RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 30 de Diciembre de 2021

RESOLUCIÓN N° 0548 - D/21

INSTITUTO PROVINCIAL DE SALUD DE SALTA

VISTO
los pedidos formulados por las asociaciones de prestadores de salud de la provincia de Salta para la recomposición del valor del BONO CONSULTA y el Acuerdo Salarial para el personal de la Administración Pública Provincial; y

CONSIDERANDO:

Que el Estado Provincial ha acordado la adecuación salarial de los distintos sectores de la Administración Pública, mediante acuerdo salarial del que surge un incremento del 6% para el mes de diciembre del corriente año;

Que las proyecciones económicas realizadas a fin de establecer el punto de equilibrio de gastos y calidad prestacional para los afiliados y beneficiarios del sistema que administra el Instituto Provincial de Salud de Salta, permiten planificar prestaciones equitativamente integrales, basadas en parámetros financieros y técnicos adecuados;

Que Gerencia Administrativa procedió a elaborar el informe técnico financiero pertinente, que cuenta con la aprobación de la Sra. Presidente del Directorio;

Que existe disponibilidad presupuestaria para hacer frente al gasto que demande la presente;

POR ELLO y en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Nº 7127;

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE SALUD DE SALTA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER el valor del BONO CONSULTA en la suma de pesos novecientos veintitrés con 50/100 ($923,50), a partir del 1° de enero de 2.022.

ARTÍCULO 2°.- El valor indicado en el artículo precedente regirá también, con igual vigencia, para los Bonos de Consultas PSICOLÓGICAS y de NUTRICIÓN.

ARTÍCULO 3°.- DEJAR ESTABLECIDO que el monto de copago del afiliado sobre el BONO CONSULTA será de pesos doscientos veinte ($220,00) para los titulares y beneficiarios del Sector Activo y de pesos ciento noventa ($190,00) para los pertenecientes al Sector Pasivo, jubilados y pensionados.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará al ejercicio presupuestario correspondiente.

ARTÍCULO 5°.- Notificar, efectuar las comunicaciones pertinentes, publicar en el Boletín Oficial, insertar en el Libro de Resoluciones y ARCHIVAR.



Sanchez, PRESIDENTE DEL DIRECTORIO - Vicente, DIRECTOR - Herrera, DIRECTOR EJECUTIVO -




F. N° 0011 - 00008143
Orden de Publicación: 100090995
Importe: $698,30
Fecha/s de publicación: 11/01/2022

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