ORDENANZA N° 691/ 2021 - PRESUPUESTO 2022
MUNICIPALIDAD DE GENERAL GÜEMES
VISTO:
El Expediente N° 8.375 Ref. Presupuesto año 2022, enviado por el Departamento Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, es facultad de este Concejo Deliberante, el tratamiento y la aprobación del Presupuesto Municipal año 2022;
Que, obra dictamen de las comisiones pertinentes aconsejando tal aprobación;
Que, por lo tanto, resulta necesario dictar el Instrumento Legal correspondiente.
POR ELLO:
En uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Carta Orgánica Municipal, Ley N° 6.659, el Concejo Deliberante de la ciudad de Gral. Güemes, ha acordado, y;
ORDENA
ARTÍCULO 1°: estimase en la suma de $ 682.959.973,49 (pesos seiscientos ochenta y dos millones novecientos cincuenta y nueve mil novecientos setenta y tres con 49/100) el total de recursos destinados a financiar las erogaciones del Presupuesto General de la Administración Municipal de General Güemes, correspondiente al Ejercicio 2022, de conformidad al detalle que figura en planillas anexas que se adjuntan y forman parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2°: Fijase en la suma de $ 667.512.128,27 (pesos seiscientos sesenta y siete millones quinientos doce mil ciento veintiocho con veintisiete centavos) el total de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Municipal de General. Güemes correspondiente al Ejercicio 2022, de conformidad al detalle que figura en las planillas anexas que se adjuntan y forman parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 3°: como consecuencias de lo establecido en los artículos precedentes, el Resultado Financiero para el Ejercicio 2.022 es de $ 15.447.845,22 (pesos quince millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ochocientos cuarenta y cinco con veintidós centavos), como consecuencia de la diferencia entre el Total de Recursos y el Total de Erogaciones y un Resultado Final de pesos cero (0,00), luego de computadas Fuentes Financieras y Aplicaciones Financieras.
ARTÍCULO 4°: estimase en la suma de pesos cero (0,00), el importe correspondiente a las Fuentes Financieras que deberá recurrir la Administración Municipal de General Güemes para el transcurso del Ejercicio 2022.
ARTÍCULO 5°: fijase en la suma de $ 15.447.845,22 (pesos quince millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ochocientos cuarenta y cinco con veintidós centavos) el importe correspondiente a Aplicaciones Financieras, de acuerdo al detalle que figuran en planillas anexas que se adjuntan y forman parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 6°: se asignan recursos de capital destinados al Plan de Obras y Trabajos Públicos para el Ejercicio 2022 por la suma de $ 40.266.132,10 (pesos cuarenta millones doscientos sesenta y seis mil ciento treinta y dos con diez centavos) dicha partida se incrementará en función de la obtención de Mayores recursos a los presupuestados y/o en función de la obtención de Fuentes de Financiamiento que resulten altamente favorables para el Municipio, lo que podrá representar hasta un 25 % del presupuesto como lo establece la Carta Orgánica vigente para este Municipio.
ARTÍCULO 7°: de acuerdo a lo establecido por la Carta Orgánica en vigencia, todas las decisiones que conlleven erogaciones y no tuvieran imputación presupuestaria traerán aparejadas responsabilidades administrativas de quien hubiere intervenido, dispuesto o ejecutado conforme con lo establecido por el Régimen de Contabilidad.
ARTÍCULO 8°: fijase en 581 (quinientos ochenta y uno) la planta de personal de la Administración Municipal de General Güemes en la distribución de cargos que indica en la planilla anexa que se adjunta, discriminado de la siguiente manera: Personal Superior, Concejales, Personal Permanente y Personal Contratado.
ARTÍCULO 9°: solo podrán producirse nuevas incorporaciones a la planta de personal, citadas en el artículo precedente cuando se cuente con las respectivas vacantes y partidas presupuestarias suficientes hasta el fin del Ejercicio o del periodo de la designación para hacer frente a la erogación.
ARTÍCULO 10°: los pronunciamientos judiciales que condenen al Estado Municipal, al pago de una suma de dinero o cuando sin hacerlo, su cumplimiento se resuelva en el pago de una suma de dinero, será satisfecho dentro de las autorizaciones para efectuar gastos contenidos en el Presupuesto General de la Administración Municipal aprobado por la presente Ordenanza. En el caso de que en el ejercicio financiero para el que se aprueba el presente presupuesto, deban atenderse condenas sin que en dicho presupuesto existan partidas suficientes para satisfacerla, el Poder Ejecutivo deberá efectuar las previsiones necesarias a fin de su inclusión en el ejercicio siguiente, a cuyo fin las dependencias municipales correspondientes deberán comunicar fehacientemente de la condena antes del envío del proyecto del presupuesto del próximo ejercicio.
ARTÍCULO 11°: apruebase la documentación obrante en Anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza, y respondan a la formulación presupuestaria de la Municipalidad de General Güemes para su ejecución durante el Ejercicio 2022.
ARTÍCULO 12°: a fin de garantizar una correcta ejecución del presupuesto y de compatibilizar los resultados esperados con los recursos disponibles, la Administración Municipal deberá programar, la ejecución física y financiera de las previsiones presupuestarias. A tal efecto, aunque se cuente con Partida Presupuestaria de Erogaciones, la ejecución de los gastos quedara supeditada a las proyecciones de recursos que formule la Secretaría de Economía y Hacienda de la Municipalidad.
ARTÍCULO 13°: autorizase al Poder Ejecutivo con vista al Concejo Deliberante, a incorporar al Presupuesto General, cuando resulte indispensable, las partidas específicas necesarias, o incrementar las ya previstas, según corresponda como así mismo incorporar las partidas correspondientes a Obras o servicios financiados por usuarios y/o contribuciones de mejoras. El Ejecutivo Municipal queda autorizado a efectuar las modificaciones presupuestarias que estime conveniente, tanto para ingresar, incorporar o modificar partidas correspondientes a aportes nacionales, provinciales o de otras fuentes debiendo en tal caso, dar cuenta al Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 14° el Ejecutivo Municipal solo podrá refinanciar y/o reestructurar deudas vencidas o a vencer siempre que ello importe una mejora en las condiciones de plazo y/o tasa de interés, utilizando las herramientas financieras que estime conveniente, informando con posterioridad al Concejo Deliberante
ARTÍCULO 15° para los casos no previstos por la presente ordenanza se aplicarán las disposiciones de la Ley de Presupuesto Provincial vigente, adhiriendo en forma expresa a aquellas que resulten aplicables al ámbito municipal, debiendo en tal caso remitir al Concejo Deliberante para su consideración.
ARTÍCULO 16° pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y efectos pertinentes.
ARTÍCULO 17°: comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones Malvinas Argentinas del Concejo Deliberante de Gral. Güemes, en Sesión Ordinaria N° 32/2021, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno.
Stella Maris Pérez, PRESIDENTA - Isabel Pardo López, SECRETARIA LEGISLATIVA