RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 15 de Noviembre de 2021

RESOLUCIÓN  Nº 1.117  

INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA SALTA

VISTO
la Ley Nº 27.541, DNU Nacional N° 260/20 y 297/20, DNU Provincial 245/20 y 250/20, Resolución Reglamentaria IPV N° 044 del 05/02/2019 y la Resolución IPV N° 418 del 18/05/2020; y

CONSIDERANDO:

Que la presente resolución se dicta en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por Ley Nº 27.541 y aplicación dispuesta por Dctos. N° 260/20 y 297/20 por los cuales se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio en atención a la pandemia COVID-19;

Que tal emergencia obliga a este Organismo a tomar las medidas necesarias y decisiones con el objetivo y fin de preservar y proteger la salud pública, como también paliar los efectos de las medidas restrictivas vigentes que significan una merma en la situación económica general y en particular de las familias. Que el resguardo de la vivienda está amparado por normas jurídicas nacionales e internacionales aplicables y aceptadas universalmente;

Que nuestra Constitución Nacional y Provincial protege de manera integral la familia, la defensa del bien de familia y la compensación económica familiar. Asi se desprende la obligación de este Organismo de adecuar y orientar su normativa priorizando ese fin y debido a la actual coyuntura. Que la propia Corte de Justicia de la Nación ha reconocido la constitucionalidad de las leyes que suspenden temporariamente y de manera razonable los efectos de los contratos con el fin de proteger el interés público en presencia de desastres o graves perturbaciones de carácter físico, económico o de otra índole;

Que en ese contexto se implementan decisiones de manera temporaria y razonable con el objeto de contener una grave situación de emergencia social que puede llevar a que una parte de la población sea privada del derecho a la vivienda;

Que se dio intervención al Área Jurídica;

Por lo expuesto, y en uso de facultades otorgadas por Ley Provincial N° 5.167 y su modificatoria Ley N° 5.963;

EL PRESIDENTE DEL

INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Suspender la aplicación de la actualización de cuotas de amortización de viviendas sociales por el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) dispuesto por Resolución Reglamentaria N° 044/19 y lo sea por el período comprendido entre los meses de diciembre (vencimiento enero 2022) 2021 hasta el período junio (vencimiento julio 2022) 2022, en virtud de los motivos denunciados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- La Resolución será refrendada por el Sr. Secretario Ejecutivo, el Sr. Jefe del Área Financiera y Administrativa y por el Sr. Jefe del Área Jurídica,

ARTÍCULO 3°.- Regístrese; comuníquese; archívese.



Carrizo - Carrizo  - Davids - Hubaide




F. V/C N° 0012 - 00003909
Orden de Publicación: 100089826
Importe: $884,70
Fecha/s de publicación: 25/11/2021

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