SALTA, 13 de Diciembre de 2021
RESOLUCIÓN N° 711
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente N° 125 - 62.046/21 - 0 y agregados.
VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 74/21, para la contratación de la obra “CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO SUB COMISARÍA DE LA VIÑA Y NUEVO EDIFICIO PARA EL CUERPO DE POLICÍA INFANTIL DE LA VIÑA - LOCALIDAD DE LA VIÑA - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 103/104, mediante Resolución S.O.P. N° 400/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 21.916.023,36 (pesos veintiún millones novecientos dieciséis mil veintitrés con 36/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.020, un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos, con la modalidad de Ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;
Que a fs. 106/140, mediante Resolución N° 78/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;
Que según constancias de fs. 147 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 148 en el Boletín Oficial, a fs. 149 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;
Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 20 de Septiembre de 2.021 (fs. 182/183), presentaron sus ofertas 04 (cuatro) empresas: “TRESING S.R.L.”, “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, “CE Y BA S.R.L.” y “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;
Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;
Que a fs. 589/592, rola un primer informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 78/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar las ofertas presentadas por las empresas: “TRESING S.R.L.” (no cumplimenta con lo dispuesto por el artículo 7 incisos ñ) y o) del P.C.P.), CE Y BA S.R.L. (se observan errores en el cálculo de los ítems 9.2, 9.3, 9.4, 9.5, 9.6 y 5.14 por lo que el monto real de la oferta ascendería a $ 34.707.670,92) y ROJO CONSTRUCTORA S.R.L. (no cumplimenta con lo dispuesto en el artículo 7 incisos l), ñ) y o) del P.C.P.) y recomienda solicitar una mejora de su oferta presentada por la empresa “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, por ser la única que resulta admisible y en relación a que los Rubros Sub - Comisaría de La Viña Ítem 1.1 y Cuerpo Infantil de Policía ítem 1.1 de su Planilla de Cómputos y Presupuesto presentan valores notablemente superiores a los del presupuesto oficial, ello en base a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 8072;
Que a fs. 580/588, la empresa “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.” presenta una mejora de su oferta, adjuntando un nuevo formulario de propuesta, la planilla de cómputo y presupuesto y el análisis de precios correspondiente;
Que a fs. 589/592, rola el segundo informe de la Comisión de Preadjudicación, la cual recomienda desestimar las ofertas presentadas por las empresas: “TRESING S.R.L.” (no cumplimenta con lo dispuesto por el articulo 7 incisos ñ) y o) del P.C.P.), CE Y BA S.R.L. (se observan errores en el cálculo de los ítems 9.2, 9.3, 9.4, 9.5, 9.6 y 5.14 por lo que el monto real de la oferta ascendería a $ 34.707.670,92) y ROJO CONSTRUCTORA S.R.L. (no cumplimenta con lo dispuesto en el artículo 7 incisos l), ñ) y o) del P.C.P. y admitir la oferta de la empresa “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, pasando al análisis de los criterios de conveniencia dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;
Que dicha Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible, con las mejoras presentadas, reúne las condiciones técnico constructivas exigidas, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica suficiente para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, cumple con la planillas de datos garantizados, resulta coherente su plan de trabajo y refleja también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relativo a la cotización de la mano de obra;
Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, en la suma de $ 32.259.677,06 (pesos treinta y dos millones doscientos cincuenta y nueve mil seiscientos setenta y siete con 06/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021, que representa un 11,47 % superior al presupuesto oficial actualizado con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la única oferta admisible y resultar conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;
Que a fs. 593/600, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;
Que a fs. 604, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto;
Que a fs. 605/606, mediante Dictamen N° 391/21, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;
Que a fs. 607, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 142/21;
Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;
Por ello,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 74/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 400/21 para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO SUB COMISARÍA DE LA VIÑA Y NUEVO EDIFICIO PARA EL CUERPO DE POLICÍA INFANTIL DE LA VIÑA - LOCALIDAD DE LA VIÑA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 21.916.023,36 (pesos veintiún millones novecientos dieciséis mil veintitrés con 36/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.020, un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.
ARTÍCULO 2°.- Desestimar por inadmisibles las ofertas de las empresas: “TRESING S.R.L.”, “CE Y BA S.R.L.” y “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Declarar admisible la oferta de la empresa “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.
ARTÍCULO 4°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, CUIT N° 30-71229772-3, la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO SUB COMISARÍA DE LA VIÑA Y NUEVO EDIFICIO PARA EL CUERPO DE POLICÍA INFANTIL DE LA VIÑA - LOCALIDAD DE LA VIÑA - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 32.259.677,06 (pesos treinta y dos millones doscientos cincuenta y nueve mil seiscientos setenta y siete con 06/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 5°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.
ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 11.000.000,00 al Curso de Acción: 092006006302 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 543 - Unidad Geográfica: 98 - Ejercicio: 2.021.
ARTÍCULO 8°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.022 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.
ARTÍCULO 9°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y en el sitio de internet de la Provincia y archivar.
De la Fuente