RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 26 de Octubre de 2021

RESOLUCIÓN N° 593

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125-277.504/2.020 - 1 Cpde. y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 30/21, para la contratación de la obra “PROVISIÓN DE AGUA POTABLE LOTEO REINA DE LOS CIELOS - CACHI - DPTO. CACHI - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 134/135, mediante Resolución S.O.P. N° 265/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 63.993.819,67 (pesos sesenta y tres millones novecientos noventa y tres mil ochocientos diecinueve con 67/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.021, un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos, con la modalidad de ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 140/178, mediante Resolución N° 32/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 188, se ha dado cumplimiento con la debida publicación del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 186/187 en el Boletín Oficial, a fs. 181 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 20 de Julio de 2.021 (fs. 267/269), presentaron sus ofertas 07 (siete) empresas: “M.E.I. OBRAS Y SERVICIOS S.R.L.”, “CEyBA S.R.L.”, “MARO S.A.”, “SEMACO S.A.”, “CyL S.R.L.”, “IMECA S.R.L.” y “ARROYO MANNORI CONSTRUCCIONES Y ASOCIADOS S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

>Que a fs. 841/845, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 32/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar las ofertas presentadas por las siguientes empresas: “IMECA S.R.L.” (incumplimiento al artículo 7°, inc. o y no cotizar mano de obra especializada conforme a lo requerido por el pliego de especificaciones técnicas particulares), “ARROYO MANNORI CONSTRUCCIONES Y ASOCIADOS S.R.L.” (incumplimiento al artículo 7° incs. k, l, ñ y o y no cotizar mano de obra especializada conforme a lo requerido por el pliego de especificaciones técnicas particulares), “CEyBA S.R.L.” (por no cotizar mano de obra especializada conforme a lo requerido por el pliego de especificaciones técnicas particulares), “MARO S.A.” (en su cómputo y presupuesto no cotiza el 2,5% del impuesto a las actividades económicas, no cotiza mano de obra especializada conforme a lo requerido por el pliego de especificaciones técnicas particulares y resulta insuficiente su capacidad técnica en la especialidad para contratar esta obra), “SEMACO S.A.” (por no cotizar mano de obra especializada conforme a lo requerido por el pliego de especificaciones técnicas particulares) y recomienda declarar admisibles a las ofertas presentadas por las empresas “M.E.I. OBRAS Y SERVICIOS S.R.L.” y “CYL S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en la especialidad suficiente para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, cumplen con los requisitos técnico constructivos exigidos, presentan planillas de datos garantizados y folletería completas respecto a los materiales, insumos, equipamientos y artefactos, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida, inclusive en las que se requiere especializada;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “M.E.I. OBRAS Y SERVICIOS S.R.L.”, en la suma de $ 72.505.149,33 (pesos setenta y dos millones quinientos cinco mil ciento cuarenta y nueve con 33/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021, que representa un 3,72 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio de las ofertas admisibles y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que según constancias de fs. 846/873, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 877, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto;

Que a fs. 878/879 vta., mediante Dictamen N° 462/21, toma intervención la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 880, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 02/21;

Que a fs. 881/882 se agrega Addenda al Convenio Específico de Cooperación y Financiación firmada el día 23 de septiembre de 2.021 para la Ejecución del Proyecto en curso, suscripto entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) y la Secretaría de Obras Públicas de la Provincia de Salta;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 30/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 265/21 para la ejecución de la obra “PROVISIÓN DE AGUA POTABLE LOTEO REINA DE LOS CIELOS - CACHI - DPTO. CACHI - PROVINCIA DE SALTA - ENOHSA”, con un presupuesto oficial de $ 63.993.819,67 (pesos sesenta y tres millones novecientos noventa y tres mil ochocientos diecinueve con 67/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.021, un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Desestimar por inadmisibles las ofertas de las empresas: “CEyBA S.R.L.”, “MARO S.A.”, “SEMACO S.A.”, “IMECA S.R.L.” y “ARROYO MANNORI CONSTRUCCIONES Y ASOCIADOS S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Declarar admisibles las ofertas de las empresas: “M.E.I. OBRAS Y SERVICIOS S.R.L.” y “CYL S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ése orden de prelación.

ARTÍCULO 4º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8072, adjudicar a la empresa “M.E.I. OBRAS Y SERVICIOS S.R.L.”, CUIT N° 30-57232957­3, la ejecución de la obra “PROVISIÓN DE AGUA POTABLE LOTEO REINA DE LOS CIELOS - CACHI - DPTO. CACHI - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 72.505.149,33 (pesos setenta y dos millones quinientos cinco mil ciento cuarenta y nueve con 33/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021, con un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado de las empresas admitidas y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “M.E.I. OBRAS Y SERVICIOS S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará la suma de $ 35.000.000,00 al Curso de Acción: 092007147201 - Financiamiento: A.H. PROFESA (23121) - Proyecto: 396 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.021.

ARTÍCULO 8º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 9º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00003757
Orden de Publicación: 100089299
Importe: $1.770,00
Fecha/s de publicación: 02/11/2021

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