SALTA, 13 de Diciembre de 2021
RESOLUCIÓN N° 113
AUDITORIA GENERAL DE LA PROVINCIA DE SALTA
VISTO lo tramitado en el Expediente N° 242-7830/2 0 - Cuenca General del Ejercicio 2019, y
CONSIDERANDO:
Que el Área de Control N° V, emitió el Informe correspondiente al Examen sobre la Cuenta General del Ejercicio 2019;
Que el Informe producido por el Área de Control N° V fue puesta a disposición de los Auditores Generales oportunamente;
Que en virtud a lo previsto por el artículo 32 inciso b) de la Ley N° 7013, le compete a la Auditoría General de la Provincia examinar y expresar opinión sobre la Cuenta General del Ejercicio, remetiendo dicho informe a la Legislatura aconsejando su aprobación, observación o desaprobación;
Que conforme con lo estipulado por el artículo 33 inciso f) de la Ley N° 7103, la Auditoría General de la Provincia se constituyó cono cuerpo colegiado, exigiéndose para sesionar un quórum de tres de sus integrantes, adoptándose las decisiones con el voto de la mayoría de los miembros presentes a los fines de la aprobación del Informe Anual sobre la Cuenta General del Ejercicio de la Provincia;
Que el Colegio de Auditores Generales, en sesión de fecha 18 de noviembre de 2021, aprobó por unanimidad el asunto que se trata, con el voto del Auditor General Presidente, Dr. Gustavo A. Ferraris; los Auditores Generales Lic. Abdo Omar Esper Obeid; Mg. Cr. Lic. Javier Cancinos; Dr. Marcos A. Segura Alzogaray y Lic. Mariano San Millán;
Por ello,
EL COLEGIO DE AUDITORES GENERALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° - APROBAR por unanimidad el Informe Definitivo sobre el Examen de la Cuenta General del Ejercicio Año 2019, que como Anexo forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- ACONSEJAR a la Legislatura la aprobación de la Cuenta General del Ejercicio Año 2019, atento a lo dispuesto por el artículo 32 inciso b) de la Ley N° 7.013.
ARTÍCULO 3°.- REMITIR copia certificada de la presente Resolución a la Legislatura de la Provincia para el tratamiento legislativo. Una vez cumplida dicha remisión, publíquese por el término de (1) día en el Boletín Oficial, de conformidad con lo establecido en el artículo 32, inciso b) de la Ley N° 7103.
ARTÍCULO 4° - Regístrese, comuníquese, publíquese, cumplido, archívese.
Ferraris - Esper - Segura Alzogaray - San Millan - Cancinos