SALTA, 26 de Noviembre del 2021
DISPOSICIÓN N° 116
UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES
Expte. N° 255-262.918/21 - Cde.0.
VISTO Ia Ley Nº 8072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18; y la Ley de Ministerio Nº 8.171; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 4º del Decreto Nº 1.319/18, reglamentario de la Ley Nº 8.072 dispone:.... “La organización del Sistema consta de dos órganos rectores, la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones como órgano rector de las unidades operativas de contrataciones y la Unidad Central de Contrataciones como órgano rector en la centralización de la normativa”;
Que conforme el art. 5º apartado a) de la Ley Nº 8.072, la Unidad Central de Contrataciones tiene por función centralizar todo lo referente a políticas, normas, procedimientos, información, control y evaluación del sistema en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial;
Que según el artículo 5º apartado a) - Inc. 7) del Decreto Nº 1.319/18- Organización del Sistema entre otras tantas tareas, es la de llevar un banco de datos actualizados, en el que consten los elementos necesarios para evacuar consultas, informes, determinar precios testigos y expedir certificaciones, para realizar los controles que estime pertinentes;
Que la Dirección de Contratista de Obras Públicas, ha elaborado el Listado de Precios Finales de los Insumos Locales para la Obra Pública, Adicionales, Planillas, Flete Carretero y Listado de Fórmulas, correspondiente al mes de Octubre del 2021;
Que a su vez, en el Decreto Nº 1.170/03 y en su Decreto Modificatorio Nº 3.721/13, se fija un Régimen de Redeterminación de Precios de los Contratos de Obra Pública, y autoriza a la entidad contratante a renegociar los contratos aludidos, siguiendo las pautas establecidas en tal procedimiento y en su artículo 4º autoriza a esta Unidad Central de Contrataciones, a establecer como precios finales, los que disponga mensualmente a través del acto administrativo correspondiente;
Que dicho listado formará parte del Sistema de Información de Precios, que ésta Unidad Central debe llevar y organizar, según misión de la ley;
Que el Sub-Programa Control de Legalidad de éste organismo, ha tomado la intervención que le compete;
Que por lo expuesto, resulta necesario dictar el instrumento legal pertinente;
Por ello, y con encuadre en el inc. a) del Artículo 5° de la Ley N° 8.072; y en el Artículo 5º - apartado a - Inciso 2) y 7) del Dcto. Nº 1.319/18,
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar los PRECIOS FINALES DE LOS INSUMOS LOCALES PARA LA OBRA PÚBLICA Y FLETE CARRETERO correspondientes al Mes de OCTUBRE de 2021, para la aplicación del -Régimen de Redeterminación de Precios de los Contratos de Obra Pública los que como ANEXO I, forman parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Los precios finales previstos en el Artículo 1º, tendrán vigencia mientras dure la situación de emergencia económica establecida en la Ley N° 7.125 y sus prórrogas.
ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial, y en la página web del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, e insertar en el Libro de Disposiciones y archivar.
Martínez