Financiamiento: Plan Bicentenario (409) - Proyecto: 648 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 8°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el próximo Ejercicio 2.022, para la terminación de dicha obra, conforme lo habilita el inciso a) del artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/1.957.

ARTÍCULO 9°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00003874
Orden de Publicación: 100089734
Importe: $2.795,00
Fecha/s de publicación: 17/11/2021

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